Resolución Coslada



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 22-03-2011

¡Vaya culebrón!
Por cierto, sigo sin conocer el fallo del comité de apelación para el tema Aburto. Reitero una vez más la necesidad de publicar todas los fallos de los diversos comités a través de la página web, así como tener actualizado el listado de personas que desempeñan algún cargo o pertenecen a cualquier organismo de la fma. Mientras tanto, considero que todas las sentencias del CCDD son nulas de pleno derecho, al menos las que firme Fenchito. Por cierto, ¿quién ha salido por él?
Y hablando sobre esto, sobre la comunicación de la fma a través de la página web, que desde mi punto de vista es algo esencial, veo que tenemos en junta directiva nada menos que a un vocal de medios y comunicaciones, otro de márketing, otro de procesos informáticos y otro de relaciones con los clubes, a los que considero directamente relacionados con el tema de publicación y comunicación de toda la información que genere la fma. También tenemos en junta directiva a un presidente del comité técnico de árbitros, indirectamente implicado pues la mayor parte de las resoluciones se producen por cuestiones arbitrales, además de que según creo, los miembros de ambos comités son árbitros.
En fin, que lo dicho, los unos por los otros, la casa sin barrer.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 22-03-2011

La verdad es que tiene su miga lo de Coslada…Seize the moment



Resolución Coslada – post by migueldc – 22-03-2011

Leyendo la resolución me ha parecido entender una cosa un poco rara.
¿El comité de competición se ha enterado de los hechos, porque lo ha denunciado un jugador del Coslada?



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 22-03-2011

Puedes imaginarte la relación que tiene el jugador con el club. Solo ha faltado que muera el apuntador.



Resolución Coslada – post by migueldc – 22-03-2011

¡Vaya tela!
Pues sí qué ha puteado bien a sus ex-compañeros el figura.



Resolución Coslada – post by Razvan – 22-03-2011

Me parece muy correcto lo que hizo el jugador de Coslada que reclamó. Desde luego yo haría exactamente lo mismo si me veo apuntado con resultado (otro que incomparecencia) en un acta de una partida que no se jugó, ya que perjudica mi Elo de forma desmerecida (sin haber perdido o entablado de verdad en el tablero).



A Luciano – post by SV – 22-03-2011

Ha entrado por Pedro Quintero



Resolución Coslada – post by Soyelkapo – 22-03-2011

Estoy con Razvan.
De hecho, viendo que este año he perdido como 70 puntos de ELO, voy a reclamar a Norton y a Herodes por haberme alineado, que yo no quería jugar.¿Recuerdas cuando fuimos a Murcia?



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 22-03-2011

A SV: no sé por qué, me lo temía. Era difícil que aumentara el nivel de elo del comité.



Resolución Coslada – Yukina – 22-03-2011

Pues vaya pollo, han bajado a tercera el equipo, por lo que alguien deberá ocupar la vacante de segunda. Como se cubren en estos casos?Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by fenchito – 22-03-2011

Supongo que el mejor clasificado de los descendidos a terceraAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 22-03-2011

Pedro Quintero dimitió porque le era muy dificil ir a las reuniones, ya sabeis que vive bastante lejos, y yo me ofrecí porque me interesa el tema, me viene bien en tiempo y de paso ya que trabajo en Rivas.
LsD creo que el temor es una sensacion relacionada con la expectativa de un cambio a peor. ¿En qué empeora el comité al entrar yo?. Que conste que en muchas cosas te doy la razón, pero a veces ……
Era evidente que había que anular los resultados de las partidas no jugadas, y terminar con la costumbre de poner a la gente el las actas sin contar con ellas,  anotar resultados de partidas no jugadas e incluso el rellenar actas como si hubiese comparecido un equipo sin ir y acordar el chanchullo por teléfono.
Sería un incauto si pensara que es el único caso, pero espreo que para la temporada próxima los equipos se tomen en serio el tema.
Efectivamente el denunciante es un jugador del Coslada y posteriormente lo corroboró un forero implicado……. ojo que ha habido más declaraciones.
Como hay múltiples inplicados supongo que alguno irá a Apelación, tiene todo el derecho.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by comtal – 22-03-2011

deberian bajar de categoria todos los equipos implicados sin excepcion.



Resolución Coslada – post by migueldc – 22-03-2011

Me parecería subrealista que la denuncia tuviera como intención no perder elo.
¿Por unos puntitos de elo vas a enemistarte con decenas de vecinos de coslada que comparten tu aficion por el ajedrez?. ¿Vas a buscarte otro equipo que te acepte, seguramente más lejos de tu casa, por 10 o 15 puntos?
Me parece improbable que esa sea la motivación. Imagino que se habrá enemistado con sus compañeros de equipo por otro motivo, y les ha denunciado por rencor.
Razvan, ¿en el improbable caso de que tu equipo te hiciese eso sin avisarte, no intentarías solucionarlo discutiendo con los responsables en vez de denunciarles renunciando a varias amistades y a volver a jugar en el Chamberí?



Resolución Coslada – post by Norton – 22-03-2011

Desde el momento en el que te usan para ponerte en el acta sin que vayas sin tu consentimiento yo entiendo que ya están enemistados contigo denuncies la situación o no. Otra cosa sería que él lo haya permitido y ahora lo denuncie.
Yo lo veo más que lógico y razonable el que lo haya denunciado, yo desde luego haría lo mismo y por varios motivos de los cuales el elo sería el menos importante.No Sheet No Eat



A MiguelDC – post by Razvan – 22-03-2011

Pues sinceramente, en una situación así (es decir, darme cuenta de que mi club/equipo me ha apuntado con partida perdida en un encuentro, sin avisarme y obviamente sin haber jugado) lo primero que yo plantearía sería directamente renunciar a jugar más por dicho club, por más que tenga amigos, simplemente porque dicho acto me parece una falta grave en contra de mi mismo y de la ética deportiva en general. Luego, si reclamo o no, quizás lo pensaría más; pero seguramente no volvería jamás a jugar con el respectivo club.



Resolución Coslada – post by migueldc – 22-03-2011

«Pues vaya pollo, han bajado a tercera el equipo, por lo que alguien deberá ocupar la vacante de segunda. Como se cubren en estos casos?»
Me imagino que esa plaza se cubrirá con el equipo que pierda la promoción entre 1ª y 2ª por un resulatado más ajustado.
Cuando se produce una baja al principio de la temporada, las plazas vacantes se ocupan utilizando ese criterio. Aunque una vez hace muchos años se utilizó como criterio «equipo con una media de elo más alta».



Resolución Coslada – post by ALX – 22-03-2011

Hum, y si esta persona ha jugado muy pocas partidas (o ninguna) y cuando ha pedido jugar la última no ha podido por las incomparecencias? Es que hay muchos motivos para decir la verdad, además de la verdad misma.Cuando fuiste martillo no tuviste clemencia, ahora que eres yunque, ten paciencia.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 22-03-2011

A Fenchito: si lees bien lo que he dicho, solo he comentado que empeora el CCDD en lo referente al nivel de elo; como recordarás, en el hilo sobre la partida reclamada por S. Viator contra Chamberí en que se dio la razón al primero (tú mismo seguías este parecer), en que los siete árbitros de los dos comités dictaminaron a favor de unas tablas en contra de la caída del reloj, a pesar de que había dama, torre y alfil sobre el tablero más dos peones, me quejé no ya sobre la resolución (que también), sino del hecho de haber descubierto que de todos los árbitros que intervinieron en la decisión el elo que tenían era más bien lamentable para tomar una decisión de tipo técnico.
Ya comenté, que a mi juicio, el único que tenía o había tenido un elo decente en el pasado para tomar esa decisión, aunque no intervino, era Pedro Torres. Solo quería hacer notar que con este cambio, lamentablemente, no aumenta el nivel de elo en ambos comités, y a mi juicio subjetivo en la actualidad ninguno de los árbitros que los integran tienen capacidad para tomar este tipo de decisiones técnicas. No pido que solo haya MF en los comités, pero que por lo menos en ambos hubiera un par de árbitros que en algún momento hayan alcanzado un nivel técnico decente que podemos discutir (a mi modo de ver, 2100-2150 mínimo).
Por otro lado, pienso que la categoría de árbitro (¿cuántos hay? ¿tres?: ¿autonómico, nacional e internacional?) debería ir pareja al nivel de elo conseguido.
Por lo demás, del asunto de Coslada no comento nada. Son cuestiones disciplinarias o de reglamento y aquí da igual el elo que tengan los árbitros, no son cuestiones técnicas. Solo he comentado que es un culebrón y en principio, sin conocer bien los reglamentos y las sanciones indicadas, me parece bien. Bueno, salvo que tu nombramiento al CCDD no ha sido publicado y por eso me sigue pareciendo nulas de pleno derecho todas las resoluciones que tome el CCDD estando tú, pero por cuestión de forma. Y las formas son importantes.
A Migueldc: te aseguro que de los 37 jugadores federados que tenemos en Chamberí este año, al único que jamás se nos ocurriría hacerle algo por el estilo es a Razvan: arde Chamberí por los cuatro costados  . A mí personalmente no me importa, lo que pierdes por un lado lo recuperas por otro y rápidamente, aparte de que para el numerito que tengo…



Resolución Coslada – post by Toñarra – 22-03-2011

Ya lo decía el profeta, «En los últimos dias los enemigos del hombre seran personas de su propia casa.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by fenchito – 22-03-2011

A LdS, buscaré ese hilo ya que no estaba aun en el Comité.
El nivel de ELO ya solo es necesario para la aplicación del 10.2, esto es, solo en Tercera en la actualidad, ya que el resto es pura aplicación de las Leyes y Reglamentos.
Y sobre el 10.2 habría mucho que hablar, no siendo lo mas importante el nivel para valorar una posición sino el criterio para valorar una intención.
No obstante coincido con el nivel bastante precario del nivel autonómico del arbitraje, con excepciones de árbitros muy buenos que no quieren pasar por la FEDA, y desde luego obligaría a que en DH arbitrasen al menos arbitros nacionales.
Otra prueba de que el ELO no indica nada en estos temas es por ejemplo el arbitro de veteranos, con mas de 2100 ELO y con una absoluta ignorancia de las Leyes del Ajedrez.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 22-03-2011

LdS dime que hilo era, que no lo encuentroAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Dragon21 – 22-03-2011

https://www.madridmueve.com/foro-ajedrez/106421_5_Sobre-el-comite-de-competicion-y-disciplina.htmlNo comment…



Resolución Coslada – post by Dragon21 – 22-03-2011

Vaya, el enlace no va…
Se llama Sobre el comité de competición y disciplina y ahora mismo está en la segunda página del foro.No comment…



A Toñarra – post by Darke – 23-03-2011

Por lo que dices ahora Arturo es tu enemigo y que se preocupa por el Elo y tal.
También he leido vuestro foro (de tu club) donde veo que como reacción al castigo que os ha impuesto la Federación has expulsado a Arturo del club.
En otro hilo tú que eres el presidente pides que te cuenten cosas de la historia del club.
Y tengo varias preguntas que me parecen oportunas:
– ¿Que entiendes tu por justicia? ¿Aquello que te beneficia solamente?
No creo que la federación se este echando nada en el bolsillo por poneros una sanción que implica lo que implica. A menos que puedas demostrar que las pruebas son falsas y que realmente no le habéis emparejado cuando sabíais que no iba a jugar. Y te lo digo por que lo que denuncia Arturo yo también lo he pasado y es bastante desagradable, lo único que yo no tuve estómago para ir a denunciarlo y lo dejé pasar. Pero ya te digo que si no estás conforme como Presidente que eres del Coslada, tienes un tiempo para apelar según he leído. Otra cosa es que pienses (que no lo sé) que Arturo tiene razón y cómo no hay nada mejor que argumentar tu respuesta sea echarle del club.
Lo único que veo injusto es que la sanción recaiga sobre José Canovas porque dudo mucho que el organizara esto ya que creo que era el capitán suplente (pero no lo sé).
– Mi segunda pregunta es sobre la memoria (y también sobre la historia de tu club).
Recuerdas qué hizo Ricardo Sánchez Gutiérrez (expresidente del CosladaChess y exvocal de Medios de Comunicación de la FMA), dejame que te refresque tu memoria si te digo que como le vimos el plumero yo y alguno más (que por no ser forero no voy a mencionar) decidimos no ir más por su club (a la postre tu club) pero no tranquilo con eso decidió nombrarnos Socios non-gratos a mí y a otros 2 más con el beneplácito de los socios del CosladaChess que, aunque no lo ví, me imagino que agacharon la cabeza (ahora explicaré porqué pienso eso).
Lo de socio nongrato, francamente, teniendo un presidente como el que teníais me la trae bastante al fresco, pero vosotros lo elegísteis y así se me nombró. No tengo constancia de que tu votases en contra.
También se arrojó mucha mierda sobre mí y otras personas diciendo que eramos unos alborotadores, que ibamos a formar bronca, que robabamos piezas… una vez más callasteis nadie clamó por la verdad.
Y yo como comprenderás no tengo tiempo para perderlo en denunciar mentiras que a la larga se han descubierto dejando con el culo al aire no sólo al que las difundió sino también a los que las secundaron (me refiero a ti, pero sabes que no eres el único).
Por estos motivos se me prohibió jugar el torneo que el ayuntamiento de coslada convoca en sus fiestas patronales, y cuya organización delega en tu amado club… ¿Me viste armar alboroto? ¿Me viste robar pieza alguna?
Sin embargo me verías llamar a la Policía lo cual hice para reirme más que nada, porque me parece absurdo que se prohiba jugar a un ciudadano de Coslada en sus propias fiestas. Todo ello sin prueba alguna de las majaderías de Ricardo Sanchez Gutierrez of course.
Y los foreros que leen desearán saber el final del cuento, pero eso ya es otra historia… Lo que vengo a decirte es que eso de decir quién puede o no puede jugar en un club que: 1) es público, 2) recibe subvenciones públicas, 3) se halla en un local del cual no es propietario…Es una decisión más que peligrosa. Y te lo digo desde la simpatía que me mereces y que no hace falta mencionar.
Ah y decía lo de agachar la cabeza porque el día de actos hay una cosa que no se me olvidara jamás, recuerdo como os miré uno por uno a todos los que allí estaban y recuerdo como esquivavais mi mirada (en diferentes direcciones), tan sólo Emiliano tuvo lo que tienen las personas justas para decir que eso que se estaba haciendo era una verguenza. Los demás, ya sabeis.
Por lo tanto (consejo de amigo) deja de hacer lo que hacía tu predecesor echando pestes de quien no le convenía, no digas que si Arturo es enemigo, que si el Elo, que si tal… Aclara la situación de porque se le emparejaba a sabiendas de que no iba a jugar que es lo que él denuncia y por lo cual se os sanciona. Y sobre todo mi consejo es que no ejerzas la autocracia como un sátrapa (lo digo por lo que pones en tu foro) que eso es de otros tiempos.
Dejame que acabe contandote una historia de esas con moraleja que sé que te gustan:
«Era se una vez un pajarito que estaba en la rama de un árbol. Hacia mucho mucho frío, tanto frío hacía que el pajarito se congeló. El pajarito cayó al suelo congelado y fué a parar a una mierda gigante reciente. Con el calor de la mierda el pajaro se descongeló y se puso a cantar de pura felicidad. Entonces un gato que pasaba por allí le oyó cantar con alegría, lo agarró, le limpió de la mierda, y se lo comió.»Moraleja: ni todo el que te cubre de mierda es tu enemigo, ni el que te limpia es tu amigo, y sobre todo sobre todo, si estas metido en la mierda, no hagas ruido…Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Fenchito, debes de tener problemas de memoria. Interveniste en ese hilo activamente, 10 veces, y fue en febrero.
¿Desde cuándo se valoran las intenciones, Fenchito? Y más en ajedrez. En fin, en fútbol puedo hacer una entrada con la plantilla por delante a la altura del cuello y supongo que el árbitro podrá hacer una valoración, ¿pero en ajedrez? ¿qué vas a valorar, la intención con la que un jugador le tira una ficha a otro? Francamente, no lo entiendo. Si tú tienes que decidir si una posición es tablas o no cuando es reclamado por un jugador no puedes juzgar la mirada que le lanza al rival ni la forma de coger la pieza. La única valoración posible es si, según el reglamento, en determinada posición ha de darse tablas o no (juzgando únicamente a partir de la petición de tablas, salvo que medie alguna cuestión del reglamento como la triple repetición o las 50 jugadas).
En fin, lo dicho, no creo que haya mejorado para nada el nivel técnico del CCDD, y francamente, ya era bastante bajo. Del de apelación, mejor ni hablar, que ni siquiera publica sus resoluciones. Algo debería decir al respecto el presidente del comité técnico de árbitros, porque al menos todo esto no ocurre solo antes de 2008.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

*IntervinisteSub correctione Sanctae Matris Ecclesiae



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 23-03-2011

Vaya culebrón, entre la resolución, lo que cuenta Darke, que en el equipo de 1a han jugado-incomparecido 17 jugadores distintos y que Luciano sigue con su cruzada anti-comites con elo bajo…..este hilo promete.
Yo suscribo lo dicho por Norton hace una página……y no es de recibo que te claven una incomparecencia por la cara, pero que te claven una derrota sin consentimiento es para mosquearse. 



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

Gracias Dragon, lo mirare mañana que me he quedado frito viendo la teleAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 23-03-2011

Estimado Darke, te voy a poner un ejemplo, imaginate que llevas soportando una emorroide grave en el ano por un par de años y de repente se te revienta y tienes que ir corriendo al hospital a que te la extirpen, pues eso hemos hecho en Coslada.
Como bien dices lees nuestro foro pero parece ser que solo citas aquello que te conviene, pues si has leido el hilo de la historia de Coslada habras leido que meciono «yo era un ignorante colaborador en su junta directiva, (y ahora soy un ignorante presidente)»
Y si has leido la resolución tomada como prsidente tambien digo «si es su deseo podrá pasar por las instalaciones del club y jugar partidas amistosas cuantas quiera pero no participar en torneos oficiales del club».
¿A que en ningun momento le declaro non grato ni le prohibo que aparezca por el club?
Cuando se hizo lo tuyo y lo de Luis yo ni os conocía y desde que presido yo, se os ha invitado a ser socios, e incluso sin serlo se os ha invitado a jugar el primavera, que de hecho Luis lo jugó hace 2 años.
Por lo tanto he venido a tomar una decisión con Arturo que me autorizan los estatutos y está respaldada por el secretario de Coslada y por el Presidente de Honor del Club.
Ahh se me olvidaba, ¿a que tambien has leido que si no gusta mi decisión, propongo que me hagan una mocion de censura?
Estimado Darke yo te aprecio mucho pero a la hora de emitir un juicio valora siempre los pros y contras. Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Darke – 23-03-2011

Cuando te leí me recordaste a tu predecesor porque tomas decisiones similares.
La ignorancia de mi persona hace que tu silencio ante semejante acto fuera aún más vil.
 Lo que quiero decir es que pienso que deberías hablar con Arturo, pero es solo una opinión mía, nada más.
Lo de la moción de censura me suena como aquél que pega a alguien y dice ahora si quieres me denuncias (salvando las diferencias).
En cuanto a los pros y los contras, yo he intentado hacerte ver los contras. Pero, o bien no me has leído, o bien solo has sacado lo que te más ha gustado (es decir, pienso que te defiendes porque te sientes atacado). En cualquier caso sabes que no es mi guerra, y si he entrado a comentar es por el bien del CosladaChess, porque a pesar de lo dicho aún hay alli gente a la que aprecio.
Haz lo que quieras pero el hecho de que no desmientas los hechos que se os imputan da la razón a Arturo y a la FMA, y más cuando tomas represalias.
Te avale quien te avale.Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by Darke – 23-03-2011

Para decirlo más claro.
Yo no digo si Arturo os ha perjudicado o no.
Lo que pregunto es que si tiene o no tiene razón en lo que ha dicho. Es decir, ¿ha dicho la verdad? ¿ha sido honesto?
(Al parecer en la FMA se la han dado).He empleado las palabras verdad y honestidad… pero no he dicho nada de enemigos ni del ELO ¿te has fijado?Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

A LdS, efectivamente tengo algún problema de memoria, quizas por stress y medicación por asuntos personales que no vienen al caso. Ya he comprobado el hilo y mis intervenciones y me reafirmo en ellas, no sin reconocer que si algo tiene el artículo 10.2 es que merece un hilo eterno separado por ser su aplicación absolutamente subjetiva y opinable en muchos casos.
Desde luego que hay que valorar intenciones en ajedrez, incluso en el ya famoso caso del Henkealfil, ya que en función de la premeditación y alevosía del hecho se aplica un diferente grado de las sanciones previstas en el artículo 13 de las Leyes. Puede que, con el tiempo transcurrido, hasta yo piense que la sanción pudo no ser la adecuada, pero lo que es un hecho es que estaba entre las previstas en el mencionado artículo y que había que decidir en el momento, ya que no tenía a ningún presidente del Comite de Arbitros tomando una caña en algún bar cercano, ni tenía el comodín del movil.
Aunque parezca que solo ponemos planillas el árbitro vale para algo más y te aseguro que el decidir sobre la marcha a veces no es facil, pero que hay que decidir y apechar con las consecuencias.
Volviendo al 10.2 las leyes no solo contemplan el hecho de que se pueda ganar por procedimientos normales sino tambien la intención de ganar por tiempo del que esta mejor de reloj, y eso es valorar intenciones, digo yo.
Pedro tiene bastante mas experiencia que yo en arbitraje y ambos somos arbitros internacionales. Efectivamente el nivel no ha subido pero creo que tampoco ha bajado y además es suficiente. Mi experiencia con jugadores de mucho ELO es que para el 10.2 puede que fuesen necesarios en algún momento, pero normalmente en el tema de leyes navegan cantidad. Nada impide a un Comité consultar con un asesor en una posición complicada.
 Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Darke – 23-03-2011

No me parece bien que se hable de temas que no se relacionan con el título del hilo.
Sí vería bien que se abriera otro hilo para hablar de esas otras cosas.
Esto desvirtúa el sentido del foro, y luego es más dificil encontrar la información.
El hilo se llama: «Resolución Coslada» y trata sobre la sanción que la FMA impone al Coslada.
Otros hilos tratan de otros temas.
No critico, solo digo que esto se viene haciendo pero es perjudicial, y quería decirlo.Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Si queréis, podéis abrir un hilo que se titule: «Zapatero envía F-18 a la guerra civil de Coslada».



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

Darke, tienes razón, se puede reflotar el hilo sobre los comités, que bastante follón tiene lo de Coslada.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

Ahora esperar a ver si recurre al Comite de Apelación y si se mantiene la decisión, creeis que recurriran a instancias superiores?Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 23-03-2011

Creéis que en Coslada se toman una caña juntos después de las partidas? :pSeize the moment



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

De todas formas, ahora que me he leído con más detenimiento la resolución, el punto 4 me parece una burrada jurídica si solo se aducen los hechos que se mencionan, salvo que el capitán de Coslada haya reconocido que incluyó en el acta al jugador sin estar convocado (cosa que no se menciona). Es la palabra de uno contra la del otro, y formas de estar convocado hay muchas. Que se haya mentido en un aspecto no implica que se haya mentido en el resto, hay que probarlo, y aquí se ha tirado por la vía del medio: como me ha mentido en dos, me ha mentido en todas. Y en todo caso, eso sería un problema interno del Club Coslada en el que el comité no debería haber entrado, y más aún considerando la falacia de que introducir un jugador en el acta que no va a jugar suponga una ventaja deportiva (eso el reglamento no lo prohíbe si se pone correctamente la incomparecencia). Vamos, que aquí se han columpiado bien, y esto ya no es una cuestión meramente técnica.



Resolución Coslada – post by SV – 23-03-2011

Hablas sin saberlo todo, Luciano. Si quieres saberlo, te esperamos en el Comité con los brazos abiertos. Claro que tendrías que pasarte al lado oscuro primero.Y además creo que subirías el nivel del Comité fuese quien fuese el sustituido, ¿no?



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 23-03-2011

A Blowsky:
Se tomarán las mismas cañas que LdS con los miembros del comité Smile) . By the way, si meto en el acta un tipo que realmente no juega pereo que no aparece como incomparecencia, tengo una partida perdida igualmente y que no me suma como incomparecencia, luego no me eliminan de la competición al equipo, el tipo puede volver a jugar rondas después y los demás jugadores no suben de mesa…igual igual igual …..si que hay alguna ventaja deportiva….



Resolución Coslada – post by migueldc – 23-03-2011

No creo que Coslada recurra, ¿qué podrían ganar con ello?Para evitar bajar 2 categorías en vez de una por acumulación de incomparecencias, han recurrido a irregularidas / ilegalidades / trampas, cada uno que elijja el adjetivo que más le guste. Les han pillado y van a bajar 2 categorías, no parece que tengan intención de negar estos hechos.Respecto al jugador que les ha denunciado, si eso me pasa a mí desde luego yo no querría volver a tenerle en mis equipo. Ha dicho la verdad, ha sido honesto con la fma, pero no ha sido leal ni con sus excompañeros, ni con su exclub.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 23-03-2011

Bueno, en realidad su club tampoco ha sido leal con él. En lo que sí que te doy la razón es que no parece muy viable seguir compartiendo club, está claro que han pasado a ser un matrimonio mal avenido.Seize the moment



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Ya he dicho que hablo según lo que se menciona en la resolución, en la que entiendo que deben ir todos los hechos y los fundamentos de derecho que sirven para dictar una resolución. Lo contrario sería ilegal. Si hay más datos los desconozco, pero si han servido para dictar la resolución, deberían figurar.
Evidentemente, no lo sé todo. Solo lo que pone en la resolución, y eso debería ser suficiente.
Copio el punto 4 para que quede claro:

1.   Respecto al encuentro de la jornada 11ª Moratalaz B – Coslada Chess, sancionar al capitán de Coslada Chess D. José F. Cánovas Martínez por falta grave al falsear los datos del acta para la obtención de ventajas deportivas, al incluir al equipo, sin su consentimiento a D. Arturo Martín-Aragón Fernández.

Es decir, que le aplicáis el 14.8 del Reglamento de Disciplina Deportiva (que ya podría estar más visible porque cuesta un huevo encontrarlo, pero pedir esto ya sería excesivo a quien gestione la web, si es que logramos saber quién es), supongo que a partir del 30.4 sobre los medios de prueba. Pero ese medio de prueba no implica veracidad ni que sea probado, salvo que lo reconozca la otra parte.
Insisto, eso no implica que se busque ventaja deportiva ilícita (sí indirectamente el 1-0 y no el +-) y es un problema exclusivo del club.



Resolución Coslada – post by migueldc – 23-03-2011

¿Es una ventaja deportiva bajar a 2ª en vez de a 3º?
Esa es la diferencia entre trampear el acta (sin que te pillen) y no hacerlo. Si no trampeaban el acta, iban a alcanzar el límmite de incomparecencias totales permitidas para un equipo. O al menos eso es lo que me ha parecido entender leyendo el foro del coslada.



Resolución Coslada – post by Darke – 23-03-2011

Mis mejores amigos no son siempre los que hacen lo que a mi me gusta. A veces también hacen cosas para hacerme ver que por ahí no voy bien, y aunque eso duele, es lo correcto y es ser leal.
(sólo quería aludir esta posibilidad, pero ojo desde la más absoluta de las ignorancias de lo que realmente ha pasado). Sería bueno que Toñarra como Presidente aclarase la situación (aunque entiendo que no tiene porque hacerlo en el foro).Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

A LdS
Está absolutamente probada que la inclusión de Arturo Martín-Aragón en la ronda 11 fue sin su consentimiento, y si no ya verás como Cánovas no recurre a apelación.
La ventaja deportiva consiste aquí en no subir al resto de jugadores una mesa dejando vacio el último, con posibilidad de mejores resultados.
El 30.4 no es aplicable ya que estamos hablando del procedimiento de urgencia (artículos 32 a 34) que se cita en los Fundamentos de Derecho.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

Efectivamente el Reglamento de Disciplina debería estar accesible desde la portada de la página, junto con el de Competición.
De todas formas, para el que quiera verlo, está en «Descargas» – «Reglamentos»Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 23-03-2011

Darke por ser buen chaval y caerme bien te voy a decir el principio de donde parte todo aunque la otra parte puede negarlo por supuesto.
Desde hace 2 o 3 años, hay una animadversión por parte de este ex-socio hacia mi persona y este año al no dejarle actuar como ha querido, me ha buscado una denuncia supuesta (pues a lo mejor ha llamado otro a la fma diciendo que se llama Arturo e inventandose el supuesto falseamiento y el pobre Arturo no sabe nada y le estamos acusando falsamente y a lo mejor nos denuncia) para que yo caiga en el mayor de los descreditos.
P.D. A todos ¿podeis decirme donde encuentro el reglamento de disciplina deportiva?
 Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Pues entonces falta en los «hechos», por ejemplo en el punto 1 haber añadido algo al final del tipo «…y así lo demuestra mediante tal y tal…» o «…el capitán del equipo no lo niega…»
Pero aún así, no está claro en el reglamento, o al menos yo no lo veo por ningún sitio especificado, si es posible alinear a un jugador en contra o al margen de su consentimiento. Sería discutible si la alineación de un jugador depende de sí mismo o de su capitán, y si la fma debe de entrar en ello. Como mínimo, que yo sepa no lo prohíbe. Así que sigo pensando que esa resolución es incorrecta. Si tú estás inscrito en un equipo, en principio estableces una relación contractual con tu club / equipo por el que quedas a disposición del mismo. Por supuesto, otra cosa es que se falseen los datos con un 1-0 en lugar de +-, pero ese no es el caso del que estamos hablando. Sigo pensando que es incorrecto, y si es cierto que esto no está especificado, el comité X, que no sé cuál es, debería aclarar si la inclusión de un jugador en una alineación es potestad del jugador o del club. Personalmente, me inclino por esto último.
Ventaja deportiva no existe, porque juegas con uno menos.



Resolución Coslada – post by SV – 23-03-2011

En serio, Luciano, métete en el Comité. Serías bienvenido.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

A Toñarra, lo tienes justo debajo de tu intervención, en la página de la FMA en Descargas – ReglamentosAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

A LdS, coincido con SV, vente al Comité.
Quizás falte una referencia genérica, algo así como «hechas las averiguaciones oportunas se dan como hechos probados que:», porque aquí ha cantado hasta el apuntador.
Curioso punto de vista el de que no sea necesaria la autorización de un jugador para ser alineado en la que casi pico, el argumento es «casi» válido, y debatible, pero piensa que si fuese lícito hacerlo puedes perjudicar al jugador al existir supuestos de eliminación por incomparecencias individuales. Si no existieran éstas tendrías razón siempre que pusieses incomparecencia y no como si hubiese jugado.
La ventaja deportiva existe de forma inditrecta ya que no es lo mismo tener un punto menos jugándose las partidas 3,4,5 y 6 que jugando en los tableros 2,3,4,y 5, con los rivales presuntamente mas fuertes.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

En cualquier caso, sorprende la comparación de esta resolución de Coslada en su punto 4 con la 3b de la eliminación de Rafael Aburto.
Resulta que allí el capitán del equipo reconoce el lapsus, pero no recibe ninguna sanción por ello. Como seguimos sin saber cuál es el fallo del comité de apelación no podemos averiguar cómo anda este tema. ¿Sería tan amable algún forero de S. Viator de pegar la resolución en el foro? Tanta ocultación y secreto empiezan a ser incómodos.
En cualquier caso, me parece mal la eliminación de Aburto pero no por los hechos en sí, sino porque la ley es un puro disparate, y eso que sirvió para corregir otro disparate como era la anterior ley TíoEux (si no recuerdo mal, fue su impulsor).
Sigo planteándome en qué lugar del reglamento se prohíbe a un capitán alinear a un jugador en contra o al margen de su decisión. La alineación de Ronaldo con el Madrid, ¿de quién depende legalmente, de él o de Mourinho (o del delegado del club o cualquier otra instancia que se me escapa)?
A SV: sabes de sobra que el único requisito que cumplo para pertenecer al comité es mi elo. Del resto me faltan todos.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

A Fenchito y SV: la expulsión perjudica en igual medida tanto al jugador como al equipo. El jugador no tiene una sanción extra, pues no se le impide jugar en otras competiciones. No pierde elo, pues sus partidas cuentan como incomparecencias. Y si es una decisión deliberada del club, en cualquier caso el jugador / club se verían perjudicados igualmente: primero, porque si son incomparecencias voluntarias del jugador manifiesta que no desea jugar el resto de temporada en ese equipo / club (y tampoco lo puede hacer en otro), por lo que es probable que se prescinda de él. Y segundo, porque si es en dirección inversa, que el equipo manifiesta que no desea contar más con ese jugador. Así que, llegados a este punto, igual da que sea el jugador el que no quiera jugar o que sea el club quien no quiere que juegue. 
Por supuesto, otra cosa es que te pongan 1-0 y no +-, pues ahí sí hay perjuicio.
Insisto, que yo sepa en ningún lugar del reglamento se prohíbe alinear a un jugador que ya ha dado su visto bueno en su pertenencia al club a través de la tramitación de la ficha federativa. En cualquier deporte es potestad del entrenador o del cuerpo técnico correspondiente, asimilable aquí a capitán / dirección deportiva del club de ajedrez, la alineación o no de un jugador.
En cualquier caso, y para las lagunas del reglamento, quizá sería necesaria la asistencia técnica del presidente del comité de árbitros o del director técnico(todo eso que suele decirse en estos casos de «…para lo no contemplado en el reglamento, el x interpretará el mismo…»). Pero bueno, habrá que llamarles por teléfono o ir a buscarlos al bar, que estarán «repartiendo» juego
Por lo demás, no hay ventaja deportiva, porque podrías alinear a otro jugador. Salvo que me demuestres que es mejor jugar con 5 que con 6.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Uy, juraría que de aquí ha desaparecido un mensaje de Fenchito, al que contestaba con el mío anterior, en que me decía que casi picaba con mi argumento. Habrá sido un microcorte.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Vale, está más abajo. Me parece que debo dejar el foro una larga temporada, me está afectando a la vista.



Resolución Coslada – post by SV – 23-03-2011

No tenemos constancia de más resolución sobre Aburto que la suspensión cautelar de la sanción.
Luciano, para lo no contemplado en el Reglamento, es el CCDD el que tiene la potestad de «regular» con la temporada iniciada.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Pues entonces, ya sabes: ¿en qué lugar del reglamento se prohíbe a un capitán hacer la alineación que considere adecuada? ¿quién tiene la potestad de la alineación?



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 23-03-2011

Sin leerme todo lo que ha pasado y desde el conocimiento de haber vivido de cerca la situación, os cuento las cosas como han sido:
1º Arturo se hace cargo del equipo como capitán y se compromete a llevarlo.
2º Esgrimiendo excusas como que no tiene tiempo porque trabaja, le echa la culpa a Toñarra de no poder hacer su equipo a mediados de liga`porque Toñarra no le cogió el teléfono.
3º Hable con Arturo y le dije que la culpa era suya por o tener ni teléfonos ni correos de la gente de su equipo, que Toñarra no está en el A y poca culpa se le puede echar.
4º Arturo deja el equipo como capitán y jugador.
5º Otro jugador, el primer tablero, encuentra trabajo los domingos y deja de jugar, por lo que se crea un auténtico caos que apunto está de hacer desaparecer el equipo: Mosqueo de algunos jugadres por ir 3 un día, malos resultados, etc.
6º Dos jugadores (uno firma y otro no) deciden actuar de capitanes e intentar hacer equipo todos los domingos. Como el «A» está descendido se decide que se tire de gente floja del B y el C y los del A que siguen, por lo menos siguen jugando.
7º Estos dos jugadores, que solo piensan en jugar, divertirse y que el equipo no desaparezca, desconocen las reglas y rellenan mal el equipo y las actas.
8º Arturo, que primero incumplio su compromiso con el club de ser capitán, luego salió mal con Olmedilla (porque, recordemos, no le cogio el telefono en Enero y él no tenía los teléfonos ni correos de la gente a la que capitaneaba), ahora denuncia al club sin ni siquiera avisar ni hablar con nadie… y cuando ha sido un error involuntario de dos compañeros suyos con los que ademas se lleva bién.
9º No entiendo a quién ha querido joder con esta denuncia pero si sé que ha jodido a gente con la que se lleva bién y al club, en el cual hay socios con los que también se lleva bién.
10º No sé si por desconocimiento de las labores de capitán y porque está demostrado que el coslada en ningún momento ha querido aprovecharse de nada, ni siquiera intentar puntuar en algún encuentro o salvarse en la división sino intentar jugar con los más posibles y no siempre los mejores recambios (recordemos que en tercera jugaban jugadores mejores de los que subian a primera) la FMA perdonará este descenso.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

A LdS
El capitán es el responsable de hacer la alineación, y si alguien se queja de que le han puesto sin avisarle sería solo una falta leve por incorrección con un compañero, y grave si hay reincidencia, pero en la jornada 11 la falta no es el resultado puesto (incomparecencia), sino la ventaja de no dejar vacios los ultimos tableros y dejar vacios los primeros, por el orden relativo de fuerzas, al saber al rellenar el acta de que ni iban a ir ni estaban avisados. En este caso no es un problema capitán-jugador sino capitan-alineación «trucada», lo cual no deja de ser una manipulación de datos. Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

A Gargurrin,
Puedo comprender la lógica de la sucesión de hechos, pero me falla el punto 7.
Si alguien va a firmar las Actas hay que leerse el Reglamento o al menos comentar los problemas que pueden aparecer con el presidente y otros capitanes del club (aunque Dios me libre de meterme en lo que decida cada uno en su casa), pero por mucho desconocimiento que se tenga un (1-0) no es igual a un (+ -) y si se va a jugar solo con 3 pues se pone a los tres y despues rayas y no habría pasado nada.
 Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Lo siento, Fenchito, pero no cuela. En una competición por equipos el sujeto principal sobre el que ha de recaer el derecho es el equipo y solo sobre los jugadores secundariamente. Si yo soy el capitán de un equipo tengo el perfecto derecho a alinear a quien considere oportuno, pues es una competición por equipos, vaya a jugar o no, esté enterado o no. El jugador ya tiene para ello los torneos individuales. Por supuesto, otra cuestión son los conflictos que tenga luego el capitán con los jugadores, pero ese es un problema interno del club en el que no debe entrar la fma. En este caso debe intervenir en los 1-0 porque hay falsedad, pero no en la alineación.
Si alguien se queja, como dices, porque le han puesto sin avisarle que se queje al presidente del club. Un jugador en una competición por equipos no puede estar por encima del capitán o de la dirección deportiva del club. ¿Dónde está en este caso la incorrección con el compañero (no hablo del 1-0, sino de la convocatoria)? ¿Acaso no es más incorrección del jugador por desentenderse del equipo? ¿Debe entonces la fma sancionar al jugador por este desentendimiento, que además ha planificado los equipos en función del compromiso que ha adquirido este jugador con el club?
No daréis vuestro brazo a torcer ni rectificaréis en este punto. Es una condición connatural a cualquier tipo de órgano colegiado de este tipo, sostenella y no enmendalla.
La alineación no está «trucada» puesto que el reglamento no prohíbe dejar tableros libres, así que queda a voluntad del capitán.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 23-03-2011

Yo creo que se ha actuado mal y hay que tomar alguna medida, lo que me parece excesivo es que sin haber ánimo de aprovecharse o mala fe sino que es claro que es falta de conocimiento, deberían de dejar la sanción de descenso en suspenso previo recurso.
Bién es verdad que el capitán debe de leerse las reglas pero se da el caso de un capitán que no es nada más que un jugador que firma, es decir, que solo es capitán por las circunstancias y porque firma….



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 23-03-2011

Vamos, que está claro que se han saltado 14 normas, pero lo que quiero decir es que nadie iba a salir perjudicado por ello. Bueno, lo único el haber puesto 1-0 en vez de +- pero eso aún se podrá corregir a efectos de ELO ya que imagino no se habrán mandado.



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

No es eso, es el hecho de una falsificacion reiterada de actas.
a LsD, yo como jugador estoy en mi derecho a decirle a mi capitan que no juego tal ronda u otra y si mi capitan me pone pues yo la lio, ya que sin mi consentimiento no es nadie para alinearme. El capitan organiza el equipo, pero no puede poner a alguien porque le salga de los huevos, faltaria mas.Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

Ademas, te recuerdo que aunque sea una competicion por equipos y que se deba cierta lealtad, la partida de ajedrez es un acto Individual, por lo que es mi decision jugar o no.Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 23-03-2011

Yo también creo que la única falta sancionable serían las falsedades en el acta, no evidentemente la alineación de un jugador en contra de su voluntad (bajo mi punto de vista, en el momento en que firmas la ficha estás consintiendo, otra cosa es que si te alinean contra tu voluntad te enfades con tu capi, tu club etc, pero eso es régimen interno).Seize the moment



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 23-03-2011

Que malo es el aburrimiento ….. 



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

Blowsky, cuando yo ficho por un club yo no estoy consintiendo que voy a jugar todas las rondas o que me pueden poner sin avisarm. Si quieres eso entonces cuando alguien fiche hazle firmar una hoja en la que renuncia a sus derechos por el bien del equipo.Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by SV – 23-03-2011

Yukina, tú también serías bienvenida en el Comité (aunque no sé si tu elo, que desconozco, sería del agrado de LdS).



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

Yo? mi elo es solo de 1900 y pico por lo que no creo que tenga el nivel adecuado para un comite. 
Es que con esto ya parece que volvieramos al derecho de pernada, yo alucino con la idea de que el capitan puede hacer lo que quiera y todos a callarse.Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 23-03-2011

Elo ajedrecístico de Yukina (redondeando) 20 puntos por encima de LdS segun la FIDE. Por cierto opino como la dama, y espero ansioso la replica.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 23-03-2011

Yukina, yo no digo que el capitán pueda o deba hacer lo quye le salga de los dídimes, sino que ahí, en la parcela de si aliena o no a mengano, la Federación no se puede meter.Seize the moment



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 23-03-2011

*** alineaSeize the moment



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

Si que se puede meter porque esta vulnerando mi derecho como jugadora federada, al utilizar mi nombre fraudulentamenteSi no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 23-03-2011

En ese caso aliena y no alinea Smile . Perdon por las anotaciones pero creo que estamos entrando en el juego de perdernos en divagaciones argumentativas y semanticas y olvidar el setido común y la buena fe.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Yukina, nadie te impide quejarte y que formes el follón que quieras, pero ante el órgano debido. Si te alinea tu capitán sin tu consentimiento o en contra, tu reclamación ha de ser ante tu club (que es el órgano competente). Si te pone un 1-0 en lugar de un +-, ante la federación, pues es una falsedad. Y si te amenaza con la condenación eterna de tu alma si no juegas o similar, pues entonces ante la Guardia Civil.



Resolución Coslada – post by Norton – 23-03-2011

A mí me parece que si te ponen en el acta sin que tú quieras debes hablar con tu capitán la primera vez que sucede, y si te dice que te pone porque sí porque es el capitán pues presentas un escrito en la FMA como creo que sucedió el año pasado y ya no te pueden poner más y fuera. Pero no veo sancionable algo que es la palabra de uno contra la del otro, por lo que la incomparecencia ya cometida no debería tener mayor importancia.No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 23-03-2011

Más o menos de acuerdo con Norton. Dicho todo esto, obviamente si eres jugador, harás todo lo razonable por el bien del equipo / club, que para eso has fichado por él. Y si eres capitán o tienes alguna responsabilidad en la formación de los equipos, harás lo posible para que nadie se quede descontento y el club aproveche lo mejor posible todos sus efectivos según sus metas. Desgraciadamente, esto último hay mucha gente que no lo entiende.
Pero vamos, la prerrogativa sobre la alineación corresponde al capitán. Si un jugador no está de acuerdo con la actuación del club, pues con actuar como dice Norton, listo. Y si no te gusta la independencia que pierdes como jugador en los torneos por equipos, pues juega solo torneos individuales.
Por todo ello, sigo considerando completamente erróneo el punto 4 de la resolución del ccdd sobre Coslada, que todavía no ha dado un argumento válido.



Resolución Coslada – post by carlosab – 23-03-2011

Parece claro que una falsedad es competencia de algun organod e la FMa, pero una alineacion no del todo consensuada con el jugador no lo es.
Por ejemplo: ¿y si el jugador recibe un SMS de convocatoria pero no lo lee hasta estar demasiado cercano al comienzo del partido y no poder llegar?
¿Por qué va a actuar la FMA?
¿De verdad os confirman siempre y con tiempo todos los convocados a todos los capitanes? ¿Y si un convocado por SMS, mensaje en el buzon o correo, que siempre acudia sin más… un dia no acude por no leerlo/oirlo?
¿Actua la FMA si se queja un poco el jugador?
¿Hay que mandar las convocatorias a los jugadores por burofax con acuse de recibo?
 Club de Ajedrez Chamberi: http://ajedrezchamberi.com



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

LdS si es la condenacion eterna se quejará en la iglesia, mezquita, sinagoga, logia o similares, no en la Guardia Civil.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

Norton, es que da la casualidad de que no es la palabra de uno contra la de otro ya que, como dije antes, aqui ha cantado hasta el apuntador, esto es, tanto el denunciante como el Coslada, el Pueblo Nuevo y el Liberty.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – Yukina – 23-03-2011

Además una cosa es que te pase una vez, tal como dices lo hablas con el club/equipo/capitan y otra es que el hecho se repita diversas veces, con lo que ya entramos en la mala fe.Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by Toñarra – 23-03-2011

Esto fue lo que dijo el capitan oficial entonces del equipo, ahora supuesto denunciante, despues de que en la jornada 3 tuvimos alineación indebida contra barajas.
«despues de tomarme 3 tilas y respirar profundamente 114 veces debo decir que no quiero que nadie se sienta culpable ya que nadie tiene la culpa… en realidad la culpa es tan solo mia ya que nunca debi pedir a nadie q se encargara de mi equipo aunq ande liado trabajando todos los dias como bien me dijo enrique creo q 10 minutos a la semana tengo para llamar a la gente y si es cierto, con esto tampoco quiero echar la culpa a olmedilla porq paso y no quiero que haya malos rollos en el club.
en definitva no se que es lo que pasa ni quien tiene la culpa etc. el caso esq llevamos 2 semanas que tela , asiq olmedilla para la semana q viene no te preocupes que vuelvo a encargarme totalmente del equipo de primera juegue o no juegue por motivos de trabajo o lo que sea,  como ya e dicho la culpa es solo mia».
«p.d el martes olmedilla haber si me puedes dejar los telefonos de todos los socios del club y me refiero a todos. hasta los del equipo c. ETC….»
«no te preocupes olmedilla yo me encargare de hacer mi equipo como e echo siempre, tu intenta tenerme la lista con todos los socios para el martes porfavor.»
Y NO LE FALTARON LOS TELEFONOS.
Despues de eso, este jugador jugó la ronda 5, que perdió contra La Elipa y se desentendió de nuevo del equipo, el señor Canovas a quien la sanción le inhabilita un año, le echó un par y decidió firmar las actas, que no convocar al equipo que se encargó otro socio que le echó otro par y despues me lo comunicaba diciendome que había hablado con Arturo y decía siempre no se si iré no tengo ganas, a lo mejor sí, nunca nada concreto y de ahí el pollo montado porque ya no se sabia si habia venido y si habia jugado llendo siempre por libre.
O sea se le convoca todas las semanas, cuando tenía que ser él quien convocara  y encima que siempre dudando y jodiendonos, ahora va con cuentos e historias a la fma y nos cae un palo gordo por su culpa y despues denunciado por él.
¿No creeis que eso es crisis de personalidad? 
A ver si un día le hago un psicoanalisis, aunque ya le hice un grafoanalisis y quedó alucinado tanto que al día siguiente me trajo las firmas de toda su familia para que las analizara y anotó todo lo que dije. Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by SV – 23-03-2011

Se le inhabilita para ejercer cargos deportivos, ojo. Puede jugar, lo que no puede es tener ningún cargo en la federación, ni ser el delegado del club ni firmar ningún acta como capitán.



Resolución Coslada – post by fenchito – 23-03-2011

a Toñarra
Creo que lo mejor es que si vais a recurrir recurre, pero antes ponte de acuerdo con el capitan para contar la misma versión.
No es que el denunciante sea santo de mi devoción, ni le conozco, pero lo que acabas de decir no concuerda en absoluto con lo declarado con tu capitan.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Vamos a ver, y hablo un pelín tocado:
Para empezar, hemos de reconocer que ha sido un error pero, si dijeramos que no ha sido un error sino que Arturo, Manolito y Pepito han incomparecido, haber quién cojones demuestra lo contrario.
Para seguir, se vuelve a demostrar que las leyes para maquiabélicos, premeditados y listos se vuelven demasiado estrictas cuando las aplica alguien (me refiero a comites FMA) que no tiene sentido común. Me explico: A poco que se siga el «caso», se ve que Coslada no ha intentado aprovecharse para no descender, ni siquiera para ganar un encuentro sino para seguir jugando como buenamente se pueda. Por lo que no se puede sancionar.
Ahora pongo otros dos ejemplos para que Frodo, gente FMA y comités entiendan mi postura:
1º Barça 5-0 Arsenal, minuto 90′. Si Van Persie tira un balón a estas alturas, que aplicamos ¿reglamento o sentido común? ¿le exulsamos? Pués en el minuto 60 con 1-1 se pueden pensar varias cosas pero en el ejemplo puesto… ¿qué?
2º El presidente del comité de competición de la FMA va a 115 por hora en la A3, ¿le ponemos la multa por radar o aplicamos sentido común? Pués entonces, si se queja por la multa, yo podría decir: «mira el hijo puta, cuando él aplica el reglamento, hay que ser estricto, cuando le multan a él, le molesta que se aplique el reglamento».
Reflexiones (Esto para Frodo y compañia):
1º Cuando el organismo que aplica el reglamento que yo apruebo no es capaz de aplicar sentido común… ¿debo seguir legislando así?
2º Cuando las leyes «antilistos» y «antiaprovechados» joden a gente como la del coslada chess de 1ª…. y nunca a gente aprovechada (decidme un ejemplo si estoy equivocado) ¿Estoy legislando bién o no?
Que conste que sé que lo que se ha hecho es digno de sanción según reglamento, como también se que sería una sanción totalmente inmerecida según sentido común.
En fin, que me parecería mal lo que se hace con Coslada por desconocimiento, sin perjuicio de NADIE, de la ley.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Por cierto fenchito, versión solo hay una: La que el capitán le contó a la FMA cuando esta le llamó el lunes. La que le contaremos todos si nos llaman y/o peguntan y la versión que solo para 4 idiotas, según mi opinión, sería digna de hacer a un equipo descender de categoría.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Lo de 4 idiotas no es un insulto aunque lo parezca, es una expresión, bastante fea por mi parte, pero sin querer ofender.
Pido perdón por si ofende a alguien.



Resolución Coslada – post by fenchito – 24-03-2011

A Gargurrín
Se nota que escribes pelín tocado, y en esos casos es mejor contar hasta 10 antes de escribir.
Si analizas la resolución verás que tiene bastante sentido común y se ha aplicado en un grado bastante leve, a saber, tanto el capitan del Liberty como el del Coslada han podido ser sancionados con inhabilitación para jugar y no se ha hecho, al del Pueblo Nuevo con inhabilitación para ser capitan y no se ha hecho, y al presidente del Coslada con inhabilitación para cargos directivos y no se ha hecho. ¿Donde está el exceso en la aplicación de sanciones?.
Si yo llamase a alguien, hipoteticamente»hijo de p…» y a continuación dijese que en realidad esa es una profesión como otra cualquiera que debería ser regulada, ¿no te sentirías ofendido?. Yo por mi parte, aportando como prueba lo publicado, voy a presentar denuncia contra ti al CCDD, en cuya deliberación obviamente me voy a abstener, por vulneración del artículo 14.7 del Reglamento de Disciplina Deportiva.
Hasta ahora aquí se ha debatido y discutido la resolución en términos civilizados y debería seguir así.
   Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

Ésto se está desmadrando demasiado.
Club hace lo que se ha hecho todas las temporadas, varias veces y por varios clubs, intentar evitar que su equipo caiga 2 categorías por incomparecencia. Para ello alinea hasta 17 jugadores con bastantes incomparecencias.
Al acercarse al límite deja de poner incomparecencias y repite con los jugadores que no juegan habitualmente poniendoles de 1 y 2. Pero les «tiene» que poner derrotas por juego para no descender.
Por la denuncia, legítima pues le están perjudicando adrede o no, de uno de los jugadores el club es pillado y sancionado con lo que quería evitar.
Ahora caben 2 posibilidades, reclamar o no:
– no reclamar y asumir que te han pillado y se ha producido lo que en justicia, sea coherente o no, tendría que suceder según el Reglamento: no presentas suficientes jugadores desciendes 2 categorías.
– reclamar para intentar salvarlo… y arriesgarse a que más jugadores perjudicados se sumen a la denuncia. Es más, arriesgarse a que se interprete algo que podría deducirse de las palabras del presidente del club unos mensajes más atrás: se puede haber actuado adrede contra una serie de jugadores por haberle puesto una moción de censura y por haber dejado de jugar.
Yo que vosotros lo dejaría estar dónde ha quedado tras la resolución…
Gargu, no escribas cuando estés tocado. Fenchito, sigue en el cauce de debate y no denuncies algo que ha sonado mal pero que no creo que significara lo que parece.
 (8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Tienes razón, fenchito, pero soy así de vehemente. De cualquier forma, no le he llamado hijo de.., he dicho un caso hipotético.
De cualquier forma, para que veas que soy así, te pondré otro ejemplo:
Estoy denunciado por un policía, el cual le recriminó a un amigo que no meará en un arbol. Me acerque a decirle que porque cojones le decía eso y se puso chulo, por lo que le le llamé de todo y me fuí a pegarle.
Y bién: Se qué no está bién mear en un arbol en la calle, pero hay que ser hijo de puta para recriminar a mi amigo que mee en la calle y, todos los días, ir con su puto perro que mea en todos los arbolitos delante de todo el mundo (Mi amigo meó a las 22.30 y nadie le veía). Encima es mi vecino de bloque.
Soy así y tengo mis problemas por serlo pero lo que considere injusto lo voy a defender a muerte. Y al del comité le digo lo mismo que al poli: Si desciende un equipo en esas circunstancias, será lo que le dije en caso de que no le guste cuando le apliquen a él el reglamento a rajatabla (el policía bién que no se recrimina el mismo por dejar mear y cagar a su perrito). Pienso que con mano izquierda no se tenía que haber sancionado así.
En cuanto a tí, veo normal que me denuncies, tienes toda la razón del mundo porque soy un bocazas, pero a día de hoy no se ser de otra forma. Me jode que jodan a los que no se lo merecen y más cuando todos nos saltamos las reglas en algún momento.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Y, para más inri, el Coslada se las ha saltado sin saberlo y sin quererlo.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 24-03-2011

«Estoy denunciado por un policía, el cual le recriminó a un amigo que no meará en un arbol. Me acerque a decirle que porque cojones le decía eso y se puso chulo, por lo que le le llamé de todo y me fuí a pegarle.»
Gargurrin, te has parado a pensar que cuando el policía reprendió a tu amigo por orinar en un espacio público se estaba limitando a cumplir con su trabajo y aplicar las ordenanzas municipales? A mí personalmente no me sentaría nada bien que nadie pasado de copas se me pusiera pipa como consecuencia de hacer bien mi trabajo.Seize the moment



Resolución Coslada – post by Norton – 24-03-2011

¿A quién debo insultar para que no me dejen ser capitán?No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by SV – 24-03-2011

Norton: Al Tarao



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 24-03-2011

Prueba a mear en la pared de la fma.



Resolución Coslada – post by SV – 24-03-2011

Luciano, lo malo de hacer eso en estos tiempos es que se pensaría que va contra Ruiz-Mateos.



Resolución Coslada – post by fenchito – 24-03-2011

A Gargurrín, of course retiro lo dicho.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 24-03-2011

En la película de Gargurrin me queda la duda de si el policía estaba ejerciendo de tal o iba de paisano. Cambia mucho la película.
En cualquier caso está feo eso de mearle a los árboles. Para eso están las farolas.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

Si era época de sequía podía alegar que estaba regando (8P)(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by carlosab – 24-03-2011

Reflexionando un poco creo que ha sido un acierto la regla de las dos incomparecencias por persona, pero quizás no tanto la de las 12 por equipo…
La de las dos por persona no te impide nunca seguir jugando, pero la otra, si mucha gente falla (por ejemplo por salirle trabajo en Londres, por cambio en situacion familiar, etc…) no te deja salida. O condenas al equipo a no jugar y ser eliminado, o te condena a falsear actas.
Yo haría que para esas 12 incomaprecencias de equipo no contasen las rayas sin nombre en ultimos tableros que permite el reglamento actual.
Con eso se soluciona tanto el tema de Coslada, como el tema del antiguo Fuenlabrada de DH, como los temas de equipos con tableros uno de clavo que no jugaban nunca. Creo.Club de Ajedrez Chamberi: http://ajedrezchamberi.com



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

La lógica de las 12 incomparecencias es que equivalen a 2 de equipo. Las trampas en el acta existían antes de la norma, había equipos que acordaban derrotas por juego por no tener gente para jugar para no descender 2 categorías.
Lo positivo de tu sugerencia es, desde luego, que se evitarían las incomparecencias continuadas en los primeros tableros sin llegar a la absurda sanción del medio punto.(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by carlosab – 24-03-2011

Debo estar espeso hoy: no he entendido lo de «La lógica de las 12 incomparecencias es que equivalen a 2 de equipo.»
6 tableros por equipo x2 = 12 ¿pero qué sentido tiene práctico?
No lo veo.
Es más, con 8 bien colocadas ya tienes dos incomparecencias de equipo (4 en ronda A y 4 en ronda B)
Y con 42 bien elegidas, no tienes dos incomaprecencias de equipo: 6 un dia, y 3 el resto de las otras 12 rondas : 12×3 + 6 = 42.
 Club de Ajedrez Chamberi: http://ajedrezchamberi.com



Resolución Coslada – post by carlosab – 24-03-2011

La lógico que se deducia cuando ei la norma era otra: no permitir en una competicion a seis tableros por equipo jugar con 5 jugadores «reales».
Por ello si son 13 rondas (14 en DH) no se pueden permitir mas que 12, para forzar a que un dia al menos de los 13 se junte el equipo completo «real».
Pero claro, visto lo visto, lo que se gana con ese cambio y lo que se pierde, creo que sería mejor permitir lo de que las rayas no cuenten para el tope de incomparecencias.Club de Ajedrez Chamberi: http://ajedrezchamberi.com



Resolución Coslada – post by migueldc – 24-03-2011

Yo veo bien el límite de 12 incomparecencias por equipo. Incluso quizás sería incluso mejor un límite más bajo.En temporadas anteriores han sido otros los equipos cortos de efectivos, que han jugado con tableros vacíos de forma habitual y han perjucado con ello Las incomparecencias perjudican a la competición en general. Bastante putada es tener madrugar un domingo para ir a jugar al ajedrez como para que encima no venga tu rival y te encuentres con que has madrugagado para leer el periódico y ver mover plástico a tus compañeros. Y más perjudicados aún salen los jugadores del equipo corto de efectivos que sí juegan habitualmente.Sería deseable que todos los equipos se conformasen con suficiente seriedad para que pudiesen cubrir las ausencias de sus titulares. Esto es más fácil decirlo que hacerlo, nosotros mismos (Batán) nos hemos quedado cortos alguna vez. Pero veo bien que la fma ponga reglas que obliguen a los equipos a planificar sus equipos con suficiente margen.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

1 jugador incomparece 2 veces = eliminado
1 equipo incomparece 2 veces = eliminado
12 incomparecencias de jugadores = 2 incomparecencias de equipo = eliminado.
Con tus cálculos mejor me lo pones, con la otra norma te pueden eliminar porque sólo incomparezcan 8 jugadores.
Con la norma de 2 incomparecencias de equipo podrían incomparecer hasta 42 (50 si se metieran en promoción de descenso y 53 en caso de D.Honor)  de jugador sin ser eliminados. ¿Te parecer eso más lógico?
Se trata de castigar al equipo que juega sin tener jugadores.
Las 12 incomparecencias pueden perjudicar menos que las 2 de equipo pero benefician menos al infractor que si sólo se aplica esa norma.(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Yo ya defendí en su día que bastante tiene un equipo que presenta menos jugadores como para que encima se lleve un castigo brutal y casos como estos dan la razón. Si os meteis en el foro de Coslada, vereis como la gente de 1ª, hace un mes, estuvo a punto de dejar el equipo y al final, entre unos y otros conseguimos que se fueran presentando a jugar. Con gente SUPLENTE en tercera y con tableros vacíos ¿Como le decimos ha Canovas y a Oscar, que fueron los que «tirarón» del equipo, que en la FMA les consideran tramposos?. Es que no me entra, de verdad.
En cuanto a mi resolución, Fenchito, cuando Arturo viene a ponerme la denuncia hubiera corroborado como hizo el comité llamando a Canovas y después, hubiera analizado:
– Joder, al capitán este se le ve sin maldad ni mala fe en su actuación.
– Tampoco ha influido en nada deportivamente salvo en 2 elos (o 14).
– Su errror, a pesar de ser grave, no ha adulterado la competición.
– Madre mía, si van los últimos de la liga con diferencia y han ido a jugar con gente que en tercera es suplente.
–  ¡Dios mío! Si ha mediados de liga se colocaron mal en dos tableros y se las dimos por perdida.
– Arturo, aunque con razón, va de mala fe porque a nadie le ha dicho nada (si lo hubiera dicho el primer día sus compis no hubieran cometido el error).
Conclusión: Este equipo es un kaos y los están sacando como pueden, haber como no le podemos joder del todo metiendole una pequeña sanción y quitando los elo’s de las partidas implicadas. Que bastante tienen ya…
 



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 24-03-2011

Cuidado, no os paséis con esas reglas, porque si se trata de evitar que alguien se quede sin jugar por falta de rival, también se trata de evitar que alguien se quede sin jugar por exceso de compañeros.
Todos los que han tenido responsabilidades en la formación de equipos saben lo difícil que es equilibrar un equipo para que no te falte pero que tampoco te sobre nadie. En todos los clubes / equipos hay un número razonable de gente que sin querer jugar todas las rondas está disponible para cualquiera. Estos «comodines» son una bendición.
Pero uno nunca sabe cómo acertar.  Pondré como modelo a mi club. El año pasado, mal que bien, logramos sacar adelante cuatro equipos con 22 convocatorias fijas cada semana con tan solo 28 jugadores. Fallos de jugadores de última hora más un número considerable de incorporaciones mediada la temporada anterior hicieron que nos decantáramos por cuatro equipos en lugar de tres. Aunque tuvimos incomparecencias, los cuatro equipos acabaron la liga.
Este año, con 37 jugadores para las mismas 22 convocatorias pensábamos que estaríamos sin problemas, y sin embargo estos han sido mayores que la temporada anterior. Es muy difícil prever cómo van a evolucionar las circunstancias de los jugadores, y aunque tires normalmente por la vía del medio, te puedes desviar.
Sin embargo, puedes correr el peligro de reducir el número de equipos y hacer que estos tengan un número de jugadores excesivos. Tantos que mucha gente se quede sin jugar por exceso de cupo cuando le hubiera gustado jugar más jornadas. Y no digamos en estos casos si encima pretendes un objetivo deportivo, como subir de categoría. Para ello es necesario poner a menudo a los jugadores de arriba.
En estos años me he encontrado muchos jugadores que deseaban cambiar de equipo / club porque apenas los llamaban.
Lo que sí he comprendido es que no pueden regir las mismas normas para 3ª que para DH. En principio (ojo, siempre hay excepciones) el jugador fuerte es más comprometido por la simple razón de que le ha dedicado más tiempo al ajedrez, que el jugador que está más abajo y solo busca una forma agradable de pasar la mañana. ¿Cuántos jugadores fuertes vemos en equipos de categoría inferior a la que les correspondería por el simple hecho de no querer ningún tipo de responsabilidad?
Por eso, considero que en cuanto a la ley Blowsky, ritmos de juego, sanción por incomparecencia etc. sea más dura en DH y más laxa en el resto de divisiones, y no porque como algunos creen pueda tener ojeriza a DH (falso). No puedes pedir a CR7 el mismo grado de compromiso que al tuercebotas de la tercera regional. 



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

A los de los castigos excesivos:
Creo que os olvidais que la mayoría de equipos y jugadores van a divertirse y a intentar disfrutar de su hobbie ¿Por que hacer cada vez las cosas más imposibles? ¿Por qué cada vez menos tiempo para presentarse a una partida si ya suficiente ventaja es jugar con 45 minutos de más? ¿Por qué eliminar gente con dos incomparecencias si no ha sido estrategia de equipo? ¿Por qué presuponer siempre mala fe?
¿No es bastante beneficio ya aprovecharse de las carencias del rival (llegar tarde, ir con menos, etc) como para querer sacarle más partido en los despachos? No os olvideis que no es más que un juego y que la gente lo hace porque quiere y, cuando no cumple, la mayoría de las veces está más jodida la misma persona o el equipo que el contrario.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

Luciando, a tu primera parte del mensaje te diré que preguntes a Frodo, DDF y algunos más cómo han organizado durante años clubes del doble o triple de jugadores que lo que comentas sin que se produjeran grandes niveles de incomparecencias (generalmente, siempre hay excepciones…) y sin que la gente se quedara sin jugar.
A mi me encantaba la forma de cuadrar equipos de César.
En cuanto a la segunda parte, lo que dices podría tener su lógica, pero la permisividad en la base puede sentar malas bases. Es mejor que la gente conozca el Reglamento, conozca las sanciones y vea las consecuencias de esas acciones.
Y por supuesto lo de siempre, todos conocemos al menos 10 jugadores que son irresponsables con sus equipos. Quizás el problema muchas veces, no siempre por supuesto, parta de que seguimos admitiendo a esos jugadores en los equipos y van rotando de club en club.(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

Gargu, para eso se puso la posibilidad de dejar los últimos tableros vacíos con una raya. Poner a los 2 jugadores de 1 y de 2 sabiendo que van a venir SÍ es una estrategia de equipo. Y soy de los que defiendo 1 hora de espera y que la incomparecencia se ponga donde se quiera, pero no deja de ser estrategia de equipo por ello…(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by migueldc – 24-03-2011

Gangurrin, os equivocásteis gravemente al planificar la temporada y seguramente quienes lo han sufrido más han sido Canovas y Oscar.
Pero eso no es óbice para que os caiga una sanción, como poco tan grave como la que habéis eludido al ocultar, voluntaria o involuntariamente, el número real de incomparecencias en el que estábais incurriendo.
Tras el error inical, entiendo la forma en que habéis intentado mantener a flote el equipo. En vuestra situación quizás yo hubiera hecho algo parecido, con la suerte de que en mi club no hubieramos tenido a ningún Judas que en un ataque de sinceridad y honradez le de por contarle a los romanos como encontrar al delincuente y a sus secuaces.
Una vez que os han pillado, lo menos que os puede pasar es que os metan la sanción que os ha caido.



Resolución Coslada – post by migueldc – 24-03-2011

¿A quién pretendes engañar Samóstata?Empiezas hablando de esta temporada para luego colar esta frase:»Lo que sí he comprendido es que no pueden regir las mismas normas para 3ª que para DH»No intentes hacerno creer que eso lo has comprendido esta temporada, ¡eso lo vienes defendiendo desde hace años!  :-PPor cierto, estoy de acuerdo contigo. Sería bueno (para mí) que las reglas «malas» las sufrierann sólo en categorías en las que yo no juego 😀



Resolución Coslada – post by Shin Chan – 24-03-2011

Este hilo cada vez es más surrealista.
«Bastante putada es tener madrugar un domingo para ir a jugar al ajedrez»
Esta frase cada vez la oigo más a gente que juega al ejedrez y es patética. El que así piense qu eno juegue y se quede durmiendo. Punto.Mira que trompa! que pedazo de trompa!



Resolución Coslada – post by Toñarra – 24-03-2011

Desde mitad de temporada ya sabían en la fma 2 personas minimo nuestros problemas en el equipo A y me aconsejaron que subiera a gente de tercera, pero llamas a los nenes y no quieren jugar en primera porque saben seguro que van a perder y pronto y te ponen excusa no es que mis padres tienen invitados a comer y no puedo jugar fuera y luego veias la alineación de su equipo y habian jugado y no era en casa, (día de Moralataz por ejemplo) y ¿que haces a los niños? Ellos van a jugar en tercera igual y si se lo cuentas a  los papis te sacan al chaval del club.
Nadie entiende lo mal que me siento, a veces me gustaría ser pronosticador de futuro y entonces sabiendo que el B no iba a subir y ante las dudas de jugadores del A, que eliminaran a mi equipo B, ibamos a seguir en tercera igual.
Pero hubiera jugado con la ilusión de los 10 jugadores del equipo B, y yo les dije a principio de temporada vamos a hacer un equipo duro para intentar subir, nunca les dije jugareis en primera porque algunos de los que les pertenece son unos rajaos y seguramente perdereis.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by migueldc – 24-03-2011

No juego competiciones individuales los fines de semana por la mañana.
La liga la juego por motivos que no creo que haga falta explicar.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 24-03-2011

Miguel, ni soy del Coslada, ni al Coslada le han pillado en nada, ni ha habido mala planificación, que parece que todavía no os habeis enterado.
1º No soy del Coslada, juego en Sanfer.
2º No les han pillado porque no han ocultado nada: Hubo 3 o 4 jugadores que decidieron ir a jugar por pasar el domingo y les daba igual jugar de 2 que de 6, lo importante para ellos era jugar, lo que pasa que desconocían las reglas y lo hicieron mal. Nada más. Está bastante clarito que no han querido engañar a nadie, ni adulterar la competición ni joder a nadie, así que por favor no vuelvas a decir que les han pillado, ya lo que faltaba, que les acusarais de tramposos.
3º No ha habido mala planificación. 3 Jugadores por motivos laborales abandonan el equipo a últimos de Diciembre, entre ellos el capitán, en Enero hay un pequeño kaos y se decide no perjudicar las aspiraciones de los equipos de 3ª, por lo tanto, a primera se va con menos ya que entre las bajas definitivas, las rutinarias y bajo la premisa de subir el B ya que el A ha descendido.
4º Todo estaría bién si no fuera por el error de la rayita typero a unas personas que se les escapa con todo normal la colocación de 2 tableros… ¿le puedes exigir que sepa eso? Si, exigir si se puede pero joder, un poco de sentido común.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 24-03-2011

Propongo para la proxima asamblea de la fma, que el que sea capitan oficial de cada equipo al presentarlo ante Ortiz, se le de un folleto con todo el reglamento de la liga por equipos y que se lo lea insitu y lo firme en conformidad.
P.D. A ver cuando me invitais a un asamblea que solo fui una vez cuando Ricardo estaba como vocal. Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

El Reglamento debe descargarselo cada capitán y lo de firmar sería absurdo, 1 por los cambios de capitán que no tiene por que jugar siempre y 2 porque en el Reglamento vienen sus obligaciones y si ejerce de capitán las tiene sin necesidad de firmar nada.
A la Asamblea puedes ir cuando quieras, sin derecho a voto por supuesto, no tienen que invitarte, es cuestión de voluntad de ir.(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 24-03-2011

A Herr: tendremos que contratar a DDF y Frodo para próximos años. Me parece que no lo entiendes. Con 28 o 37 jugadores los problemas se minimizan, y si son más resultan ridículos. Ahora llévales a un pueblo de la comunidad de Madrid en que tienen 14 o 15 jugadores y plaza en segunda y tercera. ¿Qué haces, planteas un solo equipo en el que descansen 8 todas las semanas o juegas con dos equipos y solo dos o tres descansos semanales, con el agua al cuello? ¿Para que no se fastidie un rival tienes que fastidiar a 4 o 5 compañeros?
La permisividad en la base lo único que hace es adecuar las formas de juego al nivel correspondiente y grado de compromiso. De todas formas es una cuestión meramente terminológica: tú lo ves como permisividad en la base y yo como rigidez en la cúspide. Igual que tú ves 10 irresponsables en cada club yo suelo ver 10 hiperresponsables que son los que facilitan las cosas al club.
Por cierto, tengo que contestarte a una cosa sobre el hilo de Chamberí, me parece que era ahí, y también había una cosa antigua en un hilo que te atañía como responsable en la junta directiva, referida a antiguas gestiones en la federación para la búsqueda de local, que de ser ciertas me parecerían escandalosas, pero ese hilo desgraciadamente no logro encontrarlo. Pero es que me da tanta pereza responderte a todo esto…
 
A Migueldc: jeje, es cierto, me has pillado. Simplemente quería decir que ante la rigidez de normas emanadas habitualmente por problemas surgidos en DH quería contraponer la laxitud de otras que hicieran más compaginable la vida de los ajedrecistas que formamos la base. Pero lo que he acabado comprendiendo es que cada categoría exige sus propios compromisos y por eso defiendo que sea diferente DH al resto (a preferente no sabría dónde colocarla).



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 24-03-2011

Precisamente con pocos jugadores es más fácil saber el nivel de compromiso de cada uno. En base a ese nivel de compromiso saber si debes hacer 1 ó 2 equipos.
Y dime si en el Chamberí no habéis admitido a alguno de esos irresponsables sabiendo que lo eran y si no han demostrado serlo…
En cuanto a lo de los locales respondelo donde quieras, los hilos ya están desvirtuados… o dimelo por mail…
 (8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by Shin Chan – 24-03-2011

Luci: solucióna tu problema, 14-15 jugadores para dos equipos, plaza en segunda y tercera:
Opcion a) Gente responsable: Equipo de segunda con 6 jugadores, y equipo de tercera con 8-9 jugadores
Opcion b) Gente irresponsable: Equipo en segunda con 14-15 y a lo mejor hasta son pocos.Mira que trompa! que pedazo de trompa!



Resolución Coslada – post by migueldc – 24-03-2011

Disculpa Gangurrín, había deducido erroneamente que eras un jugador del Coslada.<ironic mode on>Puede que me haya equivocado en casi todo, y que lo que he escribí tenga poco que ver con lo que le ha pasado al Coslada. Pero creo que sí es cierto es que a consecuencia de los errores cometidos involuntamente, el Coslada Chess A no fue eliminado de la competición y descendido 2 categorías en el momento que hubiera correspondido, cuando acumuló la 12ª incomparecencia.Una vez que gracias a Aturo se han podido detectar estos errores, la FMA tendrá que corregirlos lo mejor que pueda e intentar, entre otras cosas, que la distribución de equipos por categorías quede acorde a lo acontecido realmente en los encuentros.Como todo el mundo ha obrado de buena fé en todo momento, en Coslada no le guardan ningún rencor a Arturo, ya que ellos mismos hubieran advertido a la FMA de los errores que había en las actas si se hubieran dado cuenta.<ironic mopde off>Podemos discutir si las reglas son más o menos razonables, pero con las que tenemos Coslada Chess A no debe tener plaza en 2ª la temporada que viene.



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 24-03-2011

Sin Chan dixit:
Este hilo cada vez es más surrealista.
«Bastante putada es tener madrugar un domingo para ir a jugar al ajedrez»
Esta frase cada vez la oigo más a gente que juega al ejedrez y es patética. El que así piense qu eno juegue y se quede durmiendo. Punto.
Totalmente de acuerdo y para madrugones los de hace años que se empezaba a las 9 y se aplazaban las partidas después de comer y los grupos los hacían a mala leche, salias a las 7am y si venían mal dadas volvías a las 7pm.
Cada equipo es un mundo en función de objetivos y componentes, hay quien juega por pasar el rato con amigos y quien parece que se juegue la vida.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 24-03-2011

Miguel cariño, Gargurrin es un tio genial como persona y al ajedrez un jugadorazo, por eso juega en preferente, aunque le queriamos fichar para subir el equipo a primera de nuevo pero ya no se va a poder segun tus conclusiones.
Por cierto no estes ufano de lo nuestro no hay que hacer leña del arbol caido, y a Arturo yo no le guardo ningun rencor, pues habras leido que le he dejado abierta la puerta del club y todavia no le he solicitado las llaves del club que él posee.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Darke – 24-03-2011

Toñarra, que digo yo…
que la misma buena fé que pedis que se os suponga, y el mismo sentido común que queréis que se os aplique, podías tu suponer la buena fé de Arturo y con sentido común haber hablado con él de vuestras diferencias antes o después de la denuncia, aunque solo sea para que la situación  no se vuelva a repetir jamás y enmendar los errores y posiblemente al que le corresponda: pedir las correspondientes disculpas.
Pero yo veo que la irregularidad no la reclamáis sino que la admitis, entonces ¿que pasa? que esto llega a alguien que tiene que tomar una decisión y NO PUEDE hacer ninguna excepción porque las normas son para todos y si empezamos a saltarnoslas a la torera mal nos iría a todos.
Y conste que igual que te digo esto, digo que no dudo de la buena fe de Cánovas (porque a Oscar ni siquiera le pongo cara ya que no le conozco). Pero también veo que se ha crucificado a Arturo echándole del club. Eso no hace más que repercutir en la razón de que se ha hecho adrede, quizá por ambas partes pero entonces no se puede hablar de buena fé, y habría que admitir las consecuencias.
En cuanto a la expulsión de un socio, desconozco la normativa legal, pero tu club no es un club privado que yo sepa. No puedes elegir quién es miembro y quién no. Sus actividades también se enmarcan dentro del programa de actividades del Ayuntamiento de Coslada y por tanto cualquier cosladeño tiene que tener acceso a ellas incluido Arturo. Y si le da vueltas lo mismo incluso se os cae también la subvención.
Mi consejo es que no me seas como tu antecesor, que ya viste como le fué a él.
Aunque cuentes con el respaldo de la ONU para echarle del club, pienso que debes hablar con él lo antes posible y dejar estos foros, donde por mucha razón que te den, no vas a enmendar nada.
(Espero haber sido mucho más claro que en mis posts anteriores).
Podéis seguir discutiendo lo adecuado/inadecuado de las normas vigentes, perdón.
PD1 para Shin Chan…. totalmente de acuerdo, el que no le guste jugar que se dedique a otras cosas más interesantes.
PD2 para Gargurrin… dices del policía:»le llame de todo y me fui a pegarle»… Si yo soy el policía lo primero que hago es descerrajarte un tiro para que te situes, y también porque no sé si eres un terrorista, TERRORISTA xDDD
Luego te preguntaría tu opinión sobre mi trabajo y sobre la crisis mundial etc…
(Es por eso que no tengo una placa xDD)Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 24-03-2011

Volviendo a lo mío, que es la incoherencia del punto 4 de la resolución y sin querer involucrarme en esta guerra civil desatada en Coslada, sí que la tomo de punto de partida porque me sirve de ejemplo.
Aparte de que me reitero en mi argumentación de que el tema de las alineaciones corresponde exclusivamente a la dirección deportiva del club representada en cada jornada por su capitán correspondiente, es que además se produce una asimetría en esa resolución 4.
Porque se procede contra el club por no contar con el consentimiento de un jugador para su convocatoria efectiva, pero no se procede contra el jugador, que además en las primeras jornadas ha ejercido como capitán, por desentenderse del equipo, al menos según lo narrado por aquí.
Insisto en que esto es una competición por equipos y el club / equipo, a través de las decisiones de su capitán, debe tener preponderancia sobre los deseos del jugador en caso de conflicto (que por otro lado nunca son deseables).



Resolución Coslada – post by Darke – 24-03-2011

LdS.
Dices «el club / equipo, a través de las decisiones de su capitán, debe tener preponderancia sobre los deseos del jugador en caso de conflicto».
Es decir que si el equipo te convoca sin tu consentimiento, y tu no vas porque obviamente no estas de acuerdo  o no puedes hacer eso por tu equipo, te tienes que callar la boca y aceptar la sanción que se te imponga por la incomparecencia, eso si… por el bien del equipo!!
Flaco favor le haces al Coslada insinuando que se sabía que no iba a venir pero se le convocó «por el bien del equipo».Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 25-03-2011

Darke encanto no hables sin saber, yo he llamado a Arturo y no me lo coge, quizá porque es desde el movil del club y no lo conoce.
Como ya he dicho si fuera mi enemigo que no lo es le habría pedido las llaves.
Yo no admito irregularidad si bien digo que los encuentros reclamados no son en casa y el responsable del acta es otro.
Oscar es más guapo que Canovas y 22 años menor y su hija de 2 años una preciosidad.
No se ha crucificado a nadie, no creo en la cruz y no se le ha echado porque no ha aparecido.
No es club privado pero si una asociación con unos estatutos internos y tiene reservado el derecho de admisión 1º el presidente que así se lo confiere estos, despues la junta directiva y despues mayoria absoluta de socios.
Sus actividades de deslealtad hacia un club y unos compañeros no se enmarcan dentro de las actividades del ayuntamiento y me respalda Pedro San Frutos, primer teniente de alcalde de Coslada y Concejal de Cultura y Participación Ciudadana.
Tu vives en Coslada citate con él, le cuentas el caso y veras como me respalda.
¿Alguna cosa más deseas exponer Darke con tu buena fe?Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Darke – 25-03-2011

Toñarra.
Pues si, vas a tener razón, hablo sin saber nada.
Veo que mis opiniones te molestan, en tanto en cuanto te son incomodas. Por lo tanto me abstengo de participar más en este hilo, principalmente porque no se me ha perdido nada en CosladaChess. Buena suerte con el recurso.
PD: No conozco a Pedro San Frutos, pero dudo que recurrir a él sea la solución absoluta a cualquier problema.Dios creó a Adán para cebarse con alguien de lo que hacía Chuck Norris.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 25-03-2011

Si me molestaran no te respondería, solo quiero que todos sepan que somos un club limpio y con mala suerte y que no hay animadversión hacia nadie.
Mañana te envio a tu correo alguna cosita curiosa. Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 25-03-2011

A Darke: la sanción por la incomparecencia, que únicamente es no jugar el resto de la liga, afecta de igual manera al club y al jugador, dado que este no puede cambiar de equipo (habría que hacer la salvedad de que no contaran las incomparecencias mientras el jugador pueda cambiar de club o equipo, es decir, mientras no haya disputado ninguna partida). Si las tensiones jugador-club han llegado hasta ese punto, es un problema interno de ellos en el que la fma no debe entrar y debe respetar la autonomía de los clubes en su funcionamiento.
De todas formas, insisto, mal asunto es para un club que vaya alineando a jugadores que no van a actuar. Desde luego yo no recomiendo a nadie ese clima de conflicto.
Por lo demás, no pretendo hacerle al Coslada ningún favor ni desfavor, me es indiferente, es un club del que me parece que no conozco a ninguno de sus miembros. Lo único que pretendo es que se revoque el grave precedente que sienta el CCDD con este punto 4 de la resolución (nada que objetar al resto de la misma), en el que se da la preponderancia al jugador frente al club. Una vez más, esta es una competición por equipos.
A Shin Chan: en tu maravilloso mundo reduccionista, en que serías capaz de despachar la teoría de la relatividad en una frase y las antinomias de Kant con un epíteto, puede que las cosas sean así, que los 14 son unos responsables o los 14 son unos irresponsables (omito decir que además con tu visión serías capaz de catalogar a los 14 con un simple vistazo). Desgraciadamente para el resto de los mortales, las cosas son algo más complejas que blancas y negras. Dejaré de lado las variables del tipo de que a uno le sale trabajo en Londres o en fin de semana, así de repente, o que le echan del curro y se le quitan todas las ganas de jugar al ajedrez, o que se echa novia, o que la novia le echa, o que se le pone un padre / hijo enfermo, o que enferma él mismo, etc., etc.



Resolución Coslada – post by Shin Chan – 25-03-2011

A Luci: nuevamente se nota que eres de letras. Lo de la lógica contigo no va. Estás hablando de un problema a priori, por supuesto lo que comentas son circunstancias a posteriori imposibles de evaluar antes de que ocurran.
Al final te guste o no tienes que decidir si la gente con la que cuentas es responsable o no porque en función de eso debes decidir.
De todas maneras tu mundo si que es horrible, siempre lleno de imprevistos negativos, de sucesos que te hacen no poder llegar a los sitios… que triste 🙁 Mira que trompa! que pedazo de trompa!



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 25-03-2011

A Shin Chan: seré de letras, pero por ejemplo  he llegado a la conclusión de que para formar equipos (yo este año no lo he hecho) hay una fórmula que vendría a ser C=< 2J/3, donde C es el número más alto posible de convocatorias a cubrir cada semana y J el número de jugadores disponibles, o dicho de otra manera, que como mínimo debes tener un tercio del club descansando. Por supuesto, esta regla es más correcta cuanto más alto sea el número de jugadores y si los equipos están escalonados (no es lo mismo tener 4 equipos en segunda que uno en tercera, otro en segunda, etc). Aún así siempre hay que meter factores de corrección en función de la gente que te dice que solo va a jugar una o dos (claro, que también hay quien te dice que las va a jugar todas) e incluso del nivel y los deseos que manifiesta la gente: no puedes meter a demasiados estudiantes en la misma lata porque en febrero lo llevarás crudo para sacar un equipo.
En 10 años jugando numerosos torneos nunca he perdido por incomparecencia, nunca me he retirado y no son muchos los byes que he pedido. Como ves, no tan imprevisto. Sin embargo, sé que tarde o temprano llegará la fatalidad «por causas ajenas a mi voluntad». Es cuestión de tiempo y suerte. Cuando llegue ese momento no quiero que caiga sobre mí ninguna maldición extra aparte de perder la partida.
En cualquier caso, no me he quejado sobre lo difícil que pueda ser el arte de organizar un club (solo lo he hecho un año). Simplemente digo que las sanciones no pueden ser excesivas y que se tenga en cuenta que si desagradable es dejar a un rival sin jugar una partida, también lo es que 5 compañeros se queden sin jugar porque para evitar lo anterior hayas hecho un equipo supernumeroso.



Resolución Coslada – post by fenchito – 25-03-2011

A LdS
Guenas, de verdad que no se trata de no dar mi brazo a torcer, sino que creo que no tienes razón en lo del punto 4.
La falta es efectivamente alinear a Arturo sabiendo que no va, pero no por las relaciones Arturo – Club dando preponderancia al jugador frente al club, sino precisamente por la ventaja deportiva que obtiene el club al desplazar 4 tableros un puesto hacia abajo, que al final resulta que fueron 2 puestos.
Esa ventaja deportiva se puede cuantificar en términos de probabilidades del resultado de las partidas, en funcion de las diferencias de ELO con la variable prevista al efecto para su cálculo.
En este caso la «Pe» pasa de 0,64 a 0,96  al jugar en los tableros 3 al 6 en lugar de en los tableros 1 al 4.
De acuerdo que en este caso la diferencia no es muy grande dada la elevada media de ELO del rival, pero la ventaja deportiva existe para el equipo, es cuantificable y es la razón de la sanción.
Un capitán puede poner a quien quiera, faltaba mas, ya que a la fuerza nadie se lo puede impedir, pero deberá responder de las consecuencias si es que las tiene y perjudica a alguien.
Si todo el problema hubiese sido la alineación de Arturo sin avisarle, haciendo abstracción de su posición en el orden de fuerzas, número de incomparecencias y demás asuntos que pudiesen surgir, a lo mas que se habría podido llegar, en caso de denuncia, es a un apercibimiento por incorreción con un compañero, resolución que incluso podría ganarse en apelación diciendo que fue un lapsus.
Lo cierto es que el punto 4 tiene una filosofía completamente diferente al resto ya que lo que se dirimía era también completamente diferente.
Coincido con SV, vente con nosotros ya que la calidad de tus argumentos es muy superior a tu ELO y ya sabes que pieso que, salvo para el puñetero 10.2, el ELO no da claridad de criterio, muchas veces es mas bien al contrario.  Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 25-03-2011

Ah, por cierto, ya me han puesto en el tablón de anuncios de la FMA.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – Yukina – 25-03-2011

fenchito, lo has explicado de una manera divina usando las probabilidades. Ahora solo falta que LdS fiche por el comite.Si no en esta vida, en la siguiente



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 25-03-2011

Creo que sigue fallando el argumento ab initio.
El CCDD actúa a partir de la denuncia de un particular que se siente perjudicado en sus derechos tras haberse falseado el resultado de dos de sus supuestas partidas. Pero como reconoces, no se procede contra el club / equipo por el supuesto menosprecio a un compañero (hablo del punto 4 y de la convocatoria fallida). Quien realmente podría reclamar ese aspecto sería alguno de los equipos que, directa o indirectamente, se sintieran perjudicados por ese acto, y no consta que ninguno lo haya hecho. ¿Tiene potestad en este punto el CCDD a actuar de oficio y no de parte? Desconozco en profundidad el reglamento del CCDD, pero por lo que se me alcanza, no.
Sin entrar en tu cálculo, del que no entiendo gran cosa, la verdad, salvo que me lo especifiques algo más, pero en cualquier caso no voy a discutir, sigo sin entender que haya ventaja deportiva, sino más bien desventaja. Primero, porque vas a jugar con uno menos, y salvo que me demuestres a lo Helenio Herrera que con 5 se juega mejor que con 6 (en cuyo caso tendrás que convenir que por las mismas razones mejor con 4 que con 5), y ese hecho siempre, en cualquier deporte, supone una desventaja. Otra cosa es que dispongas solo de 5 jugadores, cosa que la fma no debe valorar, pero en ese caso que yo sepa no está prohibido que alinees de clavo al primer tablero.
Te lo pondré más claro. Supongamos que la semana que viene decido poner de clavo a mi primer tablero que sé positivamente que no va a jugar, e incluso es público y notorio que no lo va a hacer porque es un forero que ha dicho que a esa misma hora le operan (o para que Shin Chan no me acuse de catastrofismo, ha invitado a medio foro a esa hora a su boda, aunque no sé que es más catastrófico). ¿Podría el CCDD actuar de oficio ante esa maniobra? Entiendo que no, solo el rival o algún equipo perjudicado indirectamente. Pero vayamos más lejos, supongamos que un equipo reclama y entra en ello el CCDD. ¿Puede sancionarme por esa maniobra? ¿En qué lugar del reglamento me lo impide?
Incluso con la normativa del año pasado, en que perdería 0,5 adicional con la ley euxina, yo tendría la potestad como capitán de asumir esa sanción sin más perjuicio. Es decir, que no había ninguna ley que te castigara con algo más aparte del 0,5 punto mencionado. Desgraciadamente hay fábricas que contaminan a sabiendas de la multa que van a recibir, pero la asumen puesto que a menudo les sale más barato pagar la multa que contaminar.
Por analogía, por ejemplo, con el juego de las damas, hay una norma en que te soplan una ficha por no comer, pero tú aceptas esa sanción y nadie te obliga a comer la ficha. De esa misma manera, el año pasado aceptaba la sanción de -0,5 igual que este año acepto jugar con uno menos y que se me ponga la incomparecencia correspondiente. Además, entraríamos en una dinámica peligrosa para el CCDD en la que tendría que investigar todas las incomparecencias, y si comprueba que han sido hechas a propósito, sancionarlas como habéis hecho en el punto 4.
Por tanto, como resumen, primero, el ccdd no es parte para iniciar de oficio ese asunto (a expensas quedo de que me lo demuestres con algún art. del reglamento del ccdd), y segundo, no hay ventaja deportiva, ojo, que se considere ilícita o digna de sanción mayor.
En cuanto a vuestras invitaciones, que al principio me las tomaba como ironía y ahora por su reiteración empiezo a sospechar que van en serio, obviamente no puedo pertenecer al CCDD. No sé si es indispensable según el reglamento ser árbitro. Desde mi punto de vista particular no debería serlo, pero también considero que si no eres árbitro solo debes pertenecer a uno de los comités porque tengas un valor añadido: que seas licenciado en derecho (no es mi caso) o que tengas o hayas tenido un elo decente que te permita valorar posiciones técnicas (que obviamente, tampoco es mi caso). Como ya he manifestado en otras ocasiones, sería oportuno que en cada uno de los comités hubiera uno o dos jugadores con ese nivel mínimo.
 



Resolución Coslada – post by Soyelkapo – 25-03-2011

Y yo que pensaba desconectar del curro leyendo cosas divertidas… vaya coñazo, Luciano.¿Recuerdas cuando fuimos a Murcia?



Resolución Coslada – post by migueldc – 25-03-2011

Luciano, creo que fenchito en su argumento supone, correctamente, qué van a jugar con 4 de cualquier manera. Sacan ventaja al alinearse en los 4 últimos tableros y dejar vacíos los 2 primeros, en vez de jugar en los 4 primeros y dejar vacíos los 2 últimos.
Si no comparecen 6 jugadores no es por motivos estratégicos, sino por falta de efectivos disponibles.
 Me sorprende que esto sea punible, pero los miebros del comité conocen el reglamento mejor que yo. Si ellos lo consideran sancionable será que algún artículo que lo prohibe.



Resolución Coslada – post by SV – 25-03-2011

Luciano, tu lógica patina en una cosa: se juega mejor con 6 que con 5, efectivamente. Pero sabiendo que vas a jugar con 5, se juega mejor del 2º al 6º que del 1º al 5º. Y eso es más o menos lo que ha pasado.Y sí, el CCDD puede actuar de oficio, otra cosa es que lo haga. Luego te busco el artículo exacto.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 25-03-2011

Fenchito, tu argumento falla en una cosa muy importante: La alineación no se hace para tener ventaja deportiva, aunque la haya, sino por desconocimiento del reglamento.
Ya no se como explicarlo.
La resolución pone el énfasis en la motivación de la conducta irregular que atribuye a la voluntad de conseguir ventajas deportivas y lo hacer sin especificar en que pudieron conseguir estas ventajas. La única que se extrae es evitar la incomparecencia del equipo. Si hubiese dado igual hacer las cosas bien a efectos deportivos estaríamos ante un simple error y no ante la voluntad de alterar la competición.
A Shin chan:
Todavía no sé si has leído el parrafo en el cual te pongo que 3 jugadores encuentran trabajo al comienzo de la liga los domingo y que los chavales de 3ª no quieren subir para perder fácil, ¿eso es mala planificación, mal compromiso o algo por el estilo?
Aún así, si se hubiera sabido esta putada reglamentaría, los chavales hubieran subido, te lo garantizo.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 25-03-2011

Yo he buscado por encima y solo el art. 40 he visto que mencionaba la posibilidad de actuar de oficio, pero no es este el caso, creo.
Que vayan a jugar con cuatro o con seis es algo que solo compete al club / equipo, y la forma de ubicar a esos más los «clavos» igualmente. El CCDD no debe entrar a valorar las tácticas de los equipos. Con 6 se juega mejor que con 5, pero si tienes 5 no hay ningún artículo en el reglamento que te impida poner un primer tablero fantasma o una raya en el último. La sanción en el primer caso es una incomparecencia y el equipo la asume si esa es su decisión, a sabiendas de que a la segunda el jugador queda eliminado. Si es punible con una sanción más grande, entonces debería estar especificado en el reglamento. ¿Dónde está?



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 25-03-2011

¿De verdad creeis/pensais que el Coslada se ha querido aprovechar de algo?
¿De verdad pensais que el Coslada no tiene bastante castigo con hacer el ridículo deportivo que ha hecho durante la temporada? Aunque fuera mala planificación, no creo que haya que sancionar a un equipo de esa forma por ello.
Parece que quereis imponer una disciplina militar en un colegio de niños y como no sabeis defenderlo sin avergonzaros, decís que el Coslada se ha aprovechado y ha intentado engañar. Otra cosa no entiendo, creo que ha quedado bastante claro que nadie ha intentado engañar ni sacar provecho, pero vosotros, al clavo ardiendo.
 



Resolución Coslada – post by migueldc – 25-03-2011

Coslada a parte, es bastante interesante saber que es punible alinear… ¡y que alineen en tu contra!, a un jugador en los primeros tableros, a sabiendas que este va a incomparecer.
Si me hubiera enfrentado a algo así esta temporada, no se me hubiera ocurrido reclamarlo.
 



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 25-03-2011

Es que ésa es otra claro, si el capitán del equipo contrario pone un 1-0 donde debe poner +/- (no confundir con ventaja decisiva jeje), tampoco resulta muy agradable tocarle las narices con eso aparte del saco que se ha llevado. Si a eso le unes que de paso permites que un jugador tuyo se lleve unos puntitos de elo… Y todo ello si es que te has dado cuenta!
En fin, que nada de falsear actas!!Seize the moment



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 25-03-2011

Bolwsky, un caso claro es el de Herr (por lo que él mismo dijo): Se fué del local sin poner la incomparecencia cuando ésta estaba consumada y yo no considero que hubiera premeditación en su caso. Le conozco y lo sé que no ha sido esa la intención y nunca me voy a creer que entre Herr, su capitán y el de Coslada, idearon ese complot.
Todos los argumentos los basais en la astucia y la premeditación y eso no puede ser así. Mientras tanto, todos los hechos anulan esas premisas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 25-03-2011

A mí me gustaría que se deslindaran los casos, por mucho que vayan unidos. Por un lado la sanción que se imponga a Coslada (no es mi guerra) y por otro la cuestión de si un capitán puede lícitamente alinear o no a un jugador a sabiendas de que no va a jugar, asumiendo por ello el castigo que está estipulado, es decir, incomparecencia (y a la segunda, eliminado), sin recibir otro mayor, pues no figura en el reglamento. Sería oportuno que el CCDD se posicionara al respecto claramente, aludiendo los artículos del reglamento que estime oportuno.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 25-03-2011

Y a colación de lo que dice Migueldc, si la respuesta es que es punible, desde luego a partir de ahora mi intención personal, y si mi club no dice nada en contra, es reclamar toda incomparecencia que no se produzca en el último lugar de los jugadores apuntados en acta, pues yo desconozco si se hace a propósito.



Resolución Coslada – post by José Manuel Pérez – 25-03-2011

Yo pienso que el castigo por la incomparecencia individual está muy claro en las bases. Si no se puede completar equipo, cada club es libre escoger la estrategia que más le convenga, como es la de dejar desierto un primer tablero, algo que no se podrá hacer siempor.
Imaginé que la última ronda de la liga era propicia para estrategias de ese tipo en equipos incompletos. De hecho, se me pasó por la cabeza para el encuentro de DH Villalba – «Amigos del Retiro». Mi club estaba en cuadro y faltó poco para no completar equipo. Pues si hubiésemos ido 5 y nos falta el 2º tablero, yo pienso que era más propicio para nuestros intereses dejar desierto el 2º tablero ante Javier Moreno Ruiz (2527) y bajar un tablero los demás, que no dejar desierto el último tablero ante Miguel San Juan (2076) y luchar en los tableros de arriba. Afortunadamente fuimos 6.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 25-03-2011

Jose Manuel lo 1º enhorabuena por tu subcampeonato de Madrid y lo 2º llevas parte de razón en tu planteamiento pero resulta en nuestro caso especifico que ese dia pudieron jugar 3 del equipo de primera porque a Arturo se le convocó aun teniendo que ser él el que convocara y no dijo ni sí ni no con lo cual se esperaba que iria, y para completar aun sabiendo que en teoria solo faltaba UNO pues el primer tablero no sé que pasó, subió del C, que son 10 el tablero 9 que es un alumno mio nuevo y se sabe solo apertura española 4 movimientos, ha aprendido este año a hacer mate con torre y peon contra rey, pero el chaval es echao palante y nos ayudó que si sabe esto se queda durmiendo.
Y presupones que pudieramos tener ventaja deportiva cuando ya estabamos descendidos, es dificil de imaginar y mira que yo tengo imaginación. Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by _SkyClear_ – 25-03-2011

Vamos a ver, partiendo de que yo creo que realmente no ha habido mala fe en ningún caso y que me consta leyendo mensajes antiguos del foro de Coslada que la intención era que los pocos disponibles en el equipo pudieran seguir jugando los domingos en un equipo desmembrado. Lo que me parece obvio es que existe no una sino varias ventajas deportivas en el hecho de poner 1-0 a un jugador que no ha aparecido en lugar de + -, y no solo para el equipo cuyo jugador incomparece sino para el equipo contrario. A saber:
1.- Todos los jugadores corren un tablero y como ha explicado JMP eso es obvio, tan obvio como que 2500 es mas que 2000.
2.- El aumento de elo del contrario sin mover un peón.
3.- La posibilidad de repetir la estrategia mas de dos veces sin quedar eliminado por incomparecencias ese jugador
4.- El equipo no queda eliminado al sumar 12 incomparecencias (53.3) porque no cuenta como tal el 1-0.
5.- El jugador puede reaparecer contra otro rival despues de 3 o más «ausencias fraudulentas» con el obvio perjuicio para ese rival y beneficio para el Coslada y los rivales anteriores que no tuvieron que jugar contra él.
Incluso alguna otra que no recuerdo, aparte del perjuicio para el jugador.
Insisto que en este caso no creo que se haya obrado de mala fe (eso sólo realmente lo saben en Coslada), igual habia peor fe en los contrarios que se aprovecharon del 1-0. Y me parece triste que haya pasado esto, que es un palo para un club y sus socios que sólo quieren disfrutar del ajedrez, cuando hay gente que sistematicamente se salta las reglas sin que les pillen. La «justicia» es asi.



Resolución Coslada – post by Norton – 25-03-2011

Básicamente pienso lo mismo que SkyClear, pero hay gente que todavía no ha comprendido que, una vez en el caso de que no tengas más remedio que sacar a 5 jugadores, dejar libre el tablero que te dé la gana es una ventaja. No creo que les vayas a convencer ya.No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

 Una vez en el caso de que no tengas más remedio que viajar solo, cambiar la reserva de habitación doble a individual es una ventaja. «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

Una vez en el caso de no tener más remedio que recuperar lo que sea del ex-retrete de Chamberí, usar guantes porque te da la gana es una ventaja. «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

Una vez en el caso de que no tengas más remedio que follarte a Carmen de Mairena, ponerte el globito que te de la gana es una ventaja. «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by José Manuel Pérez – 26-03-2011

Si el Coslada iba a descender de todos modos, no entiendo cómo es que no tuvieron más cuidado en las últimas rondas. ¿No habría sido más fácil presentar equipos con 3 jugadores antes que cometer errores que te pueden hacer bajar 2 categorías?



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

A ver si lo  he entendido…
«No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

En resumen «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 26-03-2011

Pues va a ser que ya no te entiendo…(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by migueldc – 26-03-2011

José Manuel, presentando equipos con 3 jugadores hubieran bajado por superar las 12 incomparecencias en una temporada.



Resolución Coslada – post by migueldc – 26-03-2011

Me faltó especificar en el anterior post que hubieran bajado 2 categorías.



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

 
Puedes entenderte con Miguel DC, no soy celoso.
 
  «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 26-03-2011

José Manuel, estamos deacuerdo en que la mejor estrategia para presentar un equipo con menos jugadores es elegir tú hueco de incomparecer pero, ¿piensas que había estrategia de algún tipo para las 4 últimas jornadas? Por cierto, la estraegia propicia es jugar con 6 todo lo que no sea eso, es jugar jodido y en desventaja a pesar que dentros las estrategias de mierda (jugar con uno menos) haya una que sea menos mala, aunque otros la llameis propicia, como también otros se creen que la gentte se aprovecha por jugar con uno menos.
Si alguno entra en el foro de Coslada verá los intentos qué hay de intentar juntar 6 para jugar, los intentos que hay de que los pocos que quedan no dejen el equipo, en fin, que no es que lo defendamos ahora, es que en Febrero, hay mensajes grabados y visibles a todo el mundo, de desesperación en el foro de Coslada. Así que partiendo de esta premisa que os he contado 20 veces y que podeis comprobar si quereis, difícilmente se puede considerar que ha habido aprovechamiento, estrategia o cualquier cosa semejante.



Resolución Coslada – post by Norton – 26-03-2011

Poniendo tres rayas en los tres últimos tableros no incompareces en ninguno, o eso me parece entender a mí.No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 26-03-2011

Pués Norton, si tienes razón, más inri todavía.



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

 Norton, majete, con las putas normas desquiciadas que tanto os ponen a los moratalaceros, en cuanto les falle uno (qué raro sería, ¿no?), incomparece el equipo. Y en 4 rondas habrían agotado todas las incomparecencias de la ley Blowski-Walker con la enmierda carlosab. «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by JB – 26-03-2011

 *enmienda «No hay otro infierno para el hombre que la necedad o ruindad de sus semejantes» . Sade



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 26-03-2011

Te equivocas Edu, las 3 rayas son 3 incomparencias de equipo. Simplemente no se asignan a nadie para que no les eliminen por 2 de jugador(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 26-03-2011

Revisando y requeterevisando el reglamento encuentro dos cosas:
1º Permite 15 incomparecencias de 65 posibles en 3ª mientras que, de 78 posibles, permite 12 en el resto de categorías, ¿Porque esa discriminación? ¿Alguien me puede contestar algo de peso para que a un 3ª se le permita más de un 20% de incomparecencias y al Coslada solo se le permita algo más de un 15% de incomparecencias?.
2º ¿Por qué el comité dice que el Coslada está en 2ª? Yo solo le encuentro si pincho en primera B. Entiendo que aplica la norma como si estuvieramos en la temporada que viene sin contar que puede haber 10 desapariciones de clubs y el Coslada siga siendo equipo de primera.
En fin, que irá por ahí el recurso porque por mucho que sea improvable, nadie me puede asegurar a mí que no desaparezcan 10 equipos de preferente y D.H. y menos un comié que no sabe si en Septiembre sufriremos un desastre, un atentado o una ola de ex-jugadores que no permitán a los clubs juntar gente suficiente.
Y como a mí me gustan los ejemplos porque muchas veces me siento incomprendido, os pongo el de la central nuclear de Japón, sacado de la página www.euribor.com.es:
«»“»»»»»
La Comisión Nuclear Japonesa tenía los siguientes objetivos en 2003: “El valor medio del riesgo de mortalidad por exposición a la radiación resultante de un accidente de una instalación nuclear, no debe exceder de 1 vez por cada millón de años”. Esa política fue diseñada hace sólo 8 años. Su accidente de “una vez en un millón de años” ha ocurrido sólo ocho años más tarde. Qué curioso, el mismo argumento que usó Goldman Sachs para excusarse de las pérdidas de uno de sus hedge funds, algo que sólo podía pasar una vez cada varios billones de años
«»»»»»»»



Resolución Coslada – post by OlmoRojo – 26-03-2011

Estimado Sr. Gargurrin:
No sè cual es la razòn exacta para que en 3ª se permitan màs incomparecencias:
3ª debe de ser la categorìa en la cual se fomenta el ajedrez o en la cual se juega por diversiòn, se busca que haiga la mayor cantidad de equipos posible … etecetera.
Si se ponen muchas trabas … te quedas sin un montòn de equipos.
Por lo poco que he leido del tema de coslada … Uff, la labor de el capitàn es intentar que el equipo se mantenga, por si el año que viene hay màs gente y se puede tener un equipo con posibilidades.
Pero … hacerlo de forma ‘irregular’ ya me parece un poco exagerado.
Si ves que tu equipo no puede jugar la liga, llamas a la federaciòn y dices: dad de baja a mi equipo, no podemos jugar seis la mayor parte de la liga, y yastà.
Bajas y el año que viene buscas gente para poder subir.
😎
 Lo que no entiendo … ¡Lo rompo!



Resolución Coslada – post by José Manuel Pérez – 26-03-2011

No dudo que todo lo que se ha hecho tenía la mejor intención, pero alguna alternativa debía haber en lugar de falsear la información. Pensaba que muchas incomparecencias te podían descender, pero desconocía que fuese más de una categoría.
Como dice Olmo Rojo, una solución debía ser retirarse de la competición a tiempo, con un descenso garantizado. Y si esto no es posible, pues veo que las bases son muy rígidas con los clubes que tienen problemas para alinear jugadores, y hecha la ley, hecha la trampa.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 26-03-2011

No hacía falta eso.
Una opción más normal, si se hubieran conocido por parte de los integrantes las reglas, es dejar de luchar por el ascenso en 3ª y jugar los buenos del B todos en primera, problema resuelto. Hubieran perdido igual, hubieran descendido igual, pero seguirían en 2ª.
Por cierto Jose Manuel, como he puesto antes, la sanción es descenso de categoría, lo que pasa que el comité ya da por hecho que el Coslada está en 2ª y lo baja a 3ª y realmente no es así. Es muy difícil que no baje pero hay una secuencia de «movimientos» que pueden permitir al Coslada mantener la categoría el año que viene. Por ello, la sanción sería bajar a 2ª.
 



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-03-2011

A SkyClear, Norton, SV y Fenchito.
A SkyClear: nadie discute que es una ventaja antideportiva poner 1-0 en lugar de +-. Otra cosa es que sea ventaja deportiva ilícita que alguien ponga un tablero sabiendo que el jugador no va a ir y que le pongan el correspondiente +-. En las resoluciones sobre Coslada se sancionan dos variantes en este aspecto: una por falsear el resultado (me parece bien) y otra porque se considera también ventaja deportiva ilícita poner a un jugador a sabiendas de que no va a ir, pero en que sí le cuentan como incomparecencia. A mi juicio, esto último no es de recibo.
 
A Norton: empezamos a tener un punto de acuerdo. Hasta ahora había entendido que si te faltaba el primer tablero era conveniente, para adquirir ventaja, según tu supuesta teoría, jugar con uno menos y dejar el primer tablero vacío. Me alegra saber que haces la salvedad de que esto solo sea así en el caso de que solo puedas sacar a 5 jugadores. Por supuesto, también coincidimos en que llegados a este punto es mejor dejar el tablero libre lo más arriba posible a efectos estratégicos. Sin embargo, en lo que me temo que ya no estamos de acuerdo es que se trate de una maniobra ilícita o fraudulenta merecedora de sanción. De hecho, y desde mi punto de vista, es lo lógico, dejando de lado cuestiones tácticas: si te falta el primer jugador, es lógico que se quede libre el tablero 1. Y si el primero en faltarte es el 4 y no puedes sacar nada más que 5 jugadores, pues es lógico que dejes libre el tablero 4. Además, este año con la eliminación a la segunda incomparecencia, esa supuesta maniobra fraudulenta queda atenuada pues como máximo la podrás utilizar dos veces. De todas formas, poca ventaja le veo a que un equipo vaya a utilizar esta estrategia si a cambio va a alinear repetidamente 5 jugadores.
 
A SV y Fenchito: sigo sin ver argumentado la resolución 4 del fallo:
1.   Respecto al encuentro de la jornada 11ª Moratalaz B – Coslada Chess, sancionar al capitán de Coslada Chess D. José F. Cánovas Martínez por falta grave al falsear los datos del acta para la obtención de ventajas deportivas, al incluir al equipo, sin su consentimiento a D. Arturo Martín-Aragón Fernández.
Primero, no se falsean los datos del acta porque es potestad del capitán convocar a un jugador. Segundo, es imposible que obtengas ventaja deportiva porque ese jugador va a perder por incomparecencia. Tercero, está mal argumentado, puesto que la resolución acaba hablando de que se ha incluido a un jugador sin su consentimiento, y según lo dicho por Fenchito en este hilo no se castigaba al capitán / equipo por ese hecho. Cuarto, en el supuesto de que sea una ventaja deportiva por correr los jugadores hacia abajo en el orden de tableros, en ningún lugar del reglamento se especifica que esto sea ilícito, y además ya lleva aparejada su correspondiente sanción, la incomparecencia, cuya segunda vez supone la eliminación. No se puede sancionar a alguien con una pena mayor que la especificada en la norma.
Si persistís en esta idea, deberíais publicar como CCDD una nota que aclarara este aspecto del reglamento, ya que como dijo SV, en caso de oscuridad del reglamento o cuestiones no previstas en él vosotros sois los encargados de suplirlo y aclararlo. Dado que la temporada está virtualmente terminada, sería oportuno en cualquier caso dirigiros al órgano encargado de redactar el reglamento, que no sé quién es, para que aclarara este punto. Me temo que no se hará ni una cosa ni otra. En cualquier caso, preveo que de mantenerse esta idea os puedan llover el año que viene múltiples reclamaciones, pues cuando un jugador incomparezca en cualquier tablero que no sea el último el rival puede reclamar que se ha obtenido ventaja deportiva ilícita, siendo indiferente si este hecho era sabido o no por el capitán de turno.
Por cierto, sigo sin ver el nombramiento de Fenchito, a pesar de lo dicho por él. ¿En qué parte de la web aparece?



Resolución Coslada – post by Norton – 28-03-2011

Bueno, es que si sois 5 es más evidente, siendo 6 dejar libre el primer tablero (o por ejemplo en el caso del amigos el domingo pasado el segundo) es algo que las matemáticas elianas dicen que te conviene hacer, pero teniendo en cuenta que el Amigos ha hecho el 50% de los puntos en los dos primeros tableros en los dos encuentros con el Villalba pues hace que evidentemente sea muy relativo.No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by Norton – 28-03-2011

En cualquier caso si siendo 6 sacas a 5 no parece muy ético hacia el jugador de tu equipo a quien dejas sin jugar, eso por supuesto.No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by Frodo – 28-03-2011

El reglamento no prohíbe meter a un jugador sin su consentimiento. Lógicamente hay que ponerle un menos para que no le baje el elo.
Para evitar que un equipo se favorezca demasiado por esta práctica es por lo que a la segunda incomparecencia se le elimina. En el comentario muy sincero de Ambizurdo en el hilo de las promociones tenéis un ejemplo de este tema.



Resolución Coslada – post by fenchito – 28-03-2011

a LdS, en el tablón de anuncios de la FMA, según entras a la derecha, donde estan poestos los componentes de los diferéndes comites y demas estamentos.
Desisto de explicarte lo de la ventaja deportiva.
Ya he dicho previamente que el capitán puede poner al Papa si le apetece, pero que se atenga a las consecuencias si es que las hay.
Coincido plenamente en que habría que aclarar varias incoherencias y flecos de los Reglamentos, tanto de Competición como de Disciplina y la relación entre ambos, y lo debería hacer el organo competente antes de la próxima temporada. El CCDD puede interpretar, pero no regular, así que a veces no es facil encontrar cabida en los reglamentos a tesis lógicas.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Ambizurdo – 28-03-2011

A ver si al final me sancionan !!!!  :-))
Yo creo que está claro que el objetivo de la eliminación por dos incomparecencias es ese … y ¿ Por qué ? …. porque alinear a uno por arriba que no va a venir se usa estratégicamente para bajar todos un tablero  …. y si se decide no hacer así, y poner como si hubiese jugado, es para poder utilizarlo más veces ( que es lo que la regla intenta evitar ) …..  por lo que es claramente una trampa !!.
Además es obligación del capitán ( y del club ) conocer el reglamento, con lo que tampoco vale decir que «no sabía»  ( que se lo digan a Lola Flores )
Pero vamos, que no me he leido todo el hilo …. y supongo que ya habréis comentado sobre esto.
Nosotros como ya dije, sabíamos que teníamos «2 balas» y las gastamos ( qué bien nos irían ahora que solo somos 4 en el equipo ), pero no se nos ocurrió «maquillar» esas incomparecencias …. ( para colmo una de ellas era contra el equipo de Turiso ….. ¡ nos mata ! jejeje )¡ Qué país, qué paisaje y qué paisanaje !



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-03-2011

Pues veo una clara contradicción entre lo que acaba de opinar el presidente de los árbitros y un miembro del CCDD. ¿Quién es el órgano competente para elaborar el reglamento?
Lo de la ventaja deportiva ya lo has explicado. Lo que no has explicado, según el reglamento, es por qué es ilícita. Por favor, artículo. Ventaja deportiva es que Mourinho cambie en el minuto 80 a un jugador que está fundido. Ventaja deportiva ilícita es que lo haga mediante un cuarto cambio.
Al igual que JM Pérez ha expresado con anterioridad, ayer en la promoción estuvimos a punto de dejar el primer tablero libre, pues no éramos 6. Afortunadamente a última hora logramos completar la convocatoria. Si yo como capitán (no lo era, pero le iba a pedir a Carlosab que en ese caso me dejara serlo) hubiera declarado que eso lo hubiéramos hecho a propósito, ¿me hubiera tenido que atener a las consecuencias, es decir, falta grave, ya que no tenía el consentimiento del primer jugador?
Te digo lo que comenté la primera vez. Ante la denuncia del jugador por los dos 1-0 en lugar del +-, os habéis obcecado en este punto y habéis dicho que culpables del todo. Lo grave no es lo que le pase a Coslada, pues este es el menor de los problemas que tiene. Lo grave es que sentáis un precedente absurdo que obliga al resto de clubes. Y todo por no querer sacar una rectificación.
Me gustaría saber la opinión de SV como presidente del CCDD y qué va a hacer como tal para solucionar esto.



Resolución Coslada – post by fenchito – 28-03-2011

A Frodo, estoy en el CCDD hace poco y ya eres la seguda persona con cargo que opina en el mismo sentido, es mas, la otra me dijo «Ah pero si eso lo ha hecho siempre todo el mundo», puse cara de Bob Esponja y preferí callarme, pero desde luego, o cambiais la redación del Reglamento de Disciplina o yo lo seguiré considerando no estrategia sino falseamiento por el aumento de probabilidades de puntuación.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 28-03-2011

A LdS.
Frodo participa en la redación, yo en la interpretación.
Que redacten claramente e incluso si quieren que explicitamente permitan las incomparecencias conocidas de antemano como estrategia, a mi me da igual, pero con la actual redacción en conciencia no me da igual.
No es un precedente absurdo, es una conclusión lógica de la actual redación, y siempre ha obligado a todos los clubes aunque nadie haya hecho nunca caso a la norma, ni siquiera en CCDD, hasta que alguien ha soltado la liebre.
Son temas práctivcamente imposibles de comprobar salvo denuncia y reconocimiento por la otra parte, así que probablemente lo mejor sería permitirlo, pero siempre y cuando lo pongan en el Reglamento.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 28-03-2011

Es inevitable que el Reglamento no contemple todas las eventualidades… Pero vistos los bandazos de las interpretaciones del Comité y las sorpresas que le dan a uno, está claro que hay que trabajar por pulir el Reglamento artículo por artículo.Seize the moment



Resolución Coslada – post by migueldc – 28-03-2011

Al final vas a conseguir qué me vuelva a leer el Reglamento de Competiciones para ver qué rayos dice acerca de las incomparecencias 😀
Supongo que con  le de competiciones será suficiente, ¿no? Creo que el de disciplina no tiene como público objetivo a los jugadores, ¿o sí?



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 28-03-2011

Sí, el de Disciplina también te incumbe SmileSeize the moment



Resolución Coslada – post by fenchito – 28-03-2011

a Blowky, de acuerdo completamente, pero o unificados o concordados, porque no cabe en cabeza humana que el de Competición remita al de Disciplina temas que luego no estan contemplados en este último.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by migueldc – 28-03-2011

¡Estoy indignado! hace unos años las malditas hordas mostoleñas vinieron a jugar a Batán muy escasos de efectivos, pero dispuestos a cometer cualquier topelía con tal de ganar, aún a costa de recurrir a ventajas deportivas ilícitas.Del orden de fuerza presentado en la FMA sólo trajeron a 2 jugadores, completando su alineación subiendo de categorías inferiores al máximo de jugadores permitidos por el reglamento de competiciones, otros 2.Rastreramente se colocaron en los tableros 1, 4, 5 y 6, incompareciendo de forma totalmente premeditada en los tableros 2 y 3. Sirviéndose de esta sucia argucia nos derrotaron por 4-2.Los muy ruines cumplieron con las normas del reglamento de competiciones… ¡pero no el de disciplina! Incurrieron en un clarísimo caso de «falsificación de los datos del acta para la obtención de ventajas deportivas». Yo no supe verlo y reclamar para recuperar los 3 puntos que merecíamos por haber rellenado el acta correctamente. ¡Necesito un curso de delegados de equipo!, ¿a qué espera la FMA para organizar uno?:-P



Resolución Coslada – post by Ambizurdo – 28-03-2011

Desde luego estáis gafados…. ¡ Otros os traemos a Bravehart ! …. efestivamente seeemos unos cabroncetes  :-))¡ Qué país, qué paisaje y qué paisanaje !



Resolución Coslada – post by Toñarra – 28-03-2011

Miguel nunca es tarde denuncialo y el comité entra de oficio con caracter retroactivo pero entra.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Drawman – 28-03-2011

fenchito, de verdad si tú interpretas así las normas lo mejor es que dimitas.
Me parece de una incompetencia brutal hacer interpretaciones como la tuya en un punto tan claro del reglamento.
 Marcelo Orfali es un fantasma y un mentiroso que se hace pasar por campeón del mundo de ajedrez de una inexistente federación. Sigo esperando tu denuncia



Resolución Coslada – post by Drawman – 28-03-2011

Miguel deberías haberte callado, con los fallos del comité lo mismo te empuran por encubrimiento.Marcelo Orfali es un fantasma y un mentiroso que se hace pasar por campeón del mundo de ajedrez de una inexistente federación. Sigo esperando tu denuncia



Resolución Coslada – post by Frodo – 28-03-2011

Yo creo que el artículo que aprobamos en la última reunión de la Comisión Delegada está muy claro. Si van cinco a jugar se puede poner la alineación de dos formas: poniendo una raya en el último tablero, con lo que no cuenta como incomparecencia a efecto individual, sí por equipos, o poner al que falta en el tablero que le corresponda, con lo que cuenta como incomparecencia individual y a la segunda se le elimina.
Que cada capitán haga lo que más le interese a su club, eso sí, que al que falta se le ponga un menos en el acta porque si no sí que se está infringiendo el reglamento.



Resolución Coslada – post by Frodo – 28-03-2011

* la última reunión de la pasada temporada



Resolución Coslada – post by Frodo – 28-03-2011

En el tiempo que lleva de mandato la actual Comisión Delegada nunca se nos ha convocado para modificar el Reglamento de Disciplina; el día que se ponga en el orden del día lo estudiaremos en profundidad y obraremos en consecuencia.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 28-03-2011

Pero quien infringe el reglamento, ¿el equipo local responsable del acta o el equipo visitante que comete el error? ¿o los dos?
Pues siendo el último caso, los 2 firmantes seudo capitanes deberian tener la misma amonestación.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-03-2011

Frodo, ¿de quién depende reglamentariamente que se ponga en el orden del día? En cualquier caso te voy a dar una pista antes de poner un mensaje más largo que estoy escribiendo: no hay que modificar el Reglamento de Disciplina; en caso de que haya que modificar algo es el reglamento de competiciones.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 28-03-2011

Luciano, llevas 55 minutos escribiendo ese mensaje más largo :pSeize the moment



Resolución Coslada – post by Norton – 28-03-2011

Pues sí, y los que no salimos de currar hasta las 10 estamos impacientes…No Sheet No Eat



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-03-2011

jeje, touché, me lo tengo merecido…



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-03-2011

A Fenchito: te equivocas en una cuestión fundamental, y es que pides que se recoja en reglamento algo que en principio no es necesario. Digamos que la norma que rige es que está permitido todo aquello que no está prohibido; la diferencia es que tú y el resto del  comité consideráis que hay principios generales que permitirían esta interpretación y otros, me temo que la mayoría, consideramos que no es así y que no hay ningún artículo, ni explícito ni implícito, que obligue a un capitán a correr a sus jugadores hacia arriba cuando sabe con toda seguridad que un determinado jugador de la zona alta no vendrá.
 Vayamos con su examen pormenorizado. Aludís en la resolución en los fundamentos de derecho a los artículos 45, 47 y 53 del reglamento de competiciones. Para mi gusto habría que hablar también del 46 y del 48. El 45.2 dice lo siguiente:
 Si a un equipo le faltan jugadores en una de las rondas, los tableros a dejar en blanco serán los últimos. El espacio reservado en el acta para estos jugadores se rayará para indicar que no van a acudir al encuentro y hasta que no se haga no estará completa su parte del acta. Esto no se considerará como incomparecencia a los efectos del Artículo 53.1
Se podría decir que por este artículo habéis redactado el punto 4 de la resolución. Pero esto no tiene sentido, puesto que habla de los jugadores que faltan, sea conocida o no su ausencia por el capitán e independientemente de si el jugador inasistente ha dado su consentimiento. Es decir, de seguirse a rajatabla esta interpretación debería prohibirse rellenar el acta hasta que todos los intervinientes efectivos estuvieran en la sala de juego sentados delante del tablero (medida que por otro lado seguro que será del gusto de todos aquellos que abogan por unas normas más rígidas; por lo menos acabábamos con el tema de las incomparecencias). En cualquier caso, si el CCDD persiste en su interpretación, no habrá más remedio que rellenar esta laguna en el reglamento de competiciones.
 El 47.1.b no tiene mayor interés, pero deja claro que el capitán es el responsable de la alineación y por lo tanto puede hacerla como le dé la gana, por encima de si los jugadores del equipo han dado su consentimiento o no.
 Del 53, interesa el punto 5:
Las incomparecencias se sancionarán conforme a lo que estipule el Reglamento de Disciplina Deportiva de la FMA.
 Aunque en el art. 15.14 del reglamento de disciplina deportiva se considera falta muy grave la incomparecencia injustificada, en el mismo artículo 53 del reglamento de competición, punto 1, se sanciona con la consabida eliminación:
 Perderá la partida aquél jugador que no se haya presentado antes de que transcurra media hora natural desde el comienzo reglamentario del encuentro. Se anotará en el acta del encuentro un (+) para el jugador que comparece y un (-) para el que incomparece. Si ambos jugadores incomparecen, se anotará un doble (-). Dos incomparecencias seguidas o alternas de un jugador alineado, supondrá la eliminación del mismo en el Campeonato.
 Esta es una de las claves, pues se explicita la sanción por la no presencia, no siendo posible otra.
 El 46 habla de la alteración del orden de fuerza y de la alineación indebida. En ningún caso se menciona en este artículo que no se puedan desplazar los jugadores hacia abajo en el orden de fuerza en el caso de la falta de asistencia de uno de los jugadores, sea sabida o no por el capitán.
 Pasemos al reglamento de disciplina deportiva. En la resolución se mencionan los artículos 12, 13, 14, 17, 18 y 19. El 13.2 alude a la incorrección con público, compañeros y subordinados. Aunque Fenchito ha mencionado alguna vez esta posibilidad, finalmente parece que se ha decantado exclusivamente por lo que se dice en el 14.8, en que se considera falta grave “el falseamiento o manipulación de datos para la participación en campeonatos o para la obtencion de ventajas deportivas”. En fin, por esto, según el 18, quizá bastaría como sanción una amonestación pública, pero como va con todo lo demás se considera falta muy grave, por lo que se inhabilita al capitán por un año. 
Si es por esto, está claro que no se falsean datos, puesto que el capitán tiene potestad absoluta para convocar a quien quiera. Manipulación de datos puede haber, pero en ningún caso es una manipulación antideportiva o ilícita.
 En fin,  que ni el CCDD va a dar su brazo a torcer corrigiendo su resolución con un anexo, y mucho me temo que a quien le corresponda va a hacer nada para modificar el reglamento en este aspecto.
 Sería deseable, pues, que el club de Coslada fuera al comité de apelación, para ver si reina la cordura entre ellos y echan abajo el punto 4 de la resolución. No les va a servir de gran cosa porque este es un aspecto menor de todo lo que les ha caído encima, pero considero que con ello prestarían un gran servicio al ajedrez madrileño y a lo mejor eso serviría para rebajar la condena que les ha caído.



Resolución Coslada – post by fenchito – 29-03-2011

Me pensaré esta noche si entro al trapo o no y, si es así, lo dejaré para despues del desayuno porque a primera hora engo dos citas.
No obstante, a simple vista, parece el típico lío en el que dando como valido de pasada algo falso despues se bassa uno en ello como un hecho demostrado para apuntalar el resto del argumento.
No soy de letras, pero acepto de buen grado un debate sobre cualquier cosa siempre que sea de forma civilizada.
Me voy al catre que me levanto a las seis.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 29-03-2011

Gracias por tu aportación Luciano , ha sido muy instructiva pero como bien dices tu el punto 4 es lo de menos y no va por ahí el recurso.
Como dirian en un, dos, tres, hasta ahí puedo leer. Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



A Luciano – post by Frodo – 29-03-2011

El orden del día de las reuniones de la Comisión Delegada lo hace el presidente de la FMA.



A Toñarra – post by Frodo – 29-03-2011

Si no me ha engañado una persona en la que tengo mucha confianza, en un encuentro por lo menos la ocultación de las incomparecencias por parte del Coslada Chess ha sido totalmente deliberada.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 29-03-2011

Pues abre bien los ojos y puedes tener confianza en mi, que no ha habido nada deliberado, y yo mismo pensaba que estaban jugando y me termino de creer lo contrario pues me parece inconcible en un club como el de Coslada siempre limpios e inmaculados.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by tuerto – 29-03-2011

Torraña, para ya un poquito guapo que te estas pasando 3 pueblos



A Toñarra – post by Frodo – 29-03-2011

No obstante lo que he dicho antes, mi consejo es que recurráis al Comité de Apelación y eventualmente a la Comisión Jurídica del Deporte, porque tenéis muchas probabilidades de que anulen el descenso a Tercera.
En el Reglamento de Competiciones estuvo durante muchos años que en caso de retirada de un equipo se descendían dos categorías. El problema es que en Septiembre de 2009 la Comunidad de Madrid mandó un escrito a la FMA anulando esa norma porque decían que debía estar en el Reglamento de Disciplina en vez de el de Competiciones, con todos mis respetos vaya tontería.
Como he dicho antes todavía no nos hemos reunido en la Comisión Delegada para incluír esa norma en dicho reglamento, lo que ha creado un limbo legal que os puede favorecer.



A Toñarra – post by Frodo – 29-03-2011

* retirada o eliminación



Resolución Coslada – post by Toñarra – 29-03-2011

Gracias Frodo me has abierto el cielo.
Tuerto, preocupate por tus habas y dejame a mi la tortilla vuelta y vuelta.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-03-2011

Desde luego, si la retirada implica un descenso de categoría adicional entonces veo hasta ético que se haya intentado el trapicheo de los 1-0 en lugar del +-, siempre que hubiera contado con el visto bueno del jugador afectado, claro. Es una cuestión de supervivencia.
Ya veréis cómo en la próxima reunión de la comisión delegada no se modifica ningún punto del reglamento de competiciones (o del disciplina deportiva en caso subsidiario) para solventar este problema originado por la interpretación del CCDD. Seguro que nadie de la junta directiva avisa al presidente del problema. En cualquier caso este último está informado indirectamente del asunto ya que advertí a mis compañeros de equipo del problema que podríamos tener si alineábamos a un primer tablero sin contar con su consentimiento y sabiendo positivamente que no iba a venir, dada la interpretación del CCDD.
¿Cuándo se supone que es la siguiente reunión de la comisión delegada?



Resolución Coslada – post by SV – 29-03-2011

Pasado mañana, creo.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 29-03-2011

Sí, pero el jueves es para hablar de los pequeños ajustes presupuestarios provocados por el patinazo jurídico de la FMA…Seize the moment



Resolución Coslada – post by Frodo – 29-03-2011

Por analogía con reglamentos de rango superior, no se puede tratar ningún punto que no esté en el orden del día, salvo que estén los 11 miembros presentes y estén todos de acuerdo en que se trate, algo muy improbable.



Resolución Coslada – post by fenchito – 29-03-2011

Y pensar que Toñarra es el único que se ha ido de rositas….. Que cara tiene.
Lo de bajar dos categorías es lo que se viene a llamar una «leyenda urbana» sin ningún fudamento, así que toda la estrategia de falsificación era para nada, ya que si se les elimina por incomparecencias van a segunda y se acabó.
La sanción es bajada de una categoría por falsificación de actas, no por las incomparecencias, así que ya podeis redactar bien, bueno, fabular bien la apelación. 
Sería un error cambiar algún punto de los reglamentos por un calenton; creo que necesitan un cambio mas completo para la próxima temporada, pero bien meditado.
Drawman, dimitir ¿por qué?; no soy el único que vota el en CCDD y me consta que tampoco el único que piensa así. De todas formas el puesto lo nombra el Presidente y si él me quita pues vale. Se podría habilitar una cuenta de correo para las actas de encuentro no jugados y darles hasta premio, total, «si todos lo hacen y nunca ha pasado nada». Si ambos reglamentos estuviesen bien hechos y concordados no habría estos problemas de interpretación.
Tengo hoy un día de trabajo de perros, así que a Luciano le contestaré mas tarde cuando lea y digiera bien el superpost.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Sweeney Todd – 29-03-2011

Esto de que los miembros de un comité expongan y rebatan los argumentos de sus decisiones en un foro es cuando menos chocante. Imaginad que los jueces justificaran sus sentencias debatiendo con los reos en un foro público….Quién es el siguiente?



Resolución Coslada – post by fenchito – 29-03-2011

Si de verdad os molesta dejo de opinar, pero no le daba mayor importancia e incluso pensaba que podía aportar algo al debate.
Además he encontrado otro foro que es espectacular, espero que lo lea apelación…. el de Cosladachess.
Bueno Luciano, te has quedado sin debate por mi parte, aunque si abres un hilo sobre «propuestas para modificar los reglamentos» participaré muy gustoso.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Sweeney Todd – 29-03-2011

A mi no me molesta, simplemente me sorprende.Quién es el siguiente?



Resolución Coslada – post by Sweeney Todd – 29-03-2011

…y a veces me entretiene.Quién es el siguiente?



Resolución Coslada – post by Drawman – 29-03-2011

fenchito, no te lo tomes como algo personal. Está claro que la limpia debría ser total, o casi.
Pero vamos, que ya sé que en este país no dimite nadie que esté chupando del bote.Marcelo Orfali es un fantasma y un mentiroso que se hace pasar por campeón del mundo de ajedrez de una inexistente federación. Sigo esperando tu denuncia



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-03-2011

Tengo exactamente la misma opinión que Suini, pero hasta ahora no la he querido manifestar porque preveía la reacción que finalmente se ha dado (Suini, no te lo perdono, con lo bien que me lo estaba pasando. No hay nada más divertido que discutir la sentencia con el juez que la dicta).
Había recibido invitaciones para pertenecer al CCDD, no sé si en serio o en broma, pero las rechacé, tanto en serio como en broma, debido a que no poseía ninguna de las características personales que creo que son exigibles a quienes pertenezcan a tal. Además, la más importante, es que tendría que dejar de escribir en el foro, al menos en lo relativo a las resoluciones, y entre emitirlas y debatirlas lo tengo muy claro, no hay color.
En fin, por el bien del foro, deseo sinceramente que los criterios de Fenchito sean menos rígidos que los míos y que acceda a seguir debatiendo las resoluciones del CCDD. Al fin y al cabo es algo constructivo y esto es solo ajedrez. Mejor tener este debate que no tenerlo, aclara posturas y conceptos.
En lo que menciona sobre las propuestas para modificar los reglamentos, pues sí, estaba pensando en dedicar la siesta  de hoy precisamente a plantear un retoque a algunos artículos en este punto, algo que ya tenía pergeñado y que podría servir de borrador. En cualquier caso, Fenchito, puedes utilizar este mismo hilo para abrir un debate sobre esas propuestas o abrir uno nuevo, a tu gusto.
Por cierto, para iniciarlo, está bien eso de que se mediten los cambios, pero también se pueden modificar por lo que llamas un calentón, es decir, por dejar claros y explícitos algunos aspectos que el CCDD parece no tener en sus resoluciones. El CCDD tal vez debería tener en cuenta una cosa que se llama derecho consuetudinario, al que se puede acudir cuando una ley escrita no completa todos los aspectos de un determinado campo o los deja oscuros.
¡Suini paredón!



Resolución Coslada – post by Sweeney Todd – 29-03-2011

Es que yo los posts de más de 3 líneas no los leo, por eso me encanta Shin-Chan, con su capacidad de sintetizar todo en menos de 3 líneas…
Luciano, tus posts se estaban convirtiendo en una amenaza para mis sentidos, de ahí mi intervención….(emoticono)Quién es el siguiente?



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 29-03-2011

De hecho debatir demasiado el tema da pistas al club infractor y a las rositas voladoras, como volar pueden los mensajes de un foro salvo que Apelación tenga pantallazos…(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 29-03-2011

Recuerdo que hace un tiempo Antón (Sanse) abrió un hilo para debatir el Reglamento de Competiciones artículo por artículo pero no se le hizo mucho caso…Seize the moment



Resolución Coslada – post by SV – 29-03-2011

A mí no me gusta escribir al respecto de resoluciones, pero cada uno es libre de escribir lo que quiera, lógicamente. Creo que solo he escrito al respecto de la de Aburto y el 10.2 en el San Viator – Chamberí, pero porque ahí no fui miembro del CCDD.Eso sí, fenchito, nadie puede echarte. Estarás en el comité hasta que dimitas, pasen dos años, se vaya el presidente de la FMA o se acabe su legislatura.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 29-03-2011

Fenchito encanto, el foro nuestro es menos explicito que este y ¿no seras tu el mismo de las rositas de mi foro?
A ver si al final voy a tener que denunciaros por calumnias y ya sabeis, si estais en un organo deportivo y estuvierais enjuiciados, no podriais ejercer tal cargo.
Lo de las rositas al principio me parecia gracioso pero, si otra vez lo sacas tu a colacción aquí, ya me calienta los humos pues A NADIE LE DUELE MAS QUE A MI, la sanción a Coslada Chess.
Por lo demás como habras leido en nuestro foro, digo lo mismo para cerrar este tema.
Corramos un túpido velo.    Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-03-2011

¿Por qué ha dejado Chessrr de escribir en el foro? Eran buenas sus intervenciones.
Recuerdo ese hilo que menciona Blowsky. La intención era buena, pero quizá esa forma lineal en la que presentaba los artículos no era la idónea. Me refiero a que a veces tienes que verlo como un todo y relacionar el artículo B con el X, y a estos con el H del reglamento de disciplina. Además, con lo que percibes los problemas del reglamento son con casos reales como este de la resolución de Coslada.
En cualquier caso, estaría bien recuperar tanto el hilo como a Chessrr.
Drawman, por lo que ha comentado SV sobre lo que cobran, no creo que estén precisamente chupando del bote. Se podría decir más bien que les cuesta dinero. Yo personalmente agradezco la labor que hacen los que están en ambos comités, pero eso no quita que de igual manera pueda comentar o criticar aquellas resoluciones con las que no estoy de acuerdo, con la idea de reparar el reglamento o contribuir a la mejora del mismo y su comprensión. Así que personalmente no me gustaría que mis últimas intervenciones criticando algunas decisiones del comité u otras se vieran como un ataque personal. De hecho, quitando el punto 4 de la resolución de Coslada, el resto me parece impecable.



Resolución Coslada – post by AGN – 29-03-2011

Hola a todos
Quiero apuntar un dato que no se ha tocado.
El CCDD no puede sancionar disciplinariamente a nadie si antes la FMA no ha nombrado a un instructor para el caso.
Los procedimientos Ordinarios son para temas disciplinarios.
Los procedimientos de Urgencia son para casos de competición.
La incomparecencia se contempla en la Ley del Deporte como falta disciplinaria muy grave y como tal su sancióñ será disciplinaria. Por eso, Frodo, la CAM os hizo cambiar el artículo al Reglamento de disciplina, es muy lógico.
Dudo mucho que la CAM acepte una sanción disciplinaria sin Instructor.



Resolución Coslada – post by AGN – 29-03-2011

Hola a todos
Quiero apuntar un dato que no se ha tocado.
El CCDD no puede sancionar disciplinariamente a nadie si antes la FMA no ha nombrado a un instructor para el caso.
Los procedimientos Ordinarios son para temas disciplinarios.
Los procedimientos de Urgencia son para casos de competición.
La incomparecencia se contempla en la Ley del Deporte como falta disciplinaria muy grave y como tal su sancióñ será disciplinaria. Por eso, Frodo, la CAM os hizo cambiar el artículo al Reglamento de disciplina, es muy lógico.
Dudo mucho que la CAM acepte una sanción disciplinaria sin Instructor.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-03-2011

Pues sí, la cosa se complica y más de lo previsto. AGN parece llevar razón. Visto por encima el reglamento del CCDD, en principio los artículos que le son de aplicación son los siguientes:
Artículo 4. Clases de infracciones1. Son infracciones a las reglas de juego o competición las acciones u omisiones que,durante el curso de las partidas, vulneren, impidan o perturben su normal desarrollo.2. Las infracciones a la conducta deportiva se apreciarán en las demás acciones uomisiones definidas como faltas en el presente Reglamento, siempre que no afecte eldesarrollo del juego o competición.

Artículo 15. Infracciones comunes muy graves.

Se considerarán como infracciones comunes muy graves a las normas generales deportivas:

15.14. La retirada o la incomparecencia injustificada a un encuentro oficial de algunacompetición tanto individual como por equipos.
 

 

 

 
Artículo 23. Reglas comunes para la determinación e imposición de sanciones1. Las sanciones en los casos previstos, que en razón al desarrollo normal del torneo ocompetición, precisen el acuerdo inmediato del órgano disciplinario, se tramitarán porprocedimiento urgencia establecido en el Artículo 32 del presente Reglamento.
Artículo 27. Necesidad de expediente disciplinarioÚnicamente se podrán imponer sanciones disciplinarias, en virtud de expedienteal efecto con arreglo a los procedimientos regulados en el presente Título.
Artículo 37. Instructor1. La tramitación del procedimiento disciplinario será llevada a cabo por el Instructor,cuyas funciones están previstas en el Artículo 58 de los Estatutos de la F.M.A.También se podrá nombrar un Secretario que le asista en la tramitación delexpediente.
Ahora bien, cabe preguntarse si según el 14.15 realmente hay incomparecencia, pues la competición es por equipos y creo que este debe ser el objeto a considerar como incomparecencia y no el jugador individual. El día que Fenchito se ponga a aplicar el reglamento a rajatabla, pobrecito del que se le ocurra retirarse en previa, semi y final: o lo justifica o se le cae el pelo. Supongo que bastará con decir que tienes una indisposición o te han llamado del trabajo a última hora.
Eso sí, si se consideran sanciones disciplinarias las impuestas a los diversos capitanes (creo que sí), es cierto lo que dice AGN y se precisa de un instructor, pues una parte importante de la resolución solo se puede hacer mediante procedimiento ordinario y no de urgencia. Se complica porque dentro de la resolución hay factores que deben ser tratados de urgencia y otros por el procedimiento ordinario, pero por el artículo 42 conviene que se produzca la acumulación de expedientes, es decir, que se trate como caso único, supongo que en la medida de lo posible.
En fin, culebrón total.



Resolución Coslada – post by Sweeney Todd – 29-03-2011

Mecagüento! Creí que había acabado con este hilo….
Lucianooooooooo, te he dicho 3 líneas máximo, pregunta a Shin-Chan cómo lo consigue.Quién es el siguiente?



Resolución Coslada – post by Soyelkapo – 29-03-2011

Joer fenchito, los demás descubrimos ese foro hace dos semanas. Te veo flojo.¿Recuerdas cuando fuimos a Murcia?



Resolución Coslada – post by fenchito – 29-03-2011

Si es por el contenido, una confesion en toda regla.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 29-03-2011

Vaya, ya he opinadoAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by chessrr – 30-03-2011

Por alusiones.
No tengo mucho tiempo para escribir y lo que es más importante, nada interesante que decir. Pero además estoy esperando la resolución de una reclamación que he presentado para hablar más. La solución seguramente mañana.Si puedo, te ayudaré



Resolución Coslada – post by AGN – 30-03-2011

En el Reglamento de Competiciones Art.53.1
Dos incomparecencias seguidas o alternas de un jugador alineado, supondrá la eliminación del mismo en el Campeonato.
Art. 53.3 Quedará descalificado el equipo con dos incomparecencias en la misma temporada. También supondrá la eliminación del equipo, la suma de 12 incomparecencias individuales en cualquier categoría ó 15 incomparecencias individuales en Tercera.
Estos puntos son faltas disciplinarias y tienen que estar incluidas en el Reglamento de Disciplina. Y si no estan incluidas no se puede sancionar
Sobre  el caso Aburto, el CCDD sanciona disciplinariamente con una falta q no está tipificada en el Reglamento de Disciplina y además sin Instructor. Alguien da más
 



Resolución Coslada – post by Herodes – 30-03-2011

Lo peor de todo es que ya no me acuerdo a cuento de qué se abrió este hilo y no se puede ver el mismo desde el principio, solo las últimas once páginas. Es horrible Vivo en una hora demasiado tardía para ser salvado, para morir y también para vivir. Una hora tardía para todo. Es la hora veinticinco (Constant Gheorghiu).



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 30-03-2011

Herodes, si te vas a la 10 luego puedes abrir la 12, que en estos momentos es el origenSeize the moment



Resolución Coslada – post by Herodes – 30-03-2011

Sí, eso lo vi ayer. Lo que pasa es que pensé que la resolución estaba en el hilo, o al menos el enlace, por eso creí que faltaban páginas.
¡Gracias!Vivo en una hora demasiado tardía para ser salvado, para morir y también para vivir. Una hora tardía para todo. Es la hora veinticinco (Constant Gheorghiu).



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

A AGN: el 15.14 del reglamento de disciplina recoge, como he puesto más abajo, el tema de las incomparecencias injustificadas. Como ya dije, es problemático, porque creo que solo puede sancionarse en las competiciones por equipos si quien comete la incomparecencia es el equipo, no un jugador aislado. Otra cosa es la competición individual.



A AGN – post by Frodo – 30-03-2011

La Comisión Jurídica del Deporte obligó a poner en el Reglamento de Disciplina el descenso adicional de categoría, pero no que a la segunda incomparecencia quede eliminado un equipo ni tampoco la regla de las dos incomparecencias individuales o doce de equipo, quince en tercera.
Me da la impresión que dicha Comisión está distinguiendo entre sanciones y reglas de la competición, como puede ser en baloncesto la eliminación de un jugador por cinco faltas personales.
En la resolución del Coslada Chess hay dos sanciones, la pérdida adicional de categoría y la sanción de un año al capitán, para la que creo se debió nombrar previamente a un instructor. El resto son reglas de la competición.
En el hilo de las promociones Ambizurdo reconoce que han puesto dos veces a Pedro Criado, sabiendo que no podía jugar, para que el equipo se viera favorecido al correr todos un tablero para atrás. Con la eliminación de Pedro Criado, por la regla de las dos incomparecencias, se trata de impedir que lo vuelvan a hacer, no de sancionar a Pedro que no tiene la culpa.



Resolución Coslada – post by Drawman – 30-03-2011

Me gustaría saber cómo interpreta fenchito todo esto.Marcelo Orfali es un fantasma y un mentiroso que se hace pasar por campeón del mundo de ajedrez de una inexistente federación. Sigo esperando tu denuncia



Resolución Coslada – post by migueldc – 30-03-2011

La próxima vez que se reuna el comité de competición, van a salir con una lista de sanciones para todos los que escribimos aquí por inclumplir los artículos del reglamento de disciplina deportiva 15.1 «usurpación de atribuciones» y 15.4 «Los comportamientos, actitudes y gestos antideportivos de jugadores,cuando se dirijan a árbitros o directivos».
Y muy especialmente se van a calzar a medio Moratalaz por el 15.12 «incitación al consumo o utilización de sustancias prohibidas».
Avisados estáis, este verano nos lo pasamos todos castigados de cara a la pared.



Resolución Coslada – post by SV – 30-03-2011

chessrr, al final será mañana la reunión, no hoy. Y más no se puede retrasar, porque son justo los 9 días que marca la reglamentación para responderos.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

Y a Ambizurdo no le van a dejar jugar ni a las tabas.



Resolución Coslada – post by AGN – 30-03-2011

A LdS
Creo que tienes razón, el jugador no es responsable al 100% de su incomparecencia en una competición por equipos. También sería justificable la incomparecencia si el jugador comunica al CCDD que no fue convocado. De todas las formas la sanción hace más daño que beneficio.
A Frodo
A la CJD quizás se le pasaría como tantas otras cosas
Eso son sanciones en toda regla. En baloncesto se le elimina del encuentro, NO DE LA COMPETICIÓN, que eso si está en las reglas del encuentro.
Sobre las dos sanciones que comentas las dos estan recogidas en el R. de Disciplina. Todas las sanciones que se quieran aplicar en base al R.Disciplina es necesario un instructor.
Si, incluir un primer tablero vacio beneficia al equipo, pues incluir una sanción al equipo…….. sería lo más justo.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

Pagaría por poder asistir mañana. Tiene que ser reclamación de Sanse por la última jornada de liga, no de la promoción, dado que SV menciona que mañana se cumple el noveno día.
Veo en los resultados unos hechos curiosos; no asombra excesivamente que hubiera doble incomparecencia ante el encuentro con Fuenlabrada en esa última jornada. Lo curioso es que se produzca en tablero 6. 3-2 para el Fuenlabrada, pero en teoría no afecta para nada a la clasificación. Me temo que pueda tener que ver con la eliminación de algún jugador. En fin, nos espera otra resolución apasionante del CCDD.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

Rectifico lo anterior. Obviamente pondrían rayas en el último tablero, por lo que no puede haber jugador eliminado. Será una cuestión menos interesante.
A AGN: como he dicho repetidas veces en este hilo, incluir un primer tablero vacío beneficia al equipo, pero no es ilegal; el equipo asume la sanción aplicable por la incomparecencia (a la segunda ese jugador eliminado) y ya está, no precisa de sanción mayor, pues esa es la sanción que recibe el equipo según la normativa.



Resolución Coslada – post by SV – 30-03-2011

Es de un encuentro de tercera, LdS.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

No por ser de tercera será menos interesante. Sin embargo no parece que sea un resultado que decida un ascenso, vista la clasificación.
En fin, esperaremos con respeto y distancia. En tercera juegan muchos chavales y si los conflictos no son deseables en general, mucho menos si se hayan implicados jóvenes jugadores.



Resolución Coslada – post by AGN – 30-03-2011

A LdS
Pues no sería más justo eliminarlo del Orden de Fuerza y poder fichar por otro club



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

A AGN: puedes fichar por otro equipo del mismo club, y creo que incluso por otro club, siempre que no hayas jugado ninguna partida de la competición. Los traspasos, una vez comenzada la competición y habiendo jugado, en ajedrez serían un tanto ridículos.
En cualquier caso, hay que diferenciar entre lo que se hace habitualmente y no resulta ilegal, salvo para el CCDD (haces incomparecer a un jugador de por arriba) y lo que ha hecho Coslada, que sí es una ilegalidad manifiesta aunque más de uno lo haya hecho, pero claro, siempre que cuentes con el consentimiento del jugador (1-0 en lugar del +-).
Al CCDD: ¿vais a abordar mañana de nuevo el tema de Coslada? No se trata ya solo del dichoso punto 4 de la resolución, que incluso desde vuestro punto de vista resulta incoherente dada la redacción y la forma de justificación; es que ahora se ve que para determinadas sanciones es necesario el procedimiento ordinario y no el de urgencia, con instructor, expediente, etc. Creo que una rectificación es preferible a un revolcón de apelación (aunque dicho sea de paso, no sé por qué tengo más confianza en el CCDD que en el de apelación, y ya es decir).



Resolución Coslada – post by fenchito – 30-03-2011

Lo de la necesidad de instructor está por ver, es solo una opinión de Frodo y otros que no compartoAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by fenchito – 30-03-2011

Como quiero seguir opinando sobre estos temas pero quiero desligarlos de la resolución de Coslada voy a abrir yo otro hilo.
Además, como Toñarra me vuelva a llamar «encanto» se me puede subir la bilirrubina…. no se él, pero yo tengo novia….sí a mi edad, pero la tengo.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 30-03-2011

Tranquilo, a mí el otro día me llamó cariño Wink(8P) donante y tomante de (p)elo



A todos – post by Frodo – 30-03-2011

Voy a poner un ejemplo para que lo entendáis mejor.
Cuando una persona falta a dos rondas de la Final individual, el árbitro le elimina del torneo porque está aplicando una regla de la competición. No se necesita nombrar a ningún instructor.
Si el CCDD decide sancionar al que se ha retirado de la Final, por ejemplo con un año de retirada de licencia FMA, entonces sí que se necesita nombrar a un instructor, ya que es una sanción.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

Pues no, no lo entendemos mejor. Siguiendo con tu ejemplo la pregunta es si se consideran que dos incomparecencias es una forma de retirarse (de hecho sería «la» forma de retirarse) y en ese caso la cuestión no es si el CCDD decide sancionar, sino si tiene la obligación de solicitar nombramiento de instructor, abrir expediente, etc. de cara a una posible sanción.



Resolución Coslada – post by Sweeney Todd – 30-03-2011

Nombrar a un instructor para eliminar a alguien por dos incomparecencias? Luciano, eres más tenaz que Perry Mason…Quién es el siguiente?



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

No, no, Suini, precisamente es ahí a donde quiero llegar, a hacer ver la incongruencia de los reglamentos.
Evidentemente me parece una sandez nombrar a un instructor y armar un perifostio por dos incomparecencias, pero es que también me parecería mal tener que nombrar instructor por una retirada. Básicamente porque dos incomparecencias, tal y como está la norma actual, implica una retirada. Y si según el art. 15.14 del reglamento de disciplina deportiva una retirada injustificada implica falta muy grave, la sanción que se imponga ha de ser a través de instructor, etc.
En resumen, y según la ley a rajatabla: dos incomparecencias (injustificadas) = retirada (injustificada) = falta muy grave = sanción disciplinaria = instructor, etc.
De momento solo quiero saber si esta ecuación es cierta o no. A partir de ahí la argumentación continuará por uno u otro camino.



Resolución Coslada – post by fenchito – 30-03-2011

NOAlguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

Empiezo a pensar que la brevedad Shinchanesca ha creado escuela. Dime en qué parte se interrumpe la ecuación.



Resolución Coslada – post by fenchito – 30-03-2011

Al final, porque sigo manteniendo que lo del instructor no lo considero necesario en asuntos relativos a la competición.Alguien dijo «falsificar es facil»; que bien lo sabe con la práctica que tiene.



Resolución Coslada – post by Frodo – 30-03-2011

Ya te digo. De las resoluciones de la Comisión Jurídica del Deporte he creído deducir que las «sanciones» no muy grandes y que son fruto de unas reglas de competición inequívocas como la eliminación de una competición, individual o por equipos, por doble incomparecencia, no necesitan instructor.
En este cajón de sastre creo que se pueden meter también las reglas de doble incomparecencia individual o 12/15 incomparecencias por equipos de la Liga, siempre que la «sanción» se limite exclusivamente a la eliminación en dicha competición en esta temporada; sin sanciones adicionales.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-03-2011

Vale. De momento, y solo de momento, dejo aparcada esa línea y prosigo por otro lado que me interesa más. Veo que aquí cuando interesa se sigue el reglamento a rajatabla y cuando el asunto se complica se hace la vista gorda y se soslaya de la mejor manera posible.
¿Qué hay de las amonestaciones e inhabilitaciones a los capitanes, desde las más leves a la inhabilitación por un año, que ya sabemos que Fenchito no considera muy grave, pero que desde mi punto de vista sí lo es? Y eso sí que es puramente disciplinario, porque ahí no hay nada que afecte a la competición. Considero que eso solo se puede hacer a través de procedimiento ordinario, con instructor, etc., etc.
Visto el nivel de las intervenciones de los miembros de Coslada y adláteres en este foro  no espero mucho de su apelación. Deseo que se asesoren bien, porque desde luego por aquí tienen pillado al CCDD, y sabiéndolo este o no según su propia doctrina, la verdad es que el propio CCDD podría caer en infracción muy grave al no incoar un expediente por el procedimiento debido. Sé que lo del instructor es una castaña, pero la ley es la ley y aquí no hay escapatoria.



A Luciano – post by Frodo – 30-03-2011

Yo también pienso que en esa sanción era necesario un instructor. Ya veremos lo que dicen el Comité de Apelación y la Comisión Jurídica si llega el caso hasta allí.



Resolución Coslada – post by Herrfliper – 30-03-2011

Entiendo que el de Apelación puede devolverlo al de Competición para que proceda correctamente…(8P) donante y tomante de (p)elo



Resolución Coslada – post by tuerto – 31-03-2011

Luciano los de Coslada no comentamos nada porque la apelación la lleva nuestros abogados y nos han mandado no opinar sobre el tema.



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 31-03-2011

Yo como dijo alguien por ahí me fio menos aún del «buen juicio» del Comité de Apelación que del CCDD. Y respecto a la CJD, deben de estar terriblemente ocupados con el resto de deportes madrileños, porque trascurrido mes y medio no han dicho ni mu. Aunque bueno, viendo que yo llevo 2 años esperando un juicio por un siniestro, tampoco me sorprende.Seize the moment



Resolución Coslada – post by migueldc – 31-03-2011

¿El CJD depende de la comunidad, no?
¡La culpa es de Esperanza!



Resolución Coslada – post by migueldc – 31-03-2011

Se me olvidaba…
😛



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 31-03-2011

Estarán centrados en otros deportes que dan más votos…Seize the moment



Resolución Coslada – post by Toñarra – 31-03-2011

Como le  dijo Suetonio a Julio Cesar «Alea Jacta Est».
Ya se ha presentado el recurso en tiempo y forma ante el comité de apelación.
Pero me ha llamado la atención que Arturo fué en persona a la FMA y no quiso ir al encuentro Coslada  – Pueblo Nuevo D, en Coslada, quedandole a 2 minutos de su casa el club.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 31-03-2011

Caray, pues si fuerais tan amables la podríais colgar por aquí y así empezábamos ya a poner a parir a alguien distinto del CCDD, además de hacerles parte del trabajo a apelación. 
Por cierto, no lo dijo Suetonio. Lo dijo JC y lo escribió Suetonio.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 31-03-2011

Lo siento Luciano, si fueras socio Cosladeño te la enviaba a tu correo.
Y lo de Suetonio tienes razón me despisté pero la culpa la tiene Plutarco.Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by migueldc – 31-03-2011

Entonces se la pediremos a Arturo, él cumple los requisitos a si que debe tenerla 😀



!Coñooo, Toñarra! – post by OlmoRojo – 31-03-2011

Yo soy de ‘contemporànea’ pero …
Si Suetonio escribio «los 12 Cesares»
Me parece muy dificil que le pudiera decir algo a César, si vivio a 12 césares más y luego tuvo tiempo para escribir su historia.
Por cierto, creo, que el «Alea jacta est» se lo pirateo César a otro.
😎
PD: Para no desvirtuar el hilo: yo tampoco suelo entender las resoluciones de la federación.
 Lo que no entiendo … ¡Lo rompo!



Resolución Coslada – post by Toñarra – 31-03-2011

Querimo primo Olmo, yo cuando veo un partido de futbol en la tele con mi hijo, les hablo a los jugadores y él me dice, pero si no te escuchan pero yo les hablo, pues lo mismo, cuando Suetonio escribia sobre Julio Cesar, le dijo como dices eso si no es tuyo aunque no le escuchara, o a lo mejor sí desde el cielo.   Siempre queda fragancia en la mano que da rosas.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 31-03-2011

Julio César desde el cielo, lo dudo. En todo caso, desde el Olimpo, o desde la ribera estigia si estaba aguardando venganza del suceso de los Idus.
¿Les hablas a los jugadores? Uyuyuy, como se entere Fenchito, verás.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 27-04-2011

¡¡Sluuurpp!!
Nueva resolución hoy. Lástima que no le haya podido echar más que un vistazo porque me voy para casa (me lo imprimo para el trayecto).
Así a bote pronto, viendo la resolución por encima, parece que el CCDD se cisca en el comité de apelación. ¡Tensión jurídica en la fma! Llegarán ante el constitucional. ¡Y sin necesidad de wikileaks!
En fin, me voy a leérmelo al autobús.
Ya intuía yo que la incorporación de Fenchito nos iba a dar tardes de gloria, que dirían los taurinos.



Resolución Coslada – Yukina – 27-04-2011

Pero si es preciosa la resolución. Viene a decir que los derechos del acusado han sido respetados y que se mantiene las sanciones. Veremos que hace de nuevo apelación ahora que ya no queda escusa sobre el procedimiento de urgencia



Resumen para engancharse – post by Luciano de Samósata – 27-04-2011

Para el que se haya perdido en este culebrón y quiera incorporarse a la telenovela, digamos que el Coslada Chess alineó sin su permiso a un jugador con el que previamente estaban cabreados entre sí y por cuestiones de supervivencia del equipo le endosaron un 1-0 en lugar del preceptivo +- sin conocimiento del afectado, para poder alinearle en cuantas más partidas mejor. Esto contó con el visto bueno de los capitanes rivales, que hicieron la vista gorda pensando en que hacían un favor al equipo rival al que iban a ganar sin ninguna dificultad (creo que un alto porcentaje hubiéramos hecho lo mismo).
Posteriormente el jugador denunció y al Coslada Chess el CCDD le quiere meter un puro. El club ha recurrido por cuestiones de forma (hace falta instructor para sanciones disciplinarias, pero el ccdd está empecinado en que no). Además, el ccdd hace una interpretación muy «particular» sobre una norma por la que según ellos no se puede alinear a la gente del club sin su permiso, pasando olímpicamente de las competencias al respecto del club y capitanes, según hemos procedido todos hasta ahora. Según su interpretación, que legalmente es la que vale, solo puedes alinear a un jugador si no viene por una cuestión «fortuita».



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 27-04-2011

Es muy divertido. Cómo se nota que los comités tienen hasta el mes de septiembre para marear la perdiz y devolverse la pelota. Si la Liga estuviese a punto de empezar te digo yo que alguien ya habría cortado por lo sano.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 28-04-2011

Oye sv, si estás por ahí, tu dijiste que os debiais reunir en 9 dias y a mi me salen 10, si el 13 apelación os contesta y contamos a partir del siguiente, o sea 14, 15, 16, 18,19, 20, 23 sabado de semana santa tambien es habil y 25, 26, 27. 



Resolución Coslada – Yukina – 28-04-2011

El sabado no se considera habil para temas administrativos



Resolución Coslada – post by caminante – 28-04-2011

¿El artículo 48 del la Ley 30/1992 sería aplicable aquí?
En el Artículo 2 se puede leer:
2. Las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública. Estas Entidades sujetarán su actividad a la presente Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.
 
¡Que alguien nos ilumine!



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 02-05-2011

Desovedeciendo a mi presidente, escribo en el foro lo que yo veo que puede ser la secuencia:
Coslada Recurre.
CA Dicta misma resolución.
CC Dicta misma resolución.
Después de 3 o 4 semanas.
Coslada Recurre.
CA Dicta misma resolución.
CC Dicta misma resolución.
Después de 3 o 4 semanas.
Coslada Recurre.
CA Dicta misma resolución.
CC Dicta misma resolución.
Después de 3 o 4 semanas.
Coslada Recurre.
CA Dicta misma resolución.
CC Dicta misma resolución.
Después de 3 o 4 semanas.
Y pasa los días, los meses los años y nunca se acaba…. Vamos, que puede ser un asunto irresolvible a no ser que un comité diga: «Chicos, después de reunirnos, analizar el problema, revisar el reglamento y emitir una resolución; Nos hemos dado cuenta de que lo hemos hecho fatal, cedemos ante el otro comité que es el que lleva razón y ha interpretado bien el caso y emitimos una nueva resolución.» Dicho de otro modo: «La hemos cagado, el otro comité nos ha dado una lección de como se hacen las cosas y nos la tenemos que envainar»…. Y justo después imagino que presentarán su dimisión, porque claro, el comité que de este asunto salga como damnificado (Está claro que, como MÍNIMO, uno de los dos se ha equivocado gravemente), que salga ninguneado por el otro comité, no creo que lo haga con moral para seguir resolviendo casos.
En fin, que la FMA, con este asunto, creo que ha escrito otra página en el libro de cosas que no se deben hacer….



Resolución Coslada – post by Dragon21 – 02-05-2011

Antes de todos esos recursos, llegarían las elecciones de 2012, y con ello el cese de ambos comités.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 03-05-2011

Estoy tan indignado que no me apetecía ni escribir pero como tengo dudas, pregunto, hoy día 3/5/2011 me ha llegado la resolución, de fecha del 27/4/2011, y me dice que tengo 10 dias para recurrir de nuevo al comité de apelación.
Pero ¿esos 10 dias son a partir del 27 o del 3? ¿Son dias habiles o naturales? si son habiles ¿cuentan los sabados o no?
Y ahora despues de recurrir ¿cuantos días tiene apelación para responderme a mi y a competición?  ¿si competición de nuevo no  está de acuerdo con apelación cuantos dias tiene para quitarle la razón?
¿Por que para la comisión del deporte tengo 15 dias y para la fma 5 menos?
En fin, soy un mar de dudas, por favor iluminame Sv, que sigo con la duda de los 9 dias o 10 y dice el refran que quien calla otorga.



Resolución Coslada – post by Bubble – 03-05-2011

Hola,
No quiero entrar en el tema pues nadie me ha dado vela en este entierro pero sólo recordarle a Toñarra que cuaquier pregunta aquí carece de oficialidad. Estaría guay si te pueden responder pero esto es un foro externo a la FMA, ten en cuenta eso.



Resolución Coslada – post by fenchito – 03-05-2011

Tambien sin caracter oficial (dando la razón a Bubble), son 10 días hábiles desde la notificación que, dada la pésima redación de los Reglamentos yo admitiría desde hoy día 3, esto es hasta el sábado 14, pero yo estoy en el CCDD, no en el de Apelación.
Apelación no tiene plazo expreso, si bién del Reglamento de Disciplina se deduce que si no contesta en 15 días se entiende desestimada la reclamación.
Si el CCDD no está de acuerdo con Apelación nos aguantamos y ya está, el problema surge si nos devuelven el expediente en vez de fallar ellos directamente.
La Comisión del deporte la regula la Comunidad de Madrid, y los plazos de la FMA la Comisión Delegada, pregúntales a ellos el por que de la diferencia de días. 
La resolución del 27 la sacamos el último día de plazo.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 03-05-2011

Muchas gracias fenchito, dice mucho y bien de ti la respuesta.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 28-06-2011

Bueno, ya se ha recibido la ansiada resolución, de la que se pueden sacar varias conclusiones:
1º Que la FMA y todos sus colaboradores, usan la página web a su antojo, más como un instrumento de ataque/defensa/interés que como una herramienta al servicio de los federados. De ello se desprende que la resolución llegue el día 28 de Junio cuando está fechada el 16 Junio y no se haya pubicado antes. Ahora unos cuantos, que no consideraré personas honradas, dirán que no es obligatorio publicar las resoluciones en la web pero para mí, lo que no es, seguro, un modo limpio de actuar ni rutinario.
2º Se pedían algunas cosas que ni han valorado ni explicado los del C/a, hay que ser cínico para pasar por alto varios puntos del recurso. Cínico u otra cosa.
3º Los del C/a, tambien desde mi punto de vista, han sido los encargados de tragarse sus lineas de hace un par de meses y dar marcha atrás en su resolución, para así poder deshacer la secuencia que ya anuncié hace un mes. Vienen a decir que el C/c siempre actuó bien, garantizando todo…. En fin, un día blanco, otro negro…



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-06-2011

Pues efectivamente, no la veo en la web. Creo que debería ser obligatorio. A ver si en una de esas reuniones de la delegada, o del comité x de la federación con lo que tanto nos marean con sus competencias se toman en serio el hecho de que la página web debe de ser el auténtico órgano de comunicación con clubs y federados.
Como no conozco la resolución, aunque me la imagino, me abstendré de comentarla. Pero vamos, ya un pajarito me adelantó este finde algunas cosas y me dijo que le parecería bien que Coslada recurriera a la comisión jurídica del deporte o como se llame de la comunidad de Madrid.
Eso sí, me sigo afirmando en lo completamente erróneo que es la resolución del ccdd en algunos puntos.



Resolución Coslada – Yukina – 28-06-2011

Gargurrin, podrias postear la resolucion para que todos podamos leerla y asi opinar con conocimiento de causa? 



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 28-06-2011

La verdad es que es muy escueta, pero prefiero que lo haga el presidente sí, acorde con quien lleva el asunto de la raclamación, creen que no pasa nada por hacerlo.
Yo por mí hubiera publicado hasta el recurso, pero no soy quien para hacerlo. Tampoco tengo conciencia suficiente como para saber si eso puede perjudicar o no al club, así qué prefiero no hacerlo.
De cualquier forma, ¿las resoluciones son públicas o las tienen que tener en la caja fuerte (previa reglamentación FMA, claro está)?



Resolución Coslada – post by IM Blowsky – 28-06-2011

Al respecto de la Comisión Jurídica: cuando Luis Rubio reclamó lo de la Final, la CJD se declaró incompetente para resolver sobre el fondo del asunto. Es decir, que el Comité de Apelación por defecto te manda a la CJD, pero éste se declara incompetente y te dice que el órgano competente es la jurisdicción contencioso-administrativa… Y como ya se ha pasado el plazo para recurrir, pues te jodes y bailas. Así que recomiendo a Coslada que se informe bien no vaya a ir en balde a la CJD…



Resolución Coslada – Yukina – 28-06-2011

Gracias, ya esperare a ver si sale publicada en la web o bien si vuestro presidente la expone para que todos podamos opinar.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 28-06-2011

Si es como dice Blowsky, entonces ahora ya sé por qué me lo dijo el pajarito. Es como echar sal a la herida 🙂
 
 



Resolución Coslada – post by fenchito – 28-06-2011

No entiendo como el CJD se ha declarado incompetente en el caso de Luis Rubio, tendría que verlo, a no ser que consideren que la resolución de Apelación no termina la vía administrativa.
En este caso nos encontraríamos con otro desatino de los reglamentos en el sentido de que Apelación remite a la CJD (por lo tanto no termina la vía administrativa) y ésta pasa olímpicamente precisamente por esa misma razón ??????????? ¿Es qué los Estatutos de la FMA y el Reglamento de Disciplina no tienen el visto bueno de la Comunidad de Madrid? Los unos por los otros la casa por barrer. BURROCRACIA.
De todas formas los plazos para el contencioso son dos meses con resolución firme (la resolución de apelación o de la CJD, o mas bien de ninguna de las dos), o seis meses si no hay resolución que, por incoherencia de los reglamentos creo que es el caso.   



Resolución Coslada – post by Frodo – 28-06-2011

Lo de la Comisión Jurídica del Deporte me parece totalmente incomprensible, cuando me lo contó Luis durante el Campeonato de España Universitario aluciné. Me recordaron a una persona llamada Poncio Pilatos que no sé si os suena de algo, jeje.



Resolución Coslada – post by migueldc – 28-06-2011

fenchito: «No entiendo como el CJD se ha declarado incompetente»
Hombre, son incompetentes pero al menos reconocerlo les honra, ¿no?  🙂
 



Resolución Coslada – post by Toñarra – 28-06-2011

Si mi consejero en este tema me da permiso la pincho pero ya lo ha contado Gargurrin y viene a decir apelación: Donde dije digo, digo diego.
En fin pensaba que Alvaro Dominguez era mas juicioso, por lo menos me lo pareció en una cena de navidad de Coslada Chess hace 5 o 6 años, que le invitó Ricardito y a mí tambien, pero como soy miope fue solo una apreciación.
Blowsky si hace falta vamos al supremo.
Por cierto estoy pensando que en el supuesto caso en la comunidad no se haya resuelto el caso y haya de inscribir en los equipos en 3ª y habiendo empezado la liga, se falla a nuestro favor ¿que pasaría? ¿seguiriamos jugando en tercera y si subimos al año siguiente se nos devolveria la categoria perdida y lo hariamos en primera?



Resolución Coslada – Yukina – 28-06-2011

Supongo que pasaria como al equipo de Baloncesto del Obradoiro que tuvo que ir a juicio y al final salió ganador



Resolución Coslada – post by Toñarra – 29-06-2011

Este fue nuestro primer recurso al que apelación nos dió la razón y ahora nos la quita.
 AL COMITÉ DE APELACIÓN DE LA FEDERACIÓN MADRILEÑA DE AJEDREZ
 Antonio OLMEDILLA SÁNCHEZ, Presidente del Club de Ajedrez Coslada Chess, como tengo acreditado en esta Federación, ante este Comité comparezco y, DIGO:
 Que vengo a recurrir la resolución 2011-18 que sanciona a nuestro equipo A que ha disputado la liga en el grupo B de la primera categoría terminando en último lugar con el descenso a tercera categoría por considerarla no ajustada a la normativa vigente. Fundamento el presente recurso en los siguientes:
 MOTIVOS
 Primero.- Vulneración del artículo 29.3 del Reglamento de Disciplina Deportiva de la Federación Madrileña de Ajedrez toda vez que es te precepto establece como exigencia de todo procedimiento sancionador la preservación del derecho de audiencia y de recurso. El propio artículo 33 contempla este derecho en el trámite de urgencia que es el que se ha aplicado en este asunto.
 No existe ningún tipo de traslado a este club previo a la sanción ni de los hechos ni de la propuesta de sanción, por lo cuál no ha sido posible el ejercicio del derecho de defensa, no siendo suficiente la posibilidad de recurrir, pues este es un derecho distinto que también contempla el artículo 29.3 y además se nos ha privado de la posibilidad de exponer nuestra defensa al propio comité de competición antes de que este emitiese una resolución.
 Por todo lo anterior, procede la nulidad de la resolución objeto de este recurso, de manera que el Comité de Competición vuelva a abrir expediente sancionador, si entiende que procede, dando traslado a este club y a su capitán de los hechos objeto del mismo y de la denuncia de Arturo Martín Aragón Fernández, así como de la propuesta de sanción, ello con carácter previo a cualquier resolución.
 Segundo.- En la resolución recurrida se fundamenta la sanción del descenso de categoría en que las irregularidades apreciadas se llevaron a cabo con el ánimo de conseguir ventajas deportivas sin motivar en ningún momento por qué se ha llegado a esa conclusión no llegando, ni tan siquiera, a exponer qué ventajas fueron las que se consiguieron o se pretendieron conseguir. Así, la resolución presupone mala intención en nuestro club, cuando ni siquiera explica en qué consiste tal intención, en lugar de presuponer lo que en aplicación de un reglamento sancionador procede que es siempre la conducta menos grave que, en este caso, no es más que la verdad que no es otra que el que nuestro capitán se equivocó toda vez que era nuevo en el cargo por el abandono repentino del puesto por parte de Arturo Martín-Aragón Fernández, quién conociendo estos errores, como ha manifestado conocerlos, no los comunicó al nuevo capitán a fin de evitar otros nuevos. Por otra parte, no es extraño creer que se trató de un error, cuando en el mismo fallo incurrieron los capitanes de los otros clubes, entidades a las que, acertadamente, no se las sancionó, como también no se nos debió haber sancionado a nosotros.
 Por todo ello procede que se deje sin efecto la sanción de descenso de categoría que se ha impuesto a nuestro equipo A, toda vez que no es de aplicación el artículo 14.8 del Reglamento de Disciplina Deportiva, sino el 13.4 del mismo cuerpo normativo que estipula que el desconocimiento parcial de los reglamentos en directivos tiene la consideración de falta leve.
 Tercero.- La resolución recurrida califica los hechos como falta muy grave en atención a la supuesta reincidencia, cuando tal elemento es conforme al artículo 11 del reglamento una circunstancia modificativa de la responsabilidad con el carácter de agravante que en ningún caso, puede cambiar la naturaleza de la infracción que seguiría siendo, conforme al criterio de la propia resolución recurrida, una infracción grave a tenor de los dispuesto en el artículo 14.8 que sería susceptible de ser sancionada con pérdida de puntos en la clasificación, ello conforme a lo dispuesto en el artículo 18.2 del tantas veces nombrado Reglamento de Disciplina Deportiva.
 En este caso la existencia de una circunstancia agravante debería manifestarse en una reducción de puntos más severa y no en la consideración de la infracción como muy grave.
 Cuarto.- Ni José F. Cánovas Martínez, ni el club habían sido infractores con anterioridad, por lo que procede que se aplique la circunstancia atenuante de la responsabilidad del artículo 10.3 del Reglamento de Disciplina Deportiva.
 A juicio de esta parte recurrente, la aplicación de esta atenuante debería compensar la circunstancia atenuante a los efectos de la aplicación de una sanción leve, a juicio de la calificación de esta parte, o grave a tenor de lo valorado por la resolución recurrida.
 Si se considera, como hace la resolución recurrida, que una circunstancia agravante, como es la reiteración de faltas graves, puede convertir una infracción grave en muy grave, la compensación de esta agravante con una atenuante debería dejar la infracción en grave con la consecuente improcedencia de la sanción de descenso de categoría.
 Quinto.- Consolidación de los resultados de los encuentros Liberty Chess – Coslada Chess de la jornada 9ª, Moratalaz “B”- Coslada Chess de la jornada 11ª y Coslada Chess – Pueblo Nuevo de la 12ª, todo ello en atención a lo dispuesto en los artículos 32 y ss. del Reglamento de Disciplina Deportiva de la F.M.A.
 Es cierto, y por ello esta parte no lo niega, que el artículo 24 del RDD legítima a los órganos disciplinarios para alterar los resultados, pero también lo es que tal operación ha de llevarse a cabo conforme a lo dispuesto en el capítulo II del Título II de dicho reglamento o, lo que es lo mismo de las normas que regulan el procedimiento disciplinario de urgencia. Este procedimiento disciplinario de urgencia es el que la propia resolución recurrida considera el apropiado al presente caso y su existencia tiene como finalidad establecer una justicia deportiva rápida que garantice la máxima seguridad jurídica en el desarrollo de la competición, y en su rapidez exige que las alegaciones, denuncias o reclamaciones se hagan en un plazo de dos días, dando después al comité otro de diez días para dictar la oportuna resolución. Si esos plazos no se cumplen los resultados deben consolidarse resultando inalterables y quedando fuera de la potestad que el artículo 24 del RDD otorga a los órganos disciplinarios. Lo desarrollado en este párrafo concuerda con el contenido de los artículos 32, 33 y 34 del Reglamento de Disciplina Deportiva que concuerda con lo dispuesto en el artículo 57 del Reglamento de Competiciones de la FMA.
 Por todo lo anterior procede dejar sin efecto los puntos 2 y 5 de la resolución recurrida declarando vigentes los resultados que figuran las actas de ambos encuentros  sin alteración alguna de su contenido.
 Sexto.- Si se aplica el procedimiento de urgencia, como hace el comité de competición, no se podría castigar ninguna de las irregularidades observadas por las mismas causas desarrolladas en el motivo anterior.
 En este sentido, cabe señalar que si las supuestas irregularidades hubiesen sido denunciadas en los plazos que establece el reglamento estas hubieran dejado de producirse, por lo que los que los hechos hubieran sido menos graves. Tal falta de denuncia se puede deber a desidia o mala intención del denunciante ya que la información ha estado siempre a su disposición, pero la existencia de plazos está precisamente para dotar a la competición de un cierto grado de seguridad y buen funcionamiento y deben ser debidamente preservados.
Séptimo.- Por último también se vulnera el artículo 37 del ya citado RDD, donde bajo el tema Instructor, el punto 1 destaca claramente que la tramitación de un procedimiento disciplinario como es nuestro caso, será llevada a cabo por este instructor, persona que omiten en su resolución.
 Octavo.- Con carácter subsidiario a todo lo anterior, la resolución debería contener una reserva de manera que si se dan las bajas necesarias para que el club Coslada Chess hubiese permanecido en primera categoría su descenso sería a segunda categoría y no a tercera.
 Noveno.- A mayor abundamiento, se recuerda a este comité el principio de interpretación de la norma y valoración de los hechos tendente a aceptar en caso de duda las conclusiones más favorables para los expedientados.
 Por todo lo expuesto,
 SOLICITO AL COMITÉ DE APELACIÓN: Que, teniendo este escrito por presentado, lo admita y, en su virtud, acuerde con carácter principal dejar sin efecto la sanción de descenso de categoría impuesta al Club Coslada Chess, así como la sanción impuesta a José F. Cánovas Martínez, dejando a si mismo sin efecto los puntos 2 y 5 de la resolución recurrida declarando firmes e inalterables los resultados contemplados en las actas así como todo el contenido de estas, y con carácter subsidiario lo siguiente:
 1º.- Que se consideren las irregularidades que se aprecien como faltas leves, tanto respecto de José F. Cánovas Martínez, como del Club Coslada Chess con una sanción acorde a las previstas reglamentariamente para este tipo de infracciones.
 2º.- Que se consideren las irregularidades que se aprecien como faltas graves, tanto respecto de José F. Cánovas Martínez, como del Club Coslada Chess con una sanción acorde a las previstas reglamentariamente para este tipo de infracciones que en ningún caso constituya el descenso de categoría del club Coslada Chess.
 3º.- Que se manifieste expresamente que si se dieran las bajas necesarias para que el Club Coslada Chess hubiese conservado la primera categoría el descenso sería a segunda y no a tercera.
 En Madrid a 30 de marzo de 2.011.                          
 Fdo. Antonio Olmedilla Sánchez.
 
 



Resolución Coslada – post by Napoleon – 29-06-2011

La madre que me …. 



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-06-2011

Interesante y bien argumentado. Obviamente no voy a dar toda la razón al club Coslada, porque lo del 1-0 por el +- está feo y por ello le deben caer las sanciones que se estimen oportunas. Y que conste que entiendo sus circunstancias y probablemente de verme en esa tesitura yo hubiera intentado lo mismo con los capitanes rivales.
Hecha esa salvedad,  estoy totalmente de acuerdo con el recurso en dos puntos: necesita de instructor, al menos en alguno de los múltiples aspectos de este problema, y especialmente cuando dicen se fundamenta la sanción del descenso de categoría en que las irregularidades apreciadas se llevaron a cabo con el ánimo de conseguir ventajas deportivas sin motivar en ningún momento por qué se ha llegado a esa conclusión no llegando, ni tan siquiera, a exponer qué ventajas fueron las que se consiguieron o se pretendieron conseguir.
Efectivamente, el comité en ningún caso especifica cuáles son esas ventajas deportivas, que tienen que ser ilícitas, claro, porque zamparme una dama del rival gratis es también una ventaja deportiva. En ningún sitio del reglamento se dice que un capitán no pueda alinear a un jugador que esté inscrito con el equipo, se sepa o no con total seguridad que no va a venir. Como he argumentado muchas veces, esto es una competición por equipos y el titular del derecho son los clubes a través de sus equipos representados por los respectivos capitanes, pero no los jugadores. Si estos quieren esa preponderancia, que jueguen las competiciones individuales.
Hay un detalle que todavía no hemos mencionado relacionado con este aspecto del «affaire» Coslada, y es que para que se produzca esa sanción debido a la «ventaja deportiva» mencionada por el comité tiene que tratarse de una irregularidad en la alineación. Analicemos lo que dice el reglamento de competiciones al respecto:
El 45.2, que es uno de los que nos interesa, dice literalmente:
Si a un equipo le faltan jugadores en una de las rondas, los tableros a dejar en blanco serán los últimos. El espacio reservado en el acta para estos jugadores se rayará para indicar que no van a acudir al encuentro y hasta que no se haga no estará completa su parte del acta. Esto no se considerará como incomparecencia a los efectos del Artículo 53.1.
En ningún momento se dice si el capitán sabe o no que determinado jugador va a venir. El capitán lo convoca y punto. Y si el comité quiere atenerse a la estricta literalidad de lo escrito, tal y como ha venido defendiendo uno de sus miembros en este foro, entonces se va a hinchar a poner sanciones, porque el artículo dice literalmente que si faltan jugadores obligatoriamente han de dejarse los huecos al final, por lo que el comité debería fallar que toda ausencia no cometida en esos últimos puestos no solo es una tarjeta amarilla y a la segunda roja, como está establecido actualmente, sino que hay una consecución de una «ventaja deportiva» y atente a las consecuencias. Un comité no puede además entrar a valorar lo que sabe o no un capitán sobre sus jugadores.
Pero lo más importante: el artículo 46 habla sobre alteración del orden de fuerza y alineación indebida, es decir, las irregularidades que se pueden cometer con la alineación. Creo que convendremos todos en que en este aspecto de la resolución, en que se sanciona a Coslada por incluir en el lugar correcto a un jugador que sabían que no iba a venir, no se produce alteración del orden de fuerza, sino que en todo caso sería alineación indebida. Esto es lo que dice el reglamento:

Se producirá alineación indebida  y  perderá el encuentro por 6 a 0 el equipo infractor en los siguientes casos:

 
a)     Cuando un jugador dispute dos partidas correspondientes a la misma jornada, aunque una de ellas se haya celebrado en otra fecha diferente, en aplicación de lo indicado en el Artículo 50 de este Reglamento. En tal caso, se considerará que la alineación indebida se ha producido en el encuentro correspondiente a la categoría a la cual asciende el jugador.
b)     Cuando participe en el encuentro un jugador que no esté federado, o que pertenezca a un  equipo de categoría superior o bien esté federado por otro club o con licencia independiente.
c)      Cuando en un mismo encuentro un equipo alinee más de dos jugadores no pertenecientes a los países integrados en la Unión Europea, salvo lo reglamentado en el Artículo 7.
d)     Cuando un equipo alinee más de tres jugadores no correspondientes a su propio orden de fuerza sellado en la FMA.
e)     Cuando un equipo incumpla el Artículo 50 de este Reglamento. [el art. 50 hace referencia solamente al ascenso de los jugadores de categorías inferiores, por lo que no es pertinente aquí].
Como se puede ver, el club Coslada no incumple el reglamento al incluir un jugador que está inscrito legalmente con ese club y ese equipo. Si el jugador, por desavenencias personales decide rescindir su vinculación con dicho club / equipo, tiene la opción de notificarlo reglamentariamente a la fma, cosa que al parecer no hizo, o no consta.
Esto, que puede parecer una tontería, es muy importante dejarlo claramente establecido en los x reglamentos pertinentes de la federación, ahora que es momento de reuniones y de cambios normativos, de forma clara y explícita, para que podamos limitar la acción de terrorismo jurídico a la que parece que están dispuestos a someternos los comités (unos por exceso de celo de interpretación literal, cuando les parece bien, claro; y otros por inacción). En cualquier caso, no espero gran cosa de la desidia que habitualmente desprenden los órganos federativos, empeñados más bien en echarse las culpas unos a otros como si estuviéramos en el Congreso. Haría falta alguien que cogiera el toro por los cuernos.



Resolución Coslada – post by ziggy stardust – 29-06-2011

Perdón por el inciso pero…joder con los ladrillos que os mandáis. ¿No estáis currando? La hostia…



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Las ventajas deportivas son claras: Evitar el numero maximo de incomparecencias para no perder la categoria y hacer que los jugadores jueguen con rivales teoricamente mas asequibles al bajar de tablero. Creo que eso es de perogruyo y salta a la vista para cualquier ajedrecista.
Tal como he manifestado muchas veces, es una competicion por equipos pero las partidas son un acto individual por lo que no es etico alinear a alguien sin su consentimiento.
Aqui en madrid existe poder federarse como independiente, pero en otras comunidades o te federas por un club o no te federas, no existe esa figura. Entonces segun tu, el estar obligado a federarse implica que vendo mi alma al club y que este pude hacer lo que le da la gana. Seamos un poco coherentes. Te recuerdo que en madrid es una federacion de Clubs y Jugadores por lo que el jugador es un ente propio con representacion clara y no tiene que ser pisoteado por los capitanes.



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Ziggy, currar? eso que es? jejejeje



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Ademas lo que es sancionable es la premeditacion para alinear a alguien sabiendo que no va a venir y la predeterminacion para encima falsear el resultado. Y eso son dos hechos que han quedado demostrados



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-06-2011

Yukina, una vez más vuelves a confundir los términos de las resoluciones y apelaciones. Nadie dice nada por el 1-0 en lugar de por el +-. Que les caiga toda la ira de los dioses si es necesario. El problema es que en ese punto del fallo se sanciona al club no por el 1-0, sino por incluir a un jugador que según el comité se sabía que no iba a ir.
Si no quieres que te alineen sin tu consentimiento, expón tu posición en el club, quéjate a tu presidente de club, a tu capitán, pero no es la fma quién para intervenir ahí. Si el jugador no está de acuerdo con la política de su club, puede darse de baja, o como dices, fedérate como independiente. Nadie te obliga a estar en un determinado club. Además, te recuerdo que con esta política se ven tan perjudicados el club como el jugador, pues a la segunda incomparecencia tienes un efectivo menos. Política esta, que como he dicho otras veces, no recomiendo a nadie, por supuesto.
Dices que no es ético. Un ccdd o cualquier órgano jurídico no está para juzgar la ética de nadie, sino la legalidad. Si quieres hablar de ética, puedes hacerlo con tu confesor o buscarte un licenciado en filosofía. Los órganos jurídicos no están para eso.
Con respecto a tu párrafo tres, tú misma dices que en Madrid te puedes federar de forma independiente (muchos lo hacen). Como no estamos en una comunidad en la que no puedas hacerlo, pues no ha lugar a ese problema que expones.



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Es premeditado alinear a un jugador que sabes que no va a venir. Eso esta claro.
Ademas la FIDE en su handbook pone esto
Un capitán del equipo debe influir siempre en su equipo para que siga la letra y el espíritu del artículo 12 de las Leyes del Ajedrez de la FIDE acerca de la conducta de los jugadores. Los campeonatos del equipo deberían desarrollarse particularmente de acuerdo con el espíritu de la más alta deportividad. 
Ahora dime tu si es ser deportivo alinear a alguien sin su consentimiento.



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Y te equivocas, la FMA puede actuar ya que es un abuso de autoridad por parte de los clubs alinear a alguien sin su consentimiento.



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Y el Handbook pone otra frase mas
 el capitán no puede actuar en nombre del jugador y su partida sin el conocimiento y consentimiento de éste
Con esto deberia quedar claro



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-06-2011

Que el capitán no pueda actuar en nombre del jugador supongo que se referirá a la actuación propia de su partida. Vamos, que un capitán no puede obligar a su jugador a coger o no tablas. Me parece bien. Pero eso no tiene que ver con lo que estamos hablando.
¿En qué lugar de los diversos reglamentos se dice que la fma puede actuar en la vida interna de un club ante un supuesto abuso de autoridad? Espero impaciente la cita del artículo x del reglamento. Eso, además, suponiendo que sea un abuso de autoridad, que es mucho suponer.
Que es «premeditado» alinear a un jugador que sabes que no va a venir está claro. Pero premeditado no significa ilegal. Por ejemplo, tengo premeditado que aproximadamente en una hora me voy a meter un gazpacho pal cuerpo, pero no creo que por ello me vaya a detener ningún municipal.
Me parece bien que la fide pida a sus capitanes que actúen con deportividad y buena conducta, etc. etc. Pero eso implica también que a lo mejor es necesario alinear a alguien (ojo, alinearlo con su correspondiente sanción por incomparecencia, que el club no se va de rositas, no el 1-0), como decía, puede ser necesario alinear a alguien para la supervivencia del club, cuyos caminos ningún comité es quién para juzgarlos éticamente.
Y por otro lado, parece que planteas que un jugador tiene todos los derechos del mundo cuando se inscribe por un club. Pero te olvidas que también tiene obligaciones: la de participar en el club en la medida de sus posibilidades, la de no entorpecer la dinámica social y deportiva del mismo, y la de posibilitar la viabilidad del proyecto del club aún a costa de algunos de sus derechos.
Yo desde luego, si alguna vez vuelvo a ser capitán, no alinearé a nadie sin su consentimiento (cuando lo he sido nunca lo he hecho, creo recordar); pero también tengo muy claro que no me gustaría tener en mi equipo / club a alguien que no esté dispuesto a afrontar una incomparecencia si es por bien del equipo y esta ha sido consensuada por el club como la mejor opción. Si estás en un equipo, es por algo.



Resolución Coslada – post by migueldc – 29-06-2011

No veo clara la equiparación entre qué te alineen y que te pisoteen.
Hay una cosa en la qué estoy de acuerdo con Luciano, y además me parece indiscutible:
Cuando alineas a un jugador y este no comparece, la sanción tiene qué ser la misma para todos. Entrar a valorar qué sabe o qué deja de saber el capitán es absurdo.
 
Un precisión Yukina, el coslada no persiguió «evitar el numero maximo de incomparecencias para no perder la categoria», ya que la infracción la cometieron cuando ya ni soñaban con evitar el descenso. Lo qué evitaron fué quedar eliminados sin terminar la temporada.
Respecto a «hacer que los jugadores jueguen con rivales teóricamente más asequibles al bajar de tablero», esta circunstancia se ha dado en muchos encuentros a lo largo de la temporada. Si lo consideramos como una ventaja ilícita y decidimos castigarlo por el 45.2, debería montarse una escabechina de cuidado en casi todas las categorías. No es justo ni razonable qué al Coslada se le sancione por este punto y al resto de equipos no.
 
Se falsearon actas poniendo 1-0 en vez de +-, ese fué el pecado, y por ello debería sancionarse a quienes corresponda de acuerdo con lo estipulado en algun sitio, qué no se cual será. Meter por medio artículos qué no están relacionados con este punto es un error por parte de los comités. Espero qué este error no tenga consecuencias.



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Lo siento, pero el handbook es muy claro, y la alineacion es una parte del match, ya que afecta a la partida, por lo que no se puede alinear sin el consentimiento del jugador.
Y si a mi un capitan me alinea sin mi consentimiento y me pone una incomparecencia, espero no cruzarmelo porque la tendremos buena.
Un arbitro actua contra la premeditacion en las partidas y como no hay arbitro en dicha competicion su lugar lo ocupa el comite. Y tambien actua contra la predeterminacion, que en este caso esta clara y nadie la pone en duda.
Si la supervivencia de un club depende de saltarse el fairplay, pues que muera el club. 
La de las obligaciones con respecto al club donde viene escrito? Dime en que reglamento te basas.
El abuso de autoridad es a mi entender segun el articulo
Articulo 13.2
2. La incorrección con el público, compañeros y subordinados
14.8
 El falseamiento o manipulación de datos para la participación en campeonatos o para la obtención de ventajas deportivas



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Si no tenian gente suficiente, que los hubieran eliminado y punto. Lo unico que han hecho ha sido adulterar la competicion y perjudicar a otros clubs.



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 29-06-2011

Te diré dónde vienen escritas las obligaciones de un jugador con respecto a su club: en los estatutos de mi club, Chamberí. Supongo que otros clubs tendrán cláusulas análogas. Es algo habitual en cualquier entidad deportiva o de ocio, hablar de los derechos de sus miembros y de sus obligaciones.
Me parece que no comprendes bien el término premeditación. Habitualmente lo vemos en los juicios como algo malo, ya que suele ir asociado a delitos con frases del tipo «lo hizo con premeditación y alevosía», como agravante de un delito. Pero que algo sea premeditado en sí mismo suele ser algo positivo. ¿Un árbitro actúa contra la premeditación? Si algo hay en una partida de ajedrez es premeditación, y mucha (a menudo también alevosía, pero como ves, esto es algo intrínseco al juego). En cuanto a lo que dices de la predeterminación, ahí reconozco que me lío, estoy por llamar a JB para que me aclare qué problema hay con la predeterminación.
Alinear a un jugador, con o sin su consentimiento (poco deseable, insisto), no es ninguna incorrección. Es una acción del juego más. Además, hay un detalle que se está escapando. Una cosa es alinear a un jugador sin su consentimiento y otra alinearlo en contra de ese consentimiento, que no es lo mismo.
Por otro lado, no se manipula ningún dato. Alineas a un jugador legalmente habilitado para ello, no viene, se le impone su sanción que es la de tarjeta amarilla y punto (ojo, dejamos de lado el 1-0 en lugar del +-, porque eso sí es falseamiento).
Si eliminas al equipo, produces un mal superior, que consiste en que dejas sin jugar a un grupo de personas que sí han observado las obligaciones para con su club. No digo que esté bien falsear el resultado, pero sí me parece perfectamente lícito y ético alinearle. Tienes que elegir entre fastidiar ligera y momentáneamente a un jugador o permanentemente a cuatro o cinco.
 



Resolución Coslada – Yukina – 29-06-2011

Me parece que yo comprendo mejor que tu el termino de premeditacion aplicado al ajedrez y es preparar un acto no correcto con las leyes antes del inicio de la partida.
Un arbitro actua contra la premeditacion y la predeterminacion de los resultados en las partidas. Si fueras arbitro lo sabrias. Predeterminar un resultado es pactar tablas sin jugar o poner un 1-0 en lugar de +-
Pues a mi en todos los clubs qeu he estado nunca me han facilitado los estatutos antes de pagar y tampoco se me ha exigido que tuviera que jugar los torneos y las rondas de dicho club. Debe ser que sois un poco raros.
El consentimiento lo ha de dar el jugador, no vale solo con que el capitan notifique que lo va a alinear, ya que el consentimiento es algo que ha de dar la persona como ente activo, no como sujeto pasivo de la accion. 
Tu tienes tu vision proclub, yo tengo mi vision projugador y el handbook pone lo que pone. No nos pondremos de acuerdo nunca.
Que me has dicho antes de la etica? Te devuelvo tu frase. No es licito ni etico manipular y falsear un resultado. No es licito ni etico en una competicion por equipos alinear a alguien sin su consentimiento. Y si no hay gente suficiente para hacer el equipo, ajo agua y resina. Que se vayan a jugar torneos individuales



Resolución Coslada – post by migueldc – 29-06-2011

«No es licito ni etico en una competicion por equipos alinear a alguien sin su consentimiento»
Discrepo.
En ninguno de los artículos del handbook qué has copiado aquí se indica semejante cosa.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 29-06-2011

Estoy de acuerdo con Yukina en algunas cosas, como que ningún capitán debe incluir a un jugador que no quiera asistir a un encuentro pero creo que se equivoca al decir que el Coslada adulteró la competición o que Arturo está en su derecho de no ir:
1º El Coslada lo único que hizo fué seguir jugando con un equipo bastante flojo y siempre con 1 o 2 bajas (eso indica el poco ánimo de luchar por ganar y, a su vez, tambien indica el sacrificio de ir a sufrir por parte de los jugadores). Además, tambien olvida que Arturo se comprometió a ser el capitán y jugador de un equipo al que dejó tirado… ¿Eso es ético y lícito?, pues no jugo mucho para haberse comprometido.
2º Está por demostrar que Arturo no conociera su alineación, sin embargo, por el foro del Coslada, se puede ver que muchos, más de un domingo, pensaban que iba a ir más gente a jugar (en vez de 4)…. Lo que si está demostrado es que Arturo ha actuado con muy mala leche, cosa que da que pensar sobre su premeditación y alevosía más que sobre la del club. Y te habla alguien que todavía es amigo suyo a pesar de discutir sobre este tema.
3º Aún no habeis comentado los árticulos que el C/c ha omitido sobre sancionar sin escuchar y otros (bien clarito y detallado está el artículo puesto para que no se enteren) y que el coslada no solo pide no sanción sino que, como mínimo, se vuelva juzgar el caso respetando nuestros derechos «No ser juzgado sin ser escuchado». Aunque bueno, ahora otro comité tambien considerá que ese artículo está cubierto, pero creo que son mentirosos compulsivos por que eso es MENTIRA, MENTIRA del C/c y del C/a, por lo tanto, MENTIROSOS sus integrantes según sus resoluciones y sus actos y mi forma de ver las cosas. Haber como demuestran que han hablado con un interlocutor válido del club y por medios legales antes de sancionarle, por que que yo sepa, solo hablaron con el capitán (recordemos, capitán por compromiso) y por teléfono (que el capitán acepte metodos barriobajeros y cumpla su sanción no quiere decir que el club acepte la suya). Pero bueno, como son así e interpretan lo que les sale de la …., ahora dirán que el capitán es interlocutor válido y oficial del club y el teléfono una vía reconocida para este tipo de casos.
4º ¿Alguien sabe por que no han publicado la resolución vía WEB? Por que me parece otro navajazo al buen hacer y a la coherencia.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 29-06-2011

Un mes despues apelación nos da la razón y tira de las orejas a competición.
De: Comité de Apelación
A: Comité de Competición y Disciplina de la FMA, Presidente Club Coslada Chess, Presidente Club Liberty Chess, Presidente Club Pueblo Nuevo y don Arturo Martín-Aragón Fernández.
 En Madrid, a 11 de abril de 2011.
 Reunido el Comité de Apelación de la Federación Madrileña de Ajedrez (en adelante, FMA) en su sede de la calle Payaso Fofó nº 1, con quórum suficiente para tomar acuerdos, con la asistencia de don Álvaro Domínguez Coig, Presidente, don Valentín Azcune Fernández, Secretario, y los Vocales don Gregorio Panero Cabero y don José Antonio Tomé Salvador, para resolver el Recurso presentado por el Club Coslada Chess sobre la Resolución del CCDD (Comité de Competición y Disciplina) de fecha 21 de marzo de 2011, ha acordado por unanimidad devolver las actuaciones al Comité de Competición y Disciplina de la FMA para que garantice al recurrente el cumplimiento de los derechos que le ofrecen los artículos 27, 29.3 y 37 del vigente Reglamento de Disciplina Deportiva de la FMA.
 Contra esta Resolución, que agota la vía federativa, podrá presentarse recurso ante la Comisión Jurídica del Deporte de la Comunidad de Madrid, en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación de la misma.
 Gírese copia de la presente, de forma que se pueda tener constancia de su recepción, a los clubes Coslada Chess, Liberty Chess y Pueblo Nuevo, a don Arturo Martín-Aragón Fernández y al Comité de Competición y Disciplina de la FMA, con el fin de que tengan conocimiento de lo acordado, además de colocar una copia de ella en el Tablón de Anuncios de la FMA, durante el tiempo en que se pueda recurrir este Acuerdo, para general conocimiento.
 Fdo: Dr. Valentín Azcune
Secretario del Comité de Apelación de la F.M.A.
P.D. Luciano, Yukina, no os columpies que Arturo se comprometió a jugar todas y toda la asamblea de socios compromisarios fue presente y aun despues de desentenderse de la capitanía se le convocaba cada semana y siempre dijo NO SE SI IRÉ, A LO MEJOR, HACER LO QUE QUERAIS.
 



Resolución Coslada – post by Luciano de Samósata – 30-06-2011

A Toñarra: yo no me columpio. No voy a entrar en los problemas que pueda haber tenido el club, cada cual tiene los suyos. Me es indiferente si un jugador puede jugar todas o no, independientemente de a lo que se haya comprometido. Lo único que he planteado en este aspecto es que en una competición por equipos los intereses del club / equipo están por encima de los jugadores (el que no le guste puede federarse como independiente, al menos en Madrid), y puede ser alineado cualquier jugador que legalmente esté inscrito, como parece ser este el caso, con, sin, o contra su consentimiento.
A Yukina: ¿por qué tengo la sensación de que ejerces el corporativismo arbitral a capa y espada y defiendes cualquier actuación arbitral o de comités x, sea cual sea?
A nadie se le exige jugar nada, ni siquiera a que cumpla lo que ha dicho a principio de temporada. Normalmente todo el mundo es consciente de que el ajedrez no es un trabajo, sino ocio, y que las circunstancias de la vida son cambiantes. Quien hoy te dice que va a jugar todas las partidas de liga mañana le puede salir un trabajo estupendo en Swazilandia. También puede suceder al revés, y evidentemente un club no puede pedir ni de lejos un compromiso.
Pero quien pertenece a un club debe acceder a realizar un pequeño sacrificio en beneficio del club, como es que te alineen aunque no vayas a venir. Obviamente, aquí entran en juego todas las tácticas posibles. Hacer eso en la primera ronda de liga me parecería un disparate, pues te expones a que ese jugador pueda quedar eliminado por un contratiempo absurdo. Otra cosa es que lo hagas en la jornada 11.
Por cierto, yo puedo hablar de la ética porque no soy árbitro ni formo parte de un comité. Estos entes, en tanto que funcionen como tales, no pueden hacerlo. Y te vuelvo a decir que nadie está defendiendo a quien falsee un resultado, sino que se está defendiendo que un club, en pleno uso de su libertad, alinee a un jugador legalmente habilitado para ello.



Resolución Coslada – Yukina – 30-06-2011

No tengo corporativismo ni mucho menos. Cuando ha habido actuaciones arbitrales malas lo he dicho bien clarito tambien. 
Y tb he opinado de comites y resoluciones que no me han gustado. Pero eso no quita que estas saltandote los derechos del individuo alineandolo sin consentimiento. 
Yo no creo en los pequeños males y en los grandes males, simplemente creo en el derecho que tiene toda persona a decir NO, y si esa persona dice que no juega X ronda, se le ha de respetar.
Luciano, yo si que he estado en comites diversos y se la faena que es, muchas veces ingrata, criticada y con puñaladas traperas. Y por eso puedo opinar con conocimiento de causa, cosa que tu, al no haberte metido en ello, no tienes ni idea de como es.
La libertad del club termina donde empieza la libertad del individuo, y te estas saltando sus derechos fundamentales



Resolución Coslada – post by Toñarra – 30-06-2011

Yukina, parece que no has leido lo que puse en mayusculas, este ex-socio nunca dijo No, y entonces le preferiamos a él con su buen juego pues en el club ya practicaba ajedrez a la ciega, antes que subir a nadie, que a lo mejor no iba a hacerlo si aparecia el ex-socio y nos quedabamos cojeando en el equipo B.
Bueno sigamos contando paso a paso lo relatado por los comites, y ya no sigo hasta el lunes que me voy a la playa.
El comité de competición hizo casos omiso  a lo que dijo apelación y se enfrascó en sus 13, quitandole la razón a un organo superior, o así deberia ser, porque si yo apelo una decisión de un tribunal normal, tengo que apelar al tribunal superior de justicia y sino estoy de acuerdo al supremo.
http://www.ajedrezfma.com/index.php?name=Downloads&req=getit&lid=242
Y reseñar que competición fechó esta resolución a los 11 dias habiles de la resolución de Apelación, o sea un día mas tarde, con lo cual no deberia valer, pero a ellos les vale todo.



Resolución Coslada – post by Gargurrin – 01-08-2011

Bueno, salvando lo que yo considero tretas muy sucias (una FMA no promocionando el juego limpio), para que se cumplieran plazos sin poder recurrir, el Coslada ha podido demostrar que le comunicarón tarde (por correo, que entre puentes y tal se demoró más de una semana) la resolución y la comisión jurídica, aceptando que la tardanza en el recurso no fué culpa nuestra y agotando la vía administrativa, acepta el recurso de D. Antonio olmedilla estimando la solicitud de suspensión de la sanción al Coslada Chess y a todos sus integrantes. Siento no poder poner enlaces pues no sé y siento tambien que mi ordena no me deje poner untos y aparte. Esto quiere decir dos cosas; Que los encargados de no publicar la sanción, en mi opinion y por la transparencia, deberian explicar el motivo o razón ya que han hecho una cosa anormal ¿Por qué? Como diría Mou. 2º ¿El gallinero con la sanción, fuera de razones de unos u otros, es propio de una FMA coherente?. Esta última pregunta es simplemente una reflexión que alguien debe hacer allí dentro, aunque les hubieran dado la razón, ¿Es normal lo que han montado entre ellos mismos? ¿No os parece claro que, cómo mínimo, uno de los dos comités no está cualificado para tomar decisiones? En fin, que ni me parecía justa la sanción anterior por desmesurada ni me parece justa la no sanción actual.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 01-08-2011

El tema es que les hemos demostrado a la fma, que solamente queriamos que nuestro equipo no bajara injustamente a tercera despues del papelón que tuve que solventar al desentenderse Arturo de la capitanía del equipo que no del juego.
Por lo tanto solo queriamos lo que se nos ha concedido jugar en segunda (a no ser que la fma ponga contencioso administrativo contra la cjd de la cam) , solamente ha sido un tironcillo de orejas para los comités respectivos, para que mejoren en sus juicios nada objetivos y así no haga falta que rueden cabezas.
Por último lo que mas gracia me hace de  la resolución de la cjd es el tema desde el principio del tramité de audiencia, la fma se escuda en que llamó al capitán en funciones el sr. Canovas y la cjd dice que deberian haberse puesto en contacto con el representante legal del club y nunca me llamaron por este motivo, teniendo mi numero y que yo jamas rechazo una llamada, así como D. Jose Antonio Ortiz me ha llamado pertinentemente por otros temas.
¿Gargurrin te vienes pa jugar en Coslada en segunda?
 



Resolución Coslada – Yukina – 10-08-2011

Hay alguna manera de leer la resolucion de la comision? Lo digo porque la estoy buscando en internet y no la encuentro. O si es posible poner un escaneo.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 10-08-2011

Yukina, yo soy muy torpe informaticamente y tengo la resolución escaneada pero no se como convertirla a word, de todas formas, no hay muhco que leer, estiman nuestra reclamación con una suspensión cautelar pero no firme.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 10-08-2011

Perdón, sí se adjuntarla a un correo (si me das tu correo te la mando ahora mismo), pero lo que no sé es pincharla aquí.
 



Resolución Coslada – Yukina – 10-08-2011

minoe_noemi@hotmail.com
Gracias!



Resolución Coslada – Yukina – 11-08-2011

Ya he leido la resolucion. Todo queda en una suspension cautelar a la espera que tomen una decision. Lo unico es que no se sabe cuando la tomaran y si esto sucede pasado el inicio de la liga, dependiendo de la resolucion pueden haber muchos problemas.
Esperemos que no se demoren mucho y antes de octubre esté todo este tema resuelto y podamos empezar la liga sin temas pendientes de la del año pasado.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 11-08-2011

Yo ya tengo hecho el orden de fuerza para Coslada A, si jugamos en tercera, segurisimo que subimos, si jugamos en segunda que espero que sea así, bastante posiblidades de subir y no es presunción, es conocimiento de mi equipo.



Resolución Coslada – post by Toñarra – 07-10-2011

Me ha llegado ésta mañana la resolución definitiva de la Comisión Juridica del deporte sobre nuestro caso.
Y viene a estimar nuestro pliego de descargo, detallando en 11 hojas los antecedentes y estimaciones tanto nuestras como de la fma y fallando a nuestro favor por 3 cuestiones principales, 1º Ausente de instructor en la sanción, 2º Ausencia de trámite de audiencia y 3º No concordar la última resolución de apelación con la primera donde le exigia a competición que garantizará nuestros derechos relativos a los articulos 27, 29.3 y 37 del reglamento de disciplina deportiva.  


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